Imatges de pàgina
PDF
EPUB

rio, á fin de que se espida la competente cédula, prévio el pago del servicio señalado y retiene en depósito cerrados y sellados los, documentos referidos (1). Del privilegio se toma razon) en el registro abierto en el Conservatorio (2): la notion of sup 7. Efectos del privilegio El privilegio que se cuenta desde la fecha de la real cédula (3) dá al agraciado la propiedad esclusiva del objeto que lo motivó, y que no puede ser realizado sin su consentimiento por otro (4), desde el dia de la presentacion de los documentos al Gefe político. Si dos ó mas lo solicitasen, es preferido el primero que los presentó (5). Concedido el privilegio, es comunicable por contrato y trasmisi ble por última voluntad: el contrato debe hacerse por escritura pública suficiente sup say of rote mwe3 bb mnoaib le m

(6) ogolizing b

(1) Arts. 10, 11 y 12 del decreto de 26 de mar· zo de 1826, 3.o de 23 de diciembre de 1829, y rea les órdenes de 31 de agosto de 1834 y d de 13 de mayo de 1839.

(2) Art. 14 del real decreto de 26 de marzo, ;, (3) Art. 20.

(6)

(4). Art. 15. slsu 2.5 2 Bat (5) Art. 16.

[ocr errors][merged small][merged small][ocr errors][ocr errors]

mente espresiva, que deberá presentarse, sopena de nulidad, en el término de treinta dias al Gefe político, ante quien se solicitó el privilegio. Este dá el aviso conveniente al director del Conservatorio para que lo anote en el registro (1).

8. El privilegio queda anulado! 1.Cumplido el tiempo de su concesion (2),alijengale

[ocr errors]

sinh

1991 Cuando el interesado no se presental á sacar la real cédulá dentro de los tres meses siguientes al dia en que presentó su solicitud (3)

le

13.0 Cuando ni 'por sí ni por otro ha puesto en práctica el objeto del privilegio en el tiempo de un año y un día (4).

A este fin ha de presentar testimonio que lo acredite al Gefe politico, que lo remite al director del Conservatorio para que lo registre, declarándose en otro caso nulo. el privilegio (5).

[merged small][ocr errors][ocr errors][subsumed][merged small][ocr errors][merged small][merged small][ocr errors]

(5)

Aclaraciones 4.a y 5.a de la real órden de 14 de junio de 1829.

4. Por el abandono del privilegio, esto es, cuando se deja de tener en práctica por un año y por un dia (1).

5. Cuando se prueba que el objeto está en práctica en cualquier parte del reino, ó descrito en libros impresos, ó en láminas, estampas, modelos, planes ó descripciones que haya en el conservatorio, ó que se egecuta ó halla establecido en otro pais, si fue presentado como nuevo y de invencion (2). Concluido el privilegio de cualquier de los modos referidos, se abre la caja ó pliego por el director del Conservatorio de artes, y se espone todo á la vista del público (3). No debemos detenernos mas en esta materia, porque las demas disposiciones vigentes corresponden al orden judicial y no á la administracion.

(1) Art. 2.° antes citado.
(2) Art. 2.° referido.

(3) Art. 25.

[ocr errors][ocr errors][ocr errors][ocr errors][ocr errors][ocr errors][merged small][ocr errors][ocr errors][ocr errors][ocr errors][ocr errors][ocr errors][merged small]
[merged small][ocr errors][merged small][ocr errors][merged small][ocr errors][merged small][merged small]

LIBRO I.-De la naturaleza, límites y orga-
nizacion general de la administracion.
TIT. 1.-Del derecho administrativo. ..

id.

TIT. II. De los límites entre los poderes le-
gislativo y ejecutivo. ...

15

TIT. 111.-De los límites entre el poder ejecu-
tivo y el judicial..、、、

19

[ocr errors]
[ocr errors]

23

24.

27

129

32

-35

[ocr errors]

TIT: VII. De la division territorial..

39

TIT. VI. De los diferentes agentes de la ad-
ministracion..

-

« AnteriorContinua »