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es tener libertad para hacer de sí lo que les viene á la voluntad, sin haber respeto á ninguna cosa de virtud; y viendo que ésto es tan contrario á nuestra fe, y cuánto somos obligados á que por todas vías y maneras que ser pueda se busque algun remedio, platicado con el Rey, mi señor y padre, por algunos del mi Consejo é personas de buena vida y letras y conciencia, habida informacion de otros que habian mucha noticia y experiencia de las cosas de la dicha isla, é de la vida y manera de los dichos indios, pareció que lo más provechoso que al presente se podria proveer, sería mandar las estancias de los Caciques é indios cerca de los lugares y pueblos de los españoles, por muchas consideraciones, porque por la conversacion continua que con ellos ternán, como con ir á las iglesias los dias de fiesta á oir misa y los oficios divinos, y ver cómo los españoles lo hacen, y con el aparejo é cuidado que, teniéndolos junto consigo, ternán de les mostrar é industriar en las cosas de nuestra sancta fe, está claro que más presto las aprenderán, y despues de aprendidas no las olvidarán como agora; é si algun indio adolesciere, sería brevemente socorrido é curado, y se dará vida, con ayuda de nuestro Señor, á muchos que por no saber dellos é por no curarlos mueren, y á todos se les excusará el trabajo de las idas y venidas, que como son léjos sus estancias de los pueblos de los españoles, les será harto alivio, y no morirán los que mueren en los caminos, así por enfermedades como por falta de mantenimiento, y los tales no pueden rescibir los Sacramentos, que como cristianos son obligados, segun se les darán adolesciendo en los dichos pueblos, los niños que nascerán serán luégo baptizados, y todos servirán con ménos trabajo y á más provecho de los españoles, por estar más continuo en sus casas, y los Visitadores que tuvieren cargo de los visitar, los visitarán mejor y más á menudo, y les harán proveer de todo lo que les falta, y no darán lugar que les tomen sus mujeres é hijas, como lo hacen estando en los dichos sus asientos apartados, y cesarán otros muchos males y daños que á los dichos indios les hacen por estar apartados, que porque

allá son manifiestos aquí no se dicen, y se les seguirán otros muchos provechos, así para la salvacion de sus ánimas como para el pró y utilidad de sus personas y conservacion de sus vidas. Por las cuales cosas, y por otras muchas que á este propósito se podrian decir, fué acordado que, para el bien é remedio de todo lo susodicho, sean luégo traidos los dichos Caciques é indios cerca de los lugares é pueblos de los dichos españoles que hay en la dicha isla, é para que allí sean tractados é industriados é mirados como es razon y siempre lo deseamos, mando que de aquí adelante se guarde y cumpla lo que adelante será contenido, en esta guisa.», Este fué el prólogo de las dichas leyes.

Agora será bien declarar algunas de las grandes falsedades, mentiras y testimonios que supone este prólogo, por la maldad y ánsia de tiranía de los que, á la sazon, desta isla estaban en la corte, que informaban falsamente al Rey é á los del Consejo, y que en él entraban, de cuanto podian fingir de males contra los indios, alegando tambien necesidades en ellos, para no sólo tenerlos repartidos como de ántes, pero tenerlos más cerca y más á la mano, y servirse dellos sin que cosa les estorbase. Esto urdieron y acabaron que fuese lo primero que el Rey ordenase, conviene á saber, que se sacasen de su naturaleza y pueblos donde habian nacido y criádose con todos sus linajes, desde quizá millares de años atras, y se trujesen cerca de los pueblos de los españoles donde un dia ni una hora resollasen, ántes con esta mudanza los acabaron. Y ésta es y ha sido regla general é infalible, que en sacando ó mudando estas gentes de donde nacieron y se criaron á otra parte, por poca distancia que sea, luego enferman y pocos son los que de la muerte se escapan; la razon que nos parece ser desto causa, es la delicadeza de sus cuerpos y complision delicada, ser de muy poco comer, y andar desnudos en muchas partes, y en otras cubiertos con sola una manta de algodon, por manera, que mudándose de un asiento á otro, por poca diferencia que la region en la tierra ó en los aires haga, ó en las aguas, fácilmente les son los cuerpos transmudados y

el armonía de los humores desproporcionada. Lo mismo les han causado los trabajos, porque acostumbrados todos á poco trabajar, por tener las tierras tan fértiles y abundantes para haber dellas fácilmente lo á la vida necesario, puestos en tan exorbitantes y desproporcionados trabajos, de necesidad les era imposible mucho tiempo en ellos durar; y ésta ha sido, de su tan breve y lamentable acabamiento, la causa, allende que, como arriba hemos dicho alguna vez ó veces, son por la mayor parte de miembros delicados, áun los labradores y plebeyos dellos, que no parecen sino hijos de Príncipes criados en todo regalo, y ésto tambien debe proceder de la susodicha

causa.

