Competencia. Declarando mal formada y que no há lugar à decidir la competencia suscitada entre el Comandante de Marina de Tortosa y el Juez de primera instancia de la misma ciudad, sobre conocimiento del interdicto presentado por D. José de Salvador contra varios individuos que habian entrado á pescar en la Isla de Benet, propia del demandante, haciendo bartacas, arrancando yerbas é introduciendo caballerías. En el espediente y autos de competencia suscitada entre el Comandante militar de Marina de Tortosa y el Juez de primera instancia de la misma ciudad, de los cuales resulta: Que en dicho Juzgado se presentó por D. José de Salvador y de Navas interdicto de recobrar la posesion de la heredad denominada. Ista de Benet y parte de balsa comprendida en la tinea, en la que habian entrado á pescar Domingo Zaragoza, Francisco Salvadó y otros, haciendo barracas, arrancando yerbas é introduciendo caballerías en las tierras, pertenecientes á Salvador: Que dictado el auto restitutorio, el Comandante militar de Mariną, á consecuencia de solicitud de los despojantes Domingo Zaragoza y Francisco Salvadó, y despues de oir al Fiscal de la provincia y á su Asesor, ofició al Juez de primera instancia para que se inhibiese del conocimiento del asunto, fundándose en que sobre el mar y sus playas y riberas nadie puede alegar posesion ni propiedad, y en que los despojantes, habian procedido en virtud de providencia gubernativa de aquella Autoridad, militar de Marina: |