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PROLOGO

PROLOGO DEL EDITOR.

Las obras del señor obispo de Chiapa don Bartolomé de las Casas han sido muy estimadas en todos los tiempos posteriores á su muerte, pero lo deben ser mucho mas ahora, porque á proporcion de lo que han crecido las luces de la Crítica, se conoce mejor la razon con que declamó aquel sabio y benéfico español contra el abuso del poder que los conquistadores de América manifestaron practicamente cerca del modo de tratar á los Indios Occidentales no solo en los momentos de someter el pais, sino tambien y mucho mas despues que lograban la posesion.

Las razones que daba en favor del derecho de libertad individual de los Americanos son aplicables á otras varias situaciones políticas que tengan analogía con las circunstancias en que se vieron aquellos Indios.

Los Européos que ocupan el suelo americano desde más de tres siglos á esta parte, han sucedido en los

derechos de los antiguos habitantes, así como los españoles de hoy tenemos los de los Godos, sucesores de los Romanos que representaban el derecho de los Cartagineses, á quienes habian precedido los Celtas, los Ibéros, los Celtiveros, los Griegos y los Fenícios sucesores de los primitivos pobladores de la España.

Todas las regiones del mundo conocido han sufrido iguales alternativas, mas o menos repetidas; y America se halla en caso igual, sin embargo de que nosoallí tros podamos unicamente señalar las gentes que habitaban corriendo el siglo decimo quinto, y las que desde aquella época pasaron desde la Europa para dominar en lugar de los que antes habian dominado.

La injusticia con que se verificase aquella novedad, el transgentes por está ya purificada en el derecho de curso de tres siglos y mas de un tercio de otro, y por la imposibilidad de restituirse las cosas al ser y estado que tenian antes de la posesion europea; pues hay asuntos en los que no cabe retroceso moral aun cuando se quisiese hacer á los antiguos vivientes la reparacion mas completa de los agravios.

¿Que sucedería en el mundo sí no se reconociese

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como legítima la posesion de las gentes que hoy ocupan los reynos de Francia, España, Inglaterra,

Italia, , y Alemania porque antes los ocupasen Galos,

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Celtiberos, Bretones, Cimbros, Sicanos, y otros? Y quien seria capaz de probar qual fuese la

gente

de los primeros pobladores para calificar de invasores no legítimos à los que ocuparon un païs con perjuicio de aquellos? Resultaria la consecuencia de no haber derecho de legitimidad en ninguna region.

Lo contrario es ciertisimo; porque cualquiera que fuese la injusticia del principio, de la posesion de un derecho de esta naturaleza, manda la suprema ley del bien comun de la humanidad respetar la posesion como legítima quando los tiempos de su goce son ya tantos que no se pueda retrogradar sin guