| Manuel Ortiz de Zúñiga - 1840 - 324 pàgines
...Salgado, Cobarrubias y conde de la Cañada. Para mi objeto no debo detenerme á explicar la parte teorica de una de la mas augustas regalías de la Corona y...torticeramente, de que non se puede amparar el que la recive.» Aplícase generalmente esta palabra al exceso que cometen los jueces eclesiásticos cuando... | |
| Juan María Rodríguez - 1843 - 496 pàgines
...PRIMERA. DE LOS RECURSOS DE FUERZA EN GENERAL. 1725. Fuerza es segun una ley (\.*, til. 10, P. 7.V cosa que es fecha á otro torticeramente, de que non se puede amparar el que la recibe : por lo cual siempre que los Jueces eclesiásticos cometen semejante violencia y esceso en el ejercicio... | |
| Juan María Rodríguez - 1848 - 692 pàgines
...PRIMERA, De los recursos de fuerza en general. 780. JS ttersa e» segun una ley (1.°, tit. 10, P. 7.°) cosa que es fecha á otro torticeramente de que non se puede amparar el que la rescibe: por lo cual siempre que los Jueces eclesiásticos cometón semejante violencia y esceso en... | |
| Carlos Tejedor - 1863 - 538 pàgines
...obligacion anterior, quatenus de jure tenetur [5]. 133 — La violencia que las Partidas definen en jeneral "cosa que es fecha á otro torticeramente de que non se puede amparar el que la recibe" [6] es la segunda causa de nulidad del consentimiento, y se divide en física y moral [7]. La primera... | |
| José María Manresa y Navarro - 1891 - 628 pàgines
...EN CONOCER. La ley 1.a, tít. 10, de la Partida 7. rt define la palabra "fuerza," diciendo "ser coea que es fecha á otro torticeramente, de que non se puede amparar el que la rescibe." En cata definición genérica está comprendida la especie de que se trata en el presente... | |
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