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AÑO 1635. May.21.

37.

D. FERNANDO, Governador, y Capitan General de FLANDES por S. M. CATHOLICA: formado, Segun fe infiere, en 21. de Mayo de 1635. en el qual va inferto el texto de la referida DECLARACION. Jun.6. DECLARACION, ò MANIFIESTO y 18. de Luis XIII. Rey de FRANCIA, refiriendo los motivos que bavía tenido para romper con España, y declarando expreffamente en virtud de ellos la guerra à S. M. CATHOLICA: fecho en Chafteau-Tierry à 6. de Junio de 1635. Siguefe à continuacion el ARRESTO, ò DECRETO del PARLAMENTO de PARis para la publicacion, y obfervancia de dicha DECLARACION: expedido en Paris à 18. del mismo

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Jun.9. SEGUNDO MANIFIESTO de LUIS XIII. Rey de FRANCIA, exponiendo mas largamente los motivos, que bavia tenido para declarar la guerra à S. M. CATHOLICA: publicado con efte titulo: Carta del Rey al Señor Duque de Montbazon, Par, y Montero Mayor de Francia, Governador, y Lugarteniente General por el Rey, de Parìs, y de la Isla de Francia, que contiene las juftas caufas que fu Mageftad ha tenido para declarar la guerra al Rey de España: efcrita en Monceaux à de Junio de 1635. Jun.23. CEDULA, por la qual S. M. CATHOLICA, haviendo refuelto bacer en todos fus Reynos, y Señoríos EM

9.

61.

BARGO general de los bienes, y ha- AÑO ciendas de los Subditos del Rey 1635. CHRISTIANISSIMO, en confequen- Jun. 23. cia de baver efte executado lo mifmo en fus Dominios con los bienes de los ESPAÑOLES, erige una JUNTA de Miniftros, para decidir las dudas, fe , que se ofrezcan en la execucion de efte EMBARGO, y ordenar, y proveer todo lo tocante al direccion de èl: dada govierno, y

en Madrid à 23. de Junio de 1635. 79.

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DECLARACION, MANIFIESTO Jun.24. del Cardenal Infante D. FERNANDO, Governador, y Capitan General de FLANDES por S. M. CATHOLICA, fobre el Rompimiento del Rey CHRISTIANISSIMO con ESPAña, en que fu ALTEZA, despues de referir los injuftos procederes de la FRANCIA defde la Paz de VERVINS, como la templada conducta de efta Corona con aquella, y ultimamente los vanos pretextos, y estrañas circunstancias del expressado Rompimiento, declara reciprocamente de parte del Rey de ESPAña la guerra al de FRANCIA: fecho en Bruselas à 24. de Junio de 1635. CEDULA REAL, en que fu Magef- Jun.25. tad, además del EMBARGO general, y REPRESALIA, que havia mandado hacer de los bienes, y haciendas de los FRANCESES, probibe à fus Subditos à otras qualesquier perfonas refidentes en fus Reynos, y Señorios el TRATO COMERCIO con los del Rey de FRANCIA, orde

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82.

nan

AÑO

1635. Jun, 25.

nando que en ninguno de los Puertos de la Corona de ESPAÑA fe admitan VAXELES, MERCADERÍAS, ni otras MANIFACTURAS de aquel Reynos y previene que el dicho EMBARGO fe execute en la forma exprefada en otra CEDULA mandada defpachar à efte fin: dada en Madrid à 25. de Junio de 1635. 91. CEDULA REAL, declarando la for

ma en que fe ba de executar el EMBARGO general de los bienes, y haciendas de los FRANCESES, mandado hacer por fu Mageftad: dada en Madrid à 25.de Junio de 1635. y publicada en la mifma Villa d 27. del mifmo mes. 93. Jul.11. LIGA OFENSIVA, y DEFENSIV A entre Luis XIII. Rey de Francia, y VICTOR AMADEO, Duque de Saboya, como tambien los Duques de MANTUA,PARMA, y MODENA,CONtra S. M. CATHOLICA para la conquista del Estado de MILAN: concluida, y firmada en Rivoli à 11. de Julio de 1635. Ag.25. BREVE del Papa URBANO VIII. à ODOARDO I, Duque de PARMA, y PLACENCIA exhortandole feriamente à que procure con toda folicitud, que los derechos de la SEDE APOSTOLICA Sobre los Feudos de aquellos Eftados no padezcan detrimento, ni perjuicio alguno con ocafion de la guerra nuevamente suscitada en Italia contra la Corona de ESPAÑA por la de FRANCIA, en cuya LIGA havia entrado el Duque, no folo feparadamente, fino junto con otros Principes ITALIANOS: da

ул

94.

do en Roma, en Santa Maria la AÑO Mayor à 25. de Agofio de 1635. 1635. 104. Ag.25.

BREVE del mismo PAPA al referido ODOARDO, manifeftandole procure contener en tan buen orden, y difci plina fus tropas, que no padezcan daño, ni perjuicio alguno los Eftados de PARMA, y PLACENCIA: dado en Roma, en Santa Maria la Mayor à 6. de Septiembre de 1635. r à continuacien la RELACION authentica de la PRESENTACION, que de eftos dos BREVES fe hizo al referido Duque en 24, y 25. del mifmo mes: becha por el Protonotario Apoftolico JUAN ANTONIO MASSANI en Roma à 5.de Noviembre de dicho año. 107.

Sept.6.

CEDULA REAL, prefcribiendo las Sept. 1 i. reglas, que fe deben obfervar en la VENTA de las haciendas, y bienes embargados à los Vaffallos del Rey CHRISTIANISSIMO con motivo de la GUERRA fufcitada entre las Coronas de ESPAÑA, y FRANCIA, en confequencia de las Cedulas, y Ordenes expedidas à efte fin en 23.y 25. de Junio de este año: dada en Madrid à 11. de Septiembre de 1635. CEDULA REAL, probibiendo todos Oct.2. los NAVIOS, PATACHES, y otros qualefquier VAXELES fabricados, ò que fe fabricaren en FRANCIA, y todo lo que fe embarcare en ellos, en la misma forma, y con las proprias calidades que eftavan probibidos los Navios, y Mercaderías de la fabrica de HOLANDA, ZELAN

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II2.

DA,

AÑO

1635. Oct.2.

DA, y demas Provincias REBELDES: y mandando que todos los que de ellos fe cogieren, afsi en la Mar, como en los Puertos, fe denuncien, confifquen, y den por perdidos con todas las Mercaderías que fe ballaren en ellos dada en Madrid à 2. de Octubre de 1635. 114. Oct. 13. CAPITULOS ajustados en nombre del Rey D. PHELIPE IV. por fu Embaxador D. FRANCISCO DE MELO con el Duque de MODENA, y REGIO, en que fe prometiò entregar luego à efte DuQUE la Ciudad, y Eftado de CORREGIO, de que havia fido defpoffeído fu Principe JUAN SIRO DE AUSTRIA por Sentencia de la CAMARA IMPERIAL, en pena de graves delitos, y que actualmente poffeia Su MAGESTAD en virtud del DIPLOMA del Emperador FERDINANDO II. expedido à 11. de Febrero de 1634. por via de prenda, è hypotheca efpecial de las crecidas cantidades, con que bavia afsiftido à S. M. CESAREA para las urgencias de la guerra de ALEMANIA: obligandose principalmente el Duque de MODENA à satisfacer à S. M. CATHOLICA, baxo ciertas condiciones, la cantidad en que havia fido empeñado aquel Principado, y acudir con cierto numero de Tropas à las necessidades del Eftado de MILAN; con infercion del referido DIPLOMA IMPERIAL, y de la PLENIPOTENCIA de fa Mageftad para efta Convencion: firmaronfe en Modena, en el Pa

lacio Ducal à 13. de Octubre de ANO 1635. 115. 1635 MANIFIESTO publicado por parte de ESPAÑA, con motivo del RoмPIMIENTO de FRANCIA, y de los MANIFIESTOS, y DECLARACIONES bechas fobre efte por el Rey CHRISTIANISSIMO en el qual fe exponen con individualidad los moderados, y juftos procederes de efta Corona, y los violentos, è injuftos de la de FRANCIA,defde la Paz de VERVINS bafta la Declaracion de GUERRA del prefente Año, y fus primeros efectos. 138. BANDO de D. MANUEL FONSECA Y 1636. ZUNIGA Conde de MONTEREY, Feb. 18.

