Revista general de legislación y jurisprudencia, Volum 74Editorial Reus, 1889 |
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11 de Mayo Abogados absoluto acción administración admitir aplicación asunto atavísticos autoridad Ayuntamiento bases canónico causa ción citado Código civil Comisión de Códigos Conde de Canga-Argüelles condiciones Consejo consideración constitución constituído contencioso contratos cónyuges creo criminal cuestión cuya debe decir declaración decreto delincuente delito Derecho civil Derecho mercantil derecho penal Derecho romano determinar dice dictamen digo disposiciones doctrina efecto establece existe expediente extradición familia Ferri forales Francisco Silvela hijos hipoteca hubiera Iglesia individuos instituciones interés italiano juicio jurídica jurisconsultos justicia legal legislación legitimidad Manuel Alonso Martinez materia matri matrimonio mente Ministro modo moral mujer mundo nulidad obligación observaciones opinión padre penal persona poder preceptos prescripción presente principio procedimiento proyecto prueba pública punto razón Real orden reclamar refiere reforma reglas relaciones relativo resolución respecto resulta Romero Girón Sección Senado Senadores social sociedad sociedad conyugal sucesión sucesión intestada término testamento tículo TOMO 74 trata Tribunales verdadera vigente
Passatges populars
Pàgina 521 - Juzgado municipal, los cuales dependerán inmediatamente para este servicio de la Dirección general de los Registros civil y de la propiedad y del Notariado.
Pàgina 352 - La preterición de alguno ó de todos los herederos forzosos en línea recta , sea que vivan al otorgarse el testamento ó sea que nazcan después de muerto el testador , anulará la institución de heredero; pero valdrán las mandas y mejoras en cuanto no sean inoficiosas.
Pàgina 54 - No se impondrá jamás la pena de confiscación de bienes, y nadie podrá ser privado de su propiedad sino por autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización. Si no precediere este requisito, los jueces ampararán y en su caso reintegrarán en la posesión al expropiado.
Pàgina 324 - El que obra en defensa de su persona o derechos, siempre que concurran las circunstancias siguientes: 1. — Agresión ilegítima. 2. — Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. 3. — Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.
Pàgina 199 - Cuando exista escrito suyo indubitado en que expresamente reconozca su paternidad. Y 2.° Cuando el hijo se halle en la posesión continua del estado de hijo natural del padre demandado, justificada por actos directos del mismo padre ó de su familia.
Pàgina 350 - El Código tomará por base el proyecto de 1851 en cuanto se halla contenido en éste el sentido y capital pensamiento de las instituciones civiles del Derecho histórico patrio, debiendo formularse, por tanto, este primer cuerpo legal de nuestra codificación civil sin otro alcance y propósito que el de regularizar, aclarar y armonizar los preceptos de nuestras leyes, recoger las enseñanzas de la doctrina en la solución de las dudas suscitadas por la práctica, y atender á algunas necesidades...
Pàgina 147 - Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez ó Tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que éstas prescriban.
Pàgina 505 - Y por cuanto, oído el Consejo de Estado, he tenido á bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese á efecto en todas sus partes como ley de la República.
Pàgina 221 - ... todos los efectos civiles respecto de las personas y bienes de los cónyuges y sus descendientes, cuando se celebre en conformidad con las disposiciones de la Iglesia católica, admitidas en el Reino por la ley 13, tít.
Pàgina 328 - Concluida la votación se extenderá un acta, en la forma siguiente: «Los Jurados han deliberado sobre las preguntas que se han sometido á su resolución y bajo el juramento que prestaron, declaran solemnemente lo siguiente: A la pregunta (aquí la pregunta copiada) «Sí ó no.