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por las reglas de la jurisprudencia ordinaria, eran en este caso inútiles é inoportunos. La cuestion que se ventilaba entonces no era la de si el hecho estaba legalmente probado, pues que ni aun la de si era ó no cierto, segun las reglas de la crítica, hubiera debido ponerse en duda; sino la de si suponiéndolo tal era motivo suficiente para enviar el mensaje que se proponia. No dirémos que los reyes son infalibles ni señores de vidas y haciendas, como en otro tiempo se creia; pero sí que cuando hablan tienen por el desinterés que naturalmente se les supone mas probabilidad de decir lo cierto, que cualquiera de sus súbditos que le contradiga; pero sí que cuando hablan como reyes, es decir, cuando un ministro responde de sus palabras, no pueden ser contradichos, á menos de declararlos tambien responsables á ellos; pero sí que no conciliamos el respeto y acatamiento debidos al trono con la facultad de los súbditos para desmentirlo. Así pensamos que no ha debido consentirse poner en tela de juicio la veracidad de S. M. Disputarase en buen hora sobre la importancia del suceso, explicárase de la manera mas favorable para el acusado aunque fuese falsa é ingeniosa; pero consentir que en medio de un Congreso y en presencia de la Europa se hayan puesto á discusion las virtudes morales de S. M., nos ha parecido un precedente lastimoso y un error deplorable. No decimos por esto que si hay juicio no puedan los jueces ilustrar su conciencia con nuevas pruebas además del acta en cuestion para mayor seguridad del acierto; pues cualquiera conocerá la distancia inmensa que hay entre un diputado que niega la veracidad del rey, y un tribunal tan respetable como la segunda Cámara, que sin dudar de las palabras del soberano, procure ilustrar su ánimo para fallar mas atinadamente. Pero aun suponiendo que este punto pudiese serlo de discusion en los cuerpos colegisladores, ¿quién ha dicho que el Congreso enviando el mensaje es juez de ningun proceso, ni menos el que decida de la culpabilidad del acusado? Ni aunque lo fuese, ¿quién ha dicho que el Congreso debia sujetarse al sistema absurdo de probanzas, establecido en las leyes de Partida? Todo lo mas que podría desearse es que el hecho pareciese cierto, segun las reglas de la sana crítica; y que el de que se trata tiene esta circunstancia no puede ponerse en duda por las razones que dijimos anteriormente, y por otras muchas alegadas en esta discusion, y que en gracia de la brevedad omitimos. El sentido comun decida entre una Reina niña que cuenta candorosamente y sin titubear un hecho en presencia de muchas personas respetables, y lo repite varias veces de la misma manera, que ningun interés tiene en ocultar lo cierto, que es incapaz por su misma inocencia de inventar una intriga, y mas incapaz todavía de sostenerla con maña, y un diplomático sagaz, interesado en ocultar la verdad del caso, despechado con su desgracia, amenazado de una acusacion terrible, y deseoso de vengar su agravio. ¿Dudaría mucho en resolverse el hombre imparcial y desapasionado?

Tan grave falta merecia tambien que el Congreso la declarase caso de responsabilidad, y en efecto una proposicion acusando al senor Olózaga fué tomada en consideracion, y será asunto de nuevo debate luego que se vote el mensaje que ahora se discute. Mas como sobre este punto bicimos ya en otro lugar las reflexiones que creemos oportunas, escusamos repetirlas ahora.

A la formacion del nuevo ministerio presidió un pensamiento

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acertado y conveniente. Aun permanecian fieles á la coalicion algunos progresistas notables; aun quedaba en algunos diputados de carácter templado y corazon generoso la halagueña esperanza de volver á anudarla, y á fin de que ni pretesto hubiese siquiera para decir, que los moderados habian contribuido á romperla, formóse un ministerio compuesto poriguales partes de hombres de los dos matices políticos, pero que no se habian apartado como muchos de la coalicion parlamentaria. No entrarémos en disputa con los que aseguran no ser ya posible un ministerio de esta clase, ó los que desean otro formado de hombres de una sola opinion. Sí aquel ministerio es ó no posible dígalo el Sr. Gonzalez Bravo; en cuanto á sus probalidades de duracion parécenos que no tiene mas ni menos que el que se formára de otra manera. Será mas duradero aquel ministerio que logre organizar la administracion, y esto lo conseguirá el que contando con el apoyo de la fuerza castigue á los revoltosos y reprima la anarquía. Y como no dudamos que el ministerio actual desea tanto como otro cualquiera establecer la organizacion administrativa, y no cuenta menos que otro con el apoyo de la fuerza pública, creemos que debe tener los mismos sino mas elementos de duracion. Su tarea es en verdad difícil, su situacion espinosa: mucho tino y mucha fuerza de voluntad necesita para dominarla; pero si lo consigue, si sin revolucion y sin reacciones logra reprimir la anarquía que asoma por donde quiera, y organiza la administracion pública hoy tan desquiciada, habrá llevado á cabo una empresa de que no fueron capaces ministros de mas nombradía; merecerá bien de la patria, y hará un señalado servicio á la causa de las instituciones constitucionales. Muy poco lleva de gobernar todavía para que podamos juzgar con acierto de su conducta: ocupado casi exclusivamente del negocio desagradable que se ventila en las Cortes, no ha podido en verdad dedicarse al arreglo de otros asuntos; pero cuando aquel se termine, esperamos de su celo que acometerá con voluntad firme y ánimo resuelto la grande obra de la reforma.

Esta ha comenzado en el Senado por la ley electoral de los ayuntamientos presentada por el ministerio anterior, la cual, salvos algunos defectos, lleva á la que hoy existe conocida ventaja. Redúcese en esta ley el derecho electoral activo á justas y convenientes proporciones, lo cual es una mejora importantísima sobre el sistema hoy vigente: pero debieran exigirse en nuestro concepto mas condiciones á los elegibles que á los electores, y el proyecto de ley de que tratamos no lo dispone así. No es tampoco menos urgente hacer una ley que fije las atribuciones de los ayuntamientos, otra que reforme esencialmente Jas diputaciones provinciales, otra para la organizacion de la milicia nacional, otra que ponga coto á los desmanes de la imprenta, y otra, en fin, que establezca el consejo de Estado; pero aunque todo lo aguardamos del actual ministerio, no puede todo hacerse en un dia, y no habrá conseguido poco, si cuando se retire de los negocios no deja otra tarea á sus sucesores que la de enmendar y perfeccionar su obra.

16 de diciembre de 1843,

FIN DEL TOMO I,

INDICE

DE LOS

ARTICULOS CONTENIDOS EN ESTE PRIMER TOMO.

3

PÁG.

De la regencia y gobierno de D. Baldomero Espartero, por D. F. de Car-

DENAS.

De la historia de la regencia de Doña María Cristina de Borbon, frag-
mento, por D. JUAN DONOSO CORTÉS.

17

Reseña de las principales discusiones del Instituto histórico de Francia
durante sn noveno Congreso, por D. FRANCISCO Martinez de la Rosa. 29
De la expiacion de los partidos políticos, por D. JAVIER DE LEON BEN-

DICHO...

De la dominacion de Inglaterra en Irlanda.—Artículo 1.o
Idem.

.....

-Artículo 2.o

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De la institucion y organizacion de la milicia nacional, por D. F. DE CAR-

DENAS.

Resumen histórico de las operaciones del tercer ejército nacional en 1823,
al mando en jefe del mariscal de campo D. Rafael del Riego, hasta su
destruccion en setiembre del mismo año, por UN OFICIAL DEL ESTADO
MAYOR DEL MISMO EJÉRCITO.

De algunas desventajas y ventajas de la situacion actual, por D. ANTONIO
ALCALA GALIANO....

Deontologia de Bentham, por D. TOMAS GARCIA LUNA.

.69

86

173

125

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135 y 244

229

281

Apuntes sobre los reinados de menor edad, por D. JUAN DONOSO CORTÉS. 298
Sobre la organizacion de los tribunales de justicia, por D. LEONARDO TA-
LÉNS DE LA RIBA.

