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Administración y los que aspiran á ocuparlos. El Presidente hace los nombramientos la mayor parte de las veces bajo la influencia de los Senadores (the Senate courtesy) y de los Representantes. El Spoils system ha sido por largo tiempo el único criterio seguido para la provisión de los destinos públicos; y si su acción reprobada se deja sentir todavía, en algo se ha atenuado merced á la reforma adoptada en 1883 y conocida con el nombre de «ley Pendleton» (Civil Service Reform).

III

CONDICIONES GENERALES.

Nacionalidad. Por regla general no pueden desempeñar cargos públicos sino los naturales y naturalizados. Para los funcionarios de autoridad es lógico y necesario que así sea; mas respecto de los funcionarios llamados de gestión, pudiera darse entrada á los extranjeros en ciertos casos justificados por el interés público, como ha sucedido á veces con profesores y agentes técnicos. En igualdad de circunstancias, dice el artículo 32 de la Constitución de Méjico, serán preferidos los mejicanos á los extranjeros para todos los empleos, cargos ó comisiones de nombramiento de las autoridades, en que no sea indispensable la calidad de ciudadano. En los Estados Unidos las leyes no excluyen á los entranjeros del servicio diplomático ni del consular. Entre nosotros, los Cónsules Honorarios no necesitan ser cubanos. Sin embargo, para el desempeño de esos cargos deberán ser siempre preferidos los ciudadanos cubanos, y, en su defecto, los extranjeros que tengan relaciones mercantiles con la República. (Ley de 14 de Febrero de 1903; artículo 24.) Y no siempre hay identidad entre naturales y naturalizados. Conforme al artículo 46 de la Constitución, se requiere para ser Senador la calidad de cubano por nacimiento; y según el 65, sólo en un caso puede ser Presidente de la República un naturalizado, ó sea haber servido con las armas á Cuba en sus guerras de independencia, diez años por lo En Inglaterra, los naturalizados en virtud de certificado expedido por el Secretario de Estado del Interior, no pueden ser miembros del Parlamento ni del Consejo privado, á no ser con la autorización de aquél.

menos.

Edad. Depende su fijación de la naturaleza de los servicios

que hayan de prestarse y de la experiencia que requiera el buen desempeño del empleo. A veces se determinan un mínimum, muy variable, y un máximum para el ingreso en la Administración. En Francia se exige, por punto general, que los candidatos hayan cumplido á lo menos 18 años y á lo más 30. La regla en esta materia consiste en excluir á los demasiado jóvenes y á los demasiado viejos. El Decreto-ley de 13 de Octubre de 1890 requería la edad de 18 años cumplidos para ser nombrado oficial quinto de Administración. (Art. 17.)

Sexo Si para el desempeño de funciones públicas fuera necesario estar en plena posesión de los derechos civiles y políticos, quedarían en absoluto excluidas las mujeres en los países, en que, según sucede entre nosotros, la capacidad electoral estuviera reservada á los varones; pero no siempre es así. En Francia, por ejemplo, hay inspectoras generales de los establecimientos destinados á la educación correccional de los jóvenes; é inspectoras generales y departamentales de la Escuela de Maternidad. En los ramos de Correos y Telégrafos es crecido el número de las mujeres empleadas; ejemplo que dan también los Estados Unidos, en que las leyes no hacen del sexo masculino un privilegio para obtener los destinos públicos. En Cuba viene imitándose el ejemplo citado, aunque en muy reducidas proporciones:

Condiciones físicas. Varían según la naturaleza del empleo, que puede ser sedentario ó activo. Para el alistamiento en la Guardia Rural, entre otras condiciones, exige la ley de 18 de Octubre de 1902, las de pesar como mínimum 120 libras y como máximum, 170; y tener por lo menos 5 piés, 4 pulgadas de altura. Para el ingreso en el Cuerpo de Policía de la Habana dispone la Orden no 156, serie de 1901, que el aspirante mida por lo menos 5 piés, 7 pulgadas de altura, sin calzado; y, en cuanto al pecho, no menos de 34 pulgadas, sin que el peso sea inferior á 135 libras avoirdupois, desnudo. En Alemania han de tener los funcionarios de Correos y Telégrafos buena vista, buen oido y órganos respiratorios sanos; y los destinados al servicio de los ferrocarriles del Estado, aptitud perfecta para distinguir los colores.

Buena conducta. La condenación en causa criminal, las costumbres licenciosas, el vicio de la embriaguez ó cualquiera otra causa que produzca en el concepto público descrédito ó menosprecio incapacitan para la obtención de empleos en la Adminis

tración del Estado.

La pena de inhabilitación para cargo público es, según el Código penal, principal y accesoria. En el primer caso, pertenece al número de las aflictivas y es ya perpetua, ya temporal. Esta debe estimarse también como perpetua por constituir un antecedente penal que se opone á la buena reputación, necesaria en los funcionarios públicos.

Capacidad. El grado de instrucción debe corresponder á las exigencias propias de los servicios públicos, según su clase. Conforme á la precitada Orden n! 156, el que aspire ingresar en el Cuerpo de Policía de la Habana ha de saber leer y escribir en castellano; y también sumar, restar, multiplicar y dividir. Aná- ́ loga disposición contiene la ley de 18 de Octubre de 1902 para el alistamiento en la Guardia rural. La Fey de 14 de Febrero de 1903 requiere para el servicio diplomático respecto de los Ministros Plenipotenciarios y Residentes la condición de hablar y escribir correctamente, además del idioma castellano, el francés y traducir, por lo menos, el inglés; y en cuanto á los Secretarios de 1 y 2a clase, las de poseer el título de doctor ó licenciado en derecho civil y canónico ó administrativo, ó civil ó público, y hablar y escribir correctamente, además del idioma castellano, el francés y traducir, por lo menos, el inglés ó el alemán. Para desempeñar los cargos del servicio consular, con excepción del de cónsul honorario, exige dicha ley la condición de hablar y escribir correctamente, además del idioma castellano, el necesario en el país donde haya de ejercer sus funciones el cónsul.

