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CAPÍTULO XXXIX.

Concluida la historia del primer Almirante, que aquestas Indias mostró primero que otro al mundo, conviene tornar al camino que la historia llevaba, y despues à proseguir la gobernacion del Comendador Mayor en esta isla Española, de donde la dejamos, y contar lo que en ella por estos tiempos sucedió, y ver de allí adelante lo que por estas partes, dentro de los diez años, fuere de memoria digno; y aunque sea tornar un poco atras, pues perdió su lugar con la frecuencia de las cosas referidas, todavía no perderá sazon aquí decillo. Esto es, que en el año de 4504, los Reyes católicos suplicaron al Papa Alejandro VI, que les habia concedido estas Indias, que les concediese los diezmos de las islas de las Indias, no señalando cuáles, puesto que la intencion de los Reyes fué pedir los desta isla Española, donde habia entonces españoles, y de las otras partes donde creian que habian españoles de poblar. Finalmente, les hizo gracia y donacion de los diezmos con tal carga y condicion, que primero asignasen dote suficiente realmente, y con efecto, segun la ordenacion de los diocesanos (sobre lo cual encargó la consciencia á los diocesanos mismos), de los bienes de los Reyes á todas las iglesias que se erigesen en las dichas islas, con que se pudiesen mantener los Presidentes y Rectores dellas, y llevar la carga que en ellas y para ejercer el culto divino, fuese necesario, etc., donde dice así: Hujusmodi supplicationibus inclinati, vobis et successoribus vestris pro tempore existentibus ut insulis prædictis ab illarum incolis et habitatoribus, etiam pro tempore existentibus, postquam ille acquisito et recuperata fuerint ut præfertur, assignata prius realiter et cum effectu juxta ordinationem tunc diocesanorum locorum (quorum conscientias

super hoc oneramus), ecclesiis in dictis insulis erigendis, per vos et successores vestros præfatos, de vestris et eorum bonis dote sufficienti, ex qua illis Presidentes earumque Rectores se commode sustentare, et onera dictis ecclesiis pro tempore incumbentia perferre ac cultum divinum ad laudem omnipotentis Dei debite exercere, juraque episcopalia persolvere possint, decima hujusmodi percipere et levare libere ac licite valeatis, auctoritate apostolica tenore presentium de specialis dono gratiæ indulgemus, etc. Por esta gracia del Papa y auctoridad, llevaron los Reyes los diezmos de esta isla por algunos años, sin que hobiese Obispos ni erigidas iglesias catedrales; y proveian las iglesias, que era una choza de paja, de ornamentos y de lo necesario, de su real hacienda, y, en cada pueblo ó villa de españoles, ponian un clérigo por cura, al cual mandaban dar de su hacienda 100 pesos de oro cada año, de á 450 maravedís cada peso, de valor. Hasta agora no he podido saber qué auctoridad y jurisdiccion hobiesen tenido aquellos clérigos para ser curas, y absolver de los pecados y administrar los Sacramentos á los españoles, como fuesen puestos por el Rey, ó por su mando, siendo persona seglar. Valieron los diezmos, cuando más valieron en esta isla, por aquellos tiempos, hasta 20.000 castellanos, ó pesos de oro que era lo mismo. Despues, muerta la reina doña Isabel (que haya gloria), hízosele al Rey pesada y costosa carga proveer las iglesias y clérigos de la manera dicha; y, por otras causas que le debieron de mover, abrió mano de los diezmos y de la dicha obligacion, y suplicó al Papa que criase Obispos, y así los crió, como en el principio del libro III, si pluguiere á Dios, se dirá, porque aquel es su lugar. Tornando, pues, á lo demas, despues que el Almirante salió del aislamiento y trabajos que padeció en Jamaica, y fué á Castilla, sabido lo que habia descubierto, acordaron luégo, un Juan Diaz de Solís y Vicente Yañez Pinzon, el hermano de Martin Alonso Pinzon, de quien dijimos que ayudó al despacho del Almirante en la villa de Palos, y fué con él fué con él y llevó consigo 'al Vicente Yañez y á otro hermano, cuando vino el primer viaje á descubrir estas Indias, segun que en el primer