345

Viaje traji-cómico de D. Silvestre Bausan, por EL ESTUDIANTE.
Literatura dramática alemana de la época actual.-Artículo 1.°, tradu-
cido del aleman por D. JUAN Eugenio Hartcenbusch.

358

401

De la institucion del jurado y su aplicacion á España, por D. MANUEL GAR-
CIA GALLARDO.

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REVISTA LITERARIA.

Ensayo político y literario sobre la Italia desde el siglo XI hasta nuestros
dias, escrito por D. Salvador Costanzo.-Juicio crítico, por D. CAVE-
TANO CORTES.

53

Creencias y desengaños, novela original de D. Ramon Navarrete. por Don
LEOPOLDO AUGusto de Cueto...

...

Bases de la política positiva. Manifiesto de la Escuela Societaria fundada
por Fourier, traducido por un FALAUSTERIANO,
La España de los Borbones. Historia documental desde antes de la muer-
te de Carlos II hasta la abdicacion de María Cristina en Valencia, por
D. JOSÉ GONZALEZ CARVAJAL,

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Curso de historia de la civilizacion de España por D. Fermin Gonzalo Mo-
ron, por D. JUAN DONOSO CORTÉS .
Historia de la Conquista de Méjico, poblacion y progresos de la América
septentrional, por D. Antonio Solís.-Coleccion de sainetes tanto im-
presos como inéditos de D. Ramon de la Cruz.-Galería de hombres cé-
lebres contemporáneos, ó biografías y retratos de todos los personajes
distinguidos de nuestros dias en las ciencias, en la política, en las ar-
mas, en las letras y en las artes, publicadas por D. Nicomedes Pastor
Diaz y D. Francisco de Cárdenas.
Compendio de moral, ó catecismo de los deberes del hombre para uso de
la juventud española, escrito por D. Cayetano Cortés. . . .
Academia de ciencias morales y políticas de Francia.-Reseña y juicio
crítico de las principales obras presentadas á esta corporacion en el mes
de agosto último.

100

161

165

190

.. 265

... 330

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Biografía contemporánea universal y coleccion de retratos de todos los
personajes célebres de nuestros dias.

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390

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452

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215

La Rueda de la Fortuna, comedia en 4 actos por D. Tomàs Rodriguez
Rubí.

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CRONICA POLITICA.

Levantamiento del sitio de Sevilla.-Fuga de Espartero.-Actos del go-
bierno provisional.-Mayoría de la Reina.-Cuestion de la junta cen-
tral.-Sucesos de Barcelona.-Elecciones.

Estado de la coalicion.-Elecciones.-Organizacion del ejército.-Rebe-
lion de Barcelona y Gerona.-Llegada de Espartero á Londres.-Via-
je de la reina Victoria á Francia.

Elecciones.-Insurreccion de Cataluña.-Política del ministerio.-Con-

60

116

trato para la anticipacion de 400 millones de reales.-Situacion del rei-
no.-Estado de los partidos.

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Revolucion de Atenas.-Estado de la insurreccion de Cataluña.-Acusa-
ciones del partido revolucionario.-Tareas de las próximas Cortes.-Po-
lítica del ministerio.

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167

222

272

Situacion de la Grecia.-Prision de O'Connell.-Sesiones de las Cortes.-
Mayoría de la Reina.-Estado de la insurreccion centralista.
Sesiones de las Cortes.-Declaracion de la mayor cdad de S. M.-Aten-
tados del partido revolucionario.-Estado de la insurreccion centralista. 334
Crísis ministerial.—Organizacion del nuevo gabinete.-Sesiones de las
Cortes.-Ultimos actos del ministerio Lopez sobre las elecciones muni-
cipales y la reorganizacion de la milicia nacional.-Término de la insur-
reccion centralista.-Motin del 26 de noviembre.-Eleccion de nuevo
presidente del Congreso.

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391

Sucesos de Palacio en la noche del 28 de noviembre.-Discusiones de las
Cortes.-Rompimiento de la coalicion.-Política del nuevo ministerio. 454

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