CAPITULO XIV.

En el cual se prosigue la declaracion de algunos puntos del prólogo de las leyes.

Parece la falsedad del supuesto del prólogo, y la maldad de los que informaron al Rey, é á los que habia el Rey mandado que del remedio de los indios tractasen, lo primero en darle á entender que el comendador Bobadilla hobiese hecho ordenazas para que estas pobres gentes viniesen en cognoscimiento de Dios; este remedio y ordenanzas del comendador Bobadilla, para que viniesen en cognoscimiento de Dios, véase arriba en el precedente libro, cap. 1.o, y las que el Comendador Mayor de Alcántara constituyó, en el cap. 12 y los siguientes, y por todos los años, ocho y algo más, de su gobernacion, donde queda bien á la larga, con verdad, explicado. Ya dijimos y certificamos arriba, en aquellos dichos lugares, que por aquellos tiempos no hobo más memoria de enseñar estas gentes en las cosas de la fe, ni de su salvacion, verdaderamente, que si fueran perros ó gatos, porque no hervia en los seglares otra solicitud ni otro cuidado, sino solamente de los trabajos y sudores, y vidas de los indios aprovecharse, por todas las vías y maneras que ellos podian alcanzar; y como no habia religiosos, y los de Sanct Francisco que vinieron á esta isla el año de 1502, como ya se refirió, eran pocos, y áun, para decir verdad, tampoco tuvieron ese cuidado, de todo remedio espiritual quedaron los indios desmamparados: pues hablar en clérigos, como no pasen acá sino con el fin de los seglares, y pluguiese á Dios que con sólo aquesto el negocio pasase, no es menester gastar tiempo en valde. Las ordenanzas del Almirante segundo, D. Diego Colon, y de los Oficiales no fueron otras sino llevar adelante la servidumbre tiránica

comenzada y arraigada, en que perecian cada dia estas gentes desventuradas, sin que uuo ni ninguno se doliese de ellos, ni en su perdicion, sino sólo en lo que se les disminuia de ganancia temporal, por su muerte, mirase. Veis aquí el fundamento sobre que estribó el prólogo de las leyes, que el Rey para que los indios fuesen cristianos hacer mandó. Y que diga luégo allí, que segun se ha visto por luenga experiencia, que todo lo proveido por lo susodichos no bastaba para que los dichos Caciques é indios tengan el cognoscimiento de nuestra fe que necesario era para su salvacion, porque de su natural eran inclinados á ociosidad y malos vicios, etc.; pluguiera á Dios que no los tuvieran peores los españoles, dejada la fe aparte, la cual, áun ellos, con su mala vida y ejemplos corruptísimos, infamaban, y ofendian más á Dios con ellos y con su ociosidad, que los indios á quien ellos tan falsa y perniciosamente infamaban. Es otra cosa aquí de notar, conviene á saber, la ceguedad de los del Consejo del Rey, y de los teólogos que para ésto se juntaban mucho más, que no advirtiesen á considerar, que aunque presupusieran por verdad, lo cual fué malvada falsedad, que los españoles tenian cuidado de doctrinar á los indios, ¿qué doctrina podian dar hombres seglares y mundanos, idiotas y que apénas, comunmente y por la mayor parte, se saben santiguar, á infieles de lengua diversísima de la castellana, que nunca aprendieron sino tres vocablos, «dáca agua, dáca pan, vé á las minas, torna á trabajar,» y que habian de ser instruidos desde los primeros principios de la fe y religion cristiana, que no son el Ave María, y Paternoster ni Credo mostrado en latin, como quien lo enseña á urracas ó papagayos, pues no ignoraron los del Consejo ni los teólogos que con ellos se juntaban, que aquellos tiempos no habia en esta isla frailes ni teólogos que á los indios enseñasen? Pues se dice en el dicho prólogo que en el tiempo que les venian á servir los doctrinaban, lo que es falso, pero ya que los doctrinasen, ¿qué doctrina les podian dar?; y que el español que iba con ellos á sus asientos se lo traia á la memoria y los reprendia, ¿qué podia traerles á la memoria un gañan ú otro

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