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Inspecciona personalmente en 148: la armada naval que en ics puertos de Vizcaya se aprestaba para ir a socorrer al Rey

de Napoles.

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A los almirantes seguian en autoridad los cómitres, cada uno en su respectiva nave. Estos eran los capitanes de los navíos, galeras, etc.; y tal poder tenian sobre las gentes de su jurisdiccion como el Almirante en toda la flota ó armada. Su calidad tambien era de cuenta, y nadie mas que el rey podia nombrarlos, haciendo antes muy científicas pruebas de su oficio en presencia de doce hombres esperimentados y muy sabidores de las cosas navales. Así examinado cada cómitre, con juramento que de su idoneidad se recibia á los examinadores, se le daba la investidura de su oficio, vistiéndole de paños bermejos, y poniéndole en la mano derecha un pendon con las armas reales: de este modo tomaba posesion del' navío de su cargo con especial acompañamiento, al son de trompas y añafiles, que componian la música militar de aquellos tiempos. El rey don Alfonso el Sábio en sus leyes de partida dice: E porque ellos son jueces de los pleitos, é cabdillos de las campañas que en los navios traen, deben ser fechos é escogidos de manera que hayan aquellas cosas que dijimos del Almirante; es decir, acreditado esfuerzo, estricta legalidad y juicio esperimentado. Este oficio degeneró tanto andando los tiempos, que en el siglo XVI ya no tenia mas incumbencia el cómitre que atender al buen órden y castigo de los remeros:

pero en cambio se crearon los empleos de capitan y patron; el primero para sustituir al cómitre en su cargo respectivo, y el segundo para tener cuenta y responder al materialismo de la nave.

El naocher era entonces ni mas ni menos que el piloto de nuestros tiempos. Tambien habia de ser examinado sobre los cuatro puntos capitales de su oficio, á saber: el conocimiento práctico de los mares, el valor para acometer empresas de grande esfuerzo, el buen entendimiento para aconsejar al Almirante ó al cómitre en los casos dudosos, y la lealtad para bien servir por el acrecentamiento de su patria y por la honra de sus reyes. E si despues desto, dice el rey don Alfonso, por su engaño, ó por culpa de su mal guiamiento se perdiesse el navío ó rescibiessen grand daño los que en él fuessen, deve morir por ello. El nombre de naocher se convirtió en piloto antes de terminarse el siglo XV.

Entendíanse por proeles los hombres de guerra que se ponian en la proa de cada vaso para acometer y herir los primeros en los combates, de donde se infiere la costumbre que entonces era usual, de acometerse las naves por la proa. Al comenzarse el siglo XVI, ya los proeles no eran hombres de guerra y sí únicamente marineros preferentes. Cerca de los proeles iban por las bandas otros llamados alieres, del nombre alas que se daba á los costados de los buques, y ellos tenian el propio encargo que aquellos, bien que en puesto diferente. Habia además de la propia condicion los sobresalientes, tales como ballesteros y otros hombres de armas, cuya mision era defender á los que iban en las naves disparando ó lidiando con los enemigos, segun las ocasiones lo exigiesen. Al comenzarse la época de nuestra historia, esto es, cuando el intrépido Colon descubrió el Nuevo-Mundo, ya las naves no tenian dotacion fija de soldados, y así continuaron hasta que se organizó la armada de la Santa Liga, cuyo caudillo fué don Juan de Austria.

Para que clase alguna no se olvide en la esplicacion que vamos haciendo, conviene advertir que además de las ya dichas habia en las naves otros oficiales (1) ó marineros para entender en el servicio de la vela, é facer, segun las leyes ya citadas, otras cosas que les mandaren los naocheres, asi como echar las áncoras é tirarlas, é atar el navío en el puerto; y tambien aquellos que tenian á su cargo las provisiones de boca y guerra, lo mismo que el repuesto de jarcia y demas indispensables circunstancias de las naves. Se infiere además, por algunas palabras oscuras de las propias leyes, que estos hombres tenian ciertos cabos á los cuales honraban y obedecian por superiores. Pero donde mas se aclara esta circunstancia con otras no menos notables para la mejor inteligencia de este punto, es en el estudio detenido de las Ordinacions de tot veixell qui s'armará per anar en cors, é de tota armada que s'faca per mar, las cuales ordenanzas se pro