libro queda explicado, de ir á descubrir é proseguir el camino que en el cuarto viaje, y descubrimiento postrero, dejaba hecho el Almirante, los cuales fueron á tomar el hilo desde la isla ó islas de los Guanajes, que dijimos haber descubierto el Almirante en su postrer viaje, y dellas tornarse hácia el Oriente. Estos dos descubridores navegaron, segun se puede colegir de los dichos de los testigos, que el Fiscal presentó en el pleito que trató con el Almirante segundo, de que habemos muchas veces hecho mencion, hácia el Poniente, desde los Guanajes, y debieron llegar en paraje del golfo Dulce, aunque no lo vieron porque está escondido, sino que vieron la entrada que hace la mar entre la tierrra que contiene el golfo Dulce y la de Yucatán, que es como una gran ensenada ó bahía grande. Llaman bahía los marineros, á la mar que está entre dos tierras á manera de puerto, no muy guardado, la cual sería puerto, si no fuese muy grande, y por ser muy capaz y no cerrado, llaman bahía, las letras i é a postrera leidas, divisas. Así que, como vieron aquel rincon grande que hace la mar entre las dos tierras, la una que está á la mano izquierda, teniendo las espaldas al Oriente, y esta es la costa que contiene el puerto de Caballos, y adelante dél el golfo Dulce, y la otra de la mano derecha que es la costa del reino de Yucatán, parecióles grande bahía, y por eso el Vicente Yañez en la deposicion que con juramento hizo en el dicho proceso, presentado por testigo por el Fiscal, dijo: que navegando desde la isla de los Guanajes, yendo la costa de luengo, descubrieron una gran bahía, á la cual pusieron nombre la gran bahía de la Navidad, y que de allí descubrieron las sierras de Caria, y otras tierras mas adelante, y segun los otros testigos dicen, volvieron al Norte. Y por todo esto parece que sin duda descubrieron entónces mucha parte del reino de Yucatán, sino que como despues no hobo alguno que prosiguiese aquel descubrimiento, no se supo más de los edificios de aquel reino, de donde fácilmente fuera descubierta la tierra y grandezas de los reinos de la Nueva España, hasta que, acaso, se descubrió desde la isla de Cuba, como parecerá,

si pluguiere á Dios, en el libro III desta historia. Y es aquí de notar, que estos descubridores principalmente pretendian descubrir tierra, por emulacion del Almirante, y pasar de lo que él habia descubierto adelante, para echar cargo á los Reyes, como si no hobiera sido el Almirante el primero que abrió las puertas del Océano, de tantos millares de siglos atras cerradas, y el que para descubrir dió á todos lumbre; y el Fiscal del Rey todo su estudio ponia en probar que las partes de tierra firmé, que los otros descubridores descubrian, eran distintas tierras de las que el Almirante habia descubierto, y diera mucho porque no fuera tan luenga la tierra firme, á fin de disminuille sus privilegios, para hacer á los Reyes ménos obligados á le agradecer los servicios inestimables que les habia hecho, y á cumplir las mercedes que le habian prometido, á él tan justamente y con tanta razon debidas; y esto era grande injusticia. Á aquel propósito puso una pregunta, ¿si sabian que lo que aquellos descubridores habian descubierto, era apartado de lo que el Almirante descubriera? y allí tiraban los dichos de los marineros, por la mayor parte, diciendo que era otra tierra; pero no les preguntaban si era toda una tierra firme, hi ellos lo decian. Pero otros, en especial dos honrados hombres que yo bien cognoscí, el uno Rodrigo de Bastidas, de quien ya arriba hemos tratado, y un piloto, Andrés de Morales, entendiendo el agravio que hacer al Almirante el Fiscal pretendia, depusieron muchas veces, en diversos artículos del dicho proceso, que la tierra que aquellos habian descubierto estaba más al Occidente de lo que el Almirante habia descubierto, pero que toda era una tierra. Item, que Vicente Yañez y Juan de Solís fueron á descubrir abajo de Veragua, por aquella costa, pero que todo lo que los unos y los otros, y todos cuantos habian descubierto de la tierra que dicen firme, era todo una costa con lo que el dicho Almirante primero descubrió. Otro, sin los dos, dice que era toda una costa desde Paria, sino que son diversos nom→ bres de las provincias, así como son diversas lenguas. Esto declaraban los testigos entónces, porque lo vian y sabian muy

claro por sus mismos ojos, y agora no será menester buscar testigos, sino á los especieros de Sevilla. Por manera, que no se le puede negar al Almirante, si no es con gran injusticia, que así como fué el primero descubridor destas Indias, lo fué de toda esta nuestra tierra firme, y á él se le deben las gracias, descubriendo la provincia de Paria, que es una parte de toda ella, porque él puso en las manos á todos los demas el hilo, por el cual, puesto que durara mucho más y estuviera en muy mayor distancia, hallaran el ovillo; y así, justísimamente se le debian de cumplir las mercedes y guardar sus privilegios en toda la tierra firme, aunque fuera mayor, como en esta Española y en las otras islas, porqué no era obligado á pasealla toda, como ni el que toma posesion de una heredad, segun tratan los juristas.

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