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Virrey, y Capitan General del Reyno de NAPOLES: por el qual, en confequencia de baver prohibido por otro de 20. de Junio de 1635. con motivo del Rompimiento de FRANCIA con ESPAÑA, el COMERCIO con los Estados de aquella Corona, y mandado falir à todos fus Vaffallos de la Ciudad , y Reyno de NAPOLES, ordena afsimifmo que falgan de èl todos los Subditos de los Duques de SABOYA, y PARMA; y probibe todo comercio, y correfpondencia con ellos, fo pena de muerte, por haverfe coligado aquellos DUQUES con el Rey CHRISTIANISSIMO contra España, y cometido varias hoftilidades en el Eftado de MILAN: expedido en Napoles à 18. de Febrero de 1636.

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AÑO 1636. Feb. 22.

qualefquier VENTAS, que fe ayan becho, y fe bicieren en adelante de los BIENES RAÍZES embargados à los Subditos del Rey de FRANCIA, en confequencia de las Ordenes defpachadas à efte fin; dando à los COMPRADORES de ellos el refguardo, y cautela neceffaria: expedida en Madrid à 22. de Febrero de 1636. 170.

Feb.26. PODER de Su MAGESTAD à D. FERNANDO AFAN DE RIBERA Y HENRIQUEZ, Duque de ALCALA; à D. FRANCISCO DE MELO fu Embaxador à ALEMANIA, y à D. ANTONIO RONQUILLO, Gran Canciller de MILAN, nombrandolos por fus PLENIPOTENCIARIOS para que concurrieffen con los del EMPERADOr, y del Rey CHRISTIANISSIMO en el Congreso, y lugar feñalado para tratar una PAZ UNIVERSAL entre los Principes CHRISTIANOS: dado en Madrid à 26. de Febrero de 1636.

Abr. 15.

171.

Mar. 20. TRATADO de CONFEDERACION entre Luis XIII. Rey de Francia, y CHRISTINA Reyna de Suecia, contra el Emperador FERDINANDO II. y el Rey CATHOLICO, y demás ADHERENTES de S. M. IMPERIAL, con pretexto de proteger, y asegurar la libertad de ALEMANIA: concluido en Wifmar à 20. de Marzo de 1636. y ratificado por S. M.CHRISTIANISSIMA en San German en Laya à 15. de Abril del mismo año.

173. Abr.16. LIGA renovada entre LUIS XIII. Rey de FRANCIA, y los Eftados Genc

rales de las PROVINCIAS UNIDAS AÑO de los PAÍSES BAxos, para conti- 1636. nuar la guerra contra el Rey CA- Abr.16. en la Haya à 16. de

THOLICO,

,

179.