La preparación para el servicio administrativo superior se encuentra regulada en Prusia por la ley de 11 de Marzo de 1879 y el decreto de 30 de Noviembre de 1883. Comienza como la del servicio judicial. Exígense tres años de estudios en la facultad de Derecho, cursados la mitad por lo menos en una universidad alemana. Cumplido este requisito y previa solicitud del aspirante, tiene lugar un primer examen de Estado (Staatsexamen) ante una comisión compuesta de profesores de Derecho y de funcionarios. del orden judicial ó fiscal. El candidato habrá de presentar en el término de seis semanas una disertación de cincuenta páginas sobre un tema de derecho público ó privado, de historia del derecho ó de las ciencias políticas, elegido por el presidente de la comisión. Aprobado el trabajo escrito, se pasa á la prueba oral, que versa sobre las distintas ramas del derecho, señaladamente

sobre el derecho romano. Efectuado el examen, obtiene el candidato el título de referendarius, quedando en aptitud de entrar en el período de aprendizaje, si acreditare poseer medios de subsistencia para cinco años, á lo menos. Dicho período dura cuatro años. A la conclusión de los dos primeros, podrá solicitar el referendarius de Justicia que se le nombre de Regencia (gobierno de los distritos administrativos) para continuar en la administración el período de aprendizaje. A la solicitud debe acompañar certificación de haber hecho estudios universitarios en las ciencias políticas, esto es, la economía política y la nacional, la ciencia financiera y el derecho administrativo. Durante los dos últimos años de práctica asiste el referendarius á los centros y dependencias de la Administración local, á los tribunales administrativos y á las corporaciones municipales urbanas, familiarizándose de esa suerte con la marcha de los servicios públicos. Terminado el período de aprendizaje administrativo, puede ser admitido el referendarius al Gran examen de Estado ante una comisión nombrada por el rey y compuesta de un presidente y cuatro vocales. El examen es escrito y oral. Comprende el primero dos trabajos sobre derecho político ó administrativo y sobre economía política ó nacional, concediéndose el plazo de seis semanas para cada uno. Consiste el oral en un informe sobre un expediente administrativo y en preguntas acerca del derecho privado y público y de las ciencias políticas. Aprobado el candidato, se le dá el título de Asesor de Regencia, que no basta, por otra parte, para obtener desde luego un empleo. A veces hay que esperar algunos años y no siempre con la seguridad de ser colocado. En la práctica ha dado excelentes resultados el sistema prusiano, seguido con algunas variantes por los demás Estados de Alemania.

En Inglaterra se distingue entre el servicio político y el permanente. Forman el personal del primero los Ministros y los Subsecretarios de Estado parlamentarios; de cincuenta á sesenta personas que siguen la suerte del partido en que militan por desempeñar cargos políticos, cargos llamados de confianza. Todos los demás funcionarios figuran en el servicio permanente, no sujetos, por tanto, á los cambios de gobierno. Comprende dicho servicio tres divisiones ó categorías de empleados. Pertenecen á la primera los Subsecretarios de Estado permanentes, los Comi

sionados que tienen á su cargo un servicio público, etc. Son los depositarios de la tradición oficial y los consejeros del servicio político en materia administrativa. Y si bien son nombrados casi siempre por razones políticas, es lo cierto que se pone gran cuidado en la designación. La segunda división comprende los funcionarios (clerks) de la llamada división superior (higher division). Para ingresar en esta clase es preciso: primero, sufrir, con buena nota, un examen de admisión que versa sobre la aritmética, la composición en lengua inglesa, la geografía y la historia de Inglaterra; segundo, ser aprobado después en un examen ó. ejercicios de oposición (competitive examination) sobre las materias siguientes: historia, literatura, ciencias naturales, matemáticas, filosofía moral, lógica, jurisprudencia y economía política, á elección del candidato conforme á una lista de temas formada por los Comisionados del Servicio civil con previa consulta de los jefes de departamento. Dè los candidatos aprobados se forma por orden alfabético una lista de elegibles para cubrir las vacantes que ocurran. Hecho el nombramiento, ha de pasar el candidato un año de prueba (on probation); y sólo en el caso de haber mostrado aptitud para el desempeño del cargo, será confirmado con el carácter de permanente. Procedimientos análogos se siguen respecto á la provisión de los empleos de la tercera clase.

Para el ingreso en el «servicio clasificado» (classified service) establecido en los Estados Unidos por la ley de 1883 se requiere el previo examen, mediante ejercicios de oposición (competitive examination). Debe tener un carácter práctico y limitarse á las materias que tengan relación directa con la naturaleza del servicio que haya de prestarse. De los candidatos aprobados se forma una lista de elegibles, figurando en ellas durante un año. En caso de vacante, la Comisión del Servicio civil expide un certificado comprendiendo los tres candidatos que ocupen los primeros - puestos en la lista para que elija la autoridad á quien competa hacer el nombramiento. A éste sigue un período de prueba de seis meses; de cuyo resultado depende que se confirme ó revoque el nombramiento. Cinco ramas comprende el « servicio clasificado»; 1a Empleos en los departamentos del gobierno federal (classified department service). 2 Servicio de aduanas (classified customs service). 3a Servicio postal (classified postal service). 4o Conducción de la correspondencia pública por los caminos de hie

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