Código penal del Estado de Veracruz Llave: proyecto formado por las Comisiones Unidas de la honorable Legislatura y del honorable Tribunal Superior de Justicia : aprobado y mandado observar por la Ley núm. 32 de 15 de agosto de 1896

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Oficina Tipográfica del Gobierno del Estado, 1896 - 220 pàgines
 

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Frases i termes més freqüents

Passatges populars

Pàgina 156 - El corruptor, en los casos de que hablan los artículos que preceden, sufrirá por regla general, las mismas penas del cohechado, menos las de suspensión de empleo, é inhabilitación.
Pàgina 115 - II. Cuando es superior por las armas que emplea, por su mayor destreza en el manejo de ellas, ó por el número de los que lo acompañan; III.
Pàgina 49 - En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
Pàgina 177 - ... á personas abonadas ó afiliadas, ó á las que éstas presenten. Los administradores de la casa de juego, los encargados de ella y sus agentes, de cualquiera clase que sean, sufrirán la mitad de la pena susodicha. Art.
Pàgina 95 - El que fraudulentamente y con perjuicio de otro, disponga en todo ó en parte de una cantidad de dinero en numerario, en billetes de banco ó en papel moneda, de un documento que importe obligación, liberación ó...
Pàgina 42 - II. La que por sentencia formal se impone como pena. En el primer caso, la suspensión comienza y concluye de hecho con la pena de que es consecuencia.
Pàgina 120 - No se tendrá como mortal una lesión, aunque muera el que la recibió: cuando la muerte sea resultado de una causa anterior a la lesión y sobre la cual ésta no haya influido...
Pàgina 14 - Ejecutar un hecho que no es criminal sino por circunstancias particulares del ofendido, si el acusado las ignoraba inculpablemente al tiempo de obrar.
Pàgina 110 - Art. 485. El que por la explosión de una mina ó máquina de vapor, ó por cualquiera otro medio que" no esté comprendido en los dos capítulos que preceden, destruyere en todo ó en parte una construcción ó edificio ajenos, un coche ó un vagón, será castigado como si lo hubiera hecho por medio de incendio.
Pàgina 138 - Art. 986. El registro ó apoderamiento de papeles, ejecutados por las personas de que habla el artículo anterior, sin los requisitos y fuera de los casos en que la ley lo permita, se castigará con arresto de uno á seis meses y multa de 10 á 200 pesos.

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