(1) Esta palabra no tenia en los tiempos antiguos la significacion que hoy se le acomoda, con particularidad en los ejércitos y armada. Derivada de oficio, se acomodaba á todas las clases bajas que eran especiales, de suerte que en aquellos se decian oficiales los cabos de escuadra, tambores, y hasta el verdugo, cuando cada tercio llevaba el suyo, y en las armadas dábase igual nombre aun á los simples marineros.

mulgaron en Cataluña por aquellos tiempos. Segun ellas, toda la gente de guerra, como eran ballesteros y hombres de armas, tenian su comandante inmediato llamado condestable: en cada embarcacion armada habia un maestre de raciones con el nombre de senescal, y se llamaba cominal al contramaestre. Como en Castilla, cada nave de las de Cataluña tenia su cómitre, y un nochero mayor que era el piloto (1).

Además del almirante habia en las naves un capitan que le sustituia en las ocasiones, y aun tenia cuenta de arbitrar entre aquel y los súbditos cuando la justicia ó el derecho de cada uno se torcia; así se infiere, al menos, de sus obligaciones, como que en ellas se dice: Debe manifestar y espresar todo lo que el almirante debe dar á cualquiera hombre de la nave, y si el almirante no se lo cumple, él con la tripulacion de la nave se lo debe mostrar y pagar hasta que se cumpla. Y mas adelante : Debe guardar la parte en la nave así de los mayores como de los menores, de modo que cada uno tenga su derecho. Semejante intervencion en los actos de la cabeza principal de la armada no debe estrañarse, por cuanto el mismo capitan que estaba obligado á ajustar sus cuentas á todos y á cada uno de los individuos de la nave, no podia verificarlo sin la asociacion á sus trabajos de tres popeles, tres clavarios (2), tres proeles, tres ballesteros y tres hombres de armas.

Y ¿qué juicio deberiamos formar de la indispensable obligacion que el almirante tenia de dar anticipada cuenta á la tripulacion de todos sus actos? En el capítulo primero, párrafo nueve de las Ordenanzas de los armamentos marítimos para la guerra del corso (3) se dice: El almirante debe pedir parecer á toda la tripulacion cuando quiera partir de un parage; cuando quiera pedir prestado ó apoderarse de algo de sus amigos en la navegacion, cuando quiera acometer, cuando quiera trocar la nave ó la jarcia ú otro aparejo y quiera dar tornas por ello. Esta rara condescendencia de las leyes no podia menos de estar basada en la inteligencia y madura condicion de los subordinados. ¿Cuáles, si no, serian los efectos? El cabo principal de la armada no podria jamás llevar á su cumplimiento las mejores concepciones de su esperiencia, si una ciega confianza por parte de los súbditos no le asegurase de sus voluntades para secundarla. Por otra parte, las leyes tenian previstos con severas penas los casos de insubordinacion que tales derechos pudieran traer consigo; y así hay un párrafo en el propio capítulo que dice: El almirante puede hacer justicia hasta cortar orejas y dar baquetas en la nave... Puede tambien ajusticiar á todo

(1) Aquí debemos hacernos cargo espresamente del artículo que trata de los nocheros en las ordenanzas de que nos estamos ocupando, por cuanto en él se establece que toda nave de 100 marineros de tripulacion, debia llevar 24 proeros ó popeles y 16 nocheros menores. Estos hombres eran oficiales prácticos espresamente para las maniobras, y sin duda corresponden á los que en las armadas de Castilla se conocian con los respectivos nombres de alieres, proeles, etc., los cuales ademas de su cargo en la navegacion, estaban obligados á pelear en las ocasiones de la manera que hemos dicho.

(2) El clavario era una especie de tesorero á cuyo cargo se ballaban los intereses de la nave.

(3) Tenemos á la vista el testo lemosin, pero hacemos uso por mas inteligible de la traduccion castellana.

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