Abril de 1636. MANIFIESTO del Infante Cardenal Jul. 5. D. FERNANDO, Governador, y Capitan General de los Eftados de FLANDES, juftificando la entrada de las Armas CATHOLICAS en FRANCIA > en confequencia del ROMPIMIENTO, y Declaracion de GUERRA de aquella Corona contra la de EsPAÑA expedido en Mons à 5. de Julio de 1636. 179. CAPITULACIONES, con que el Con- Ag.14. de de SOYECOURT entregò la Plaza de CORBIè, en la Provincia de PICARDIA, al Principe THOMAS De SABOYA Governador General de las Armas de S. M. CATHOLICA: ajuftadas en el Campo Sobre Corbiè à 14.de Agosto de 1636. 184. TRATADO entre Luis XIII. Rey de Sept.6. FRANCIA, y los Eftados Generales de las PROVINCIAS UNIDAS, que fe arregla la aplicacion, y diftribucion que debe tener la cantidad de UN MILLON, y QUINIENTAS MIL LIBRAS, con que S. M. CHRISTIANISSIMA ofrece afsiftirles, para que continúen la guerra contra ESPAÑA ; y fe ratifican todos los anteriores concluido en la Haya à 6. de Septiembre de 1636. 185. MANIFIESTO del REY CATHOLICO, Oct.23. en que juftificandofe la entrada de Jus ARMAS en el Reyno de FRANCIA,y affegurandofe que fu in

en

ten

AÑO 1636. Oct. 23.

tento es folo procurar los medios de la fuerza el estado mas conveniente à la CHRISTIANDAD, y al bien comun de los VASSALLOS de entrambas Coronas, fe promete de parte de fu Mageftad à los que dexaren el partido de FRANCIA, y afsiftieren al de ESPAÑA, todo favor, y amparo, y especialmente la exencion de TRIBUTOS, y facultad de COMERCIAR en todos fus Dominios, como los mismos Naturales y al contrario à los que fe opufieren à las juftas empresas de fu Mageftad, fe les declara que experimentarán todas las HOSTILIDADES que permite el rigor de la Guerra mandado intimar à los FRANCESES por D. JUAN ALONSO HENRIQUEZ DE CABRERA, AlmiAlmirante de CASTILLA, y Capitan General en las Provincias de CASTILLA LA VIEJA; y el Marquès de VALPARAÍSO Don Francifco de ANDÍA, Y IRRAZABAL, Virrey, y Capitan General del Reyno de NAVARRA, y Capitan General de la Provincia de GUIPUZCOA, al tiempo de entrar las Armas CATHOLICAS por efta Provincia por el Paffo de BEOBIA en la de LABORT de Francia: lo que fe executò baxo la conducta, y mando del referido MARQUES en 23. de Octubre de 1636.

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190.

Oct.25. BREVE de URBANO VIII. al MARQUES DE LEGANÈS Governador del Estado de MILAN, en que expreffandole la folicitud con que Su SANTIDAD ha atendido y debe

atender à la confervacion de los de- AÑO rechos de la SEDE APOSTOLICA,Y 1636. los esfuerzos con que ha procurado Oct.25. diffuadir al DUQUE DE PARMA de intentar cofa alguna contra la tranquilidad de ITALIA, y en perjuicio de aquellos mismos derechos, le pide que retire del Estado de PARMA, PLACENCIA las Tropas EsPAÑOLAS: dado en Caftel Gandolfo à 25. de Octubre de 1636. 193. BREVE del mifmo Papa URBANO Nov.15. VIII. al Rey D. PHELIPE IV, pidiendo encarecidamente à fu Mageftad, mande retirar quanto antes fus TROPAS del Estado de PARMA, PLACENCIA: dado en RoУ ma en Santa Maria la Mayor à 15.de Noviembre de 1636. 196. CAPITULACION entre el Rey D. 1637. PHELIPE IV. y ODOARDO FARNE- Febrero SIO, Duque de PARMA, y PLA- 2. y 4. CENCIA, Sobre recivir, y volver à la gracia, y proteccion de Su MAGESTAD à efte Duque, defpues de los ultimos movimientos de ITALIA procedidos de la Liga con FRANCIA juntamente con los ARTICULOS añadidos à la referida CAPITULACION, y los PODERES de fu Mageftad para cha en Milàn à 2. de

1637. y en Placencia à mo mes de dicho año.

ella feFebrero de

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TRATADO entre el DuQUE DE Mar.26.

ROHAN en nombre de S.M. CHRIS

TIANISSIMA, y los Gefes de las
tres LIGAS GRISAS >
en que def-
pues de declararfe que en la nueva
ALIANZA, que eftas havian hecho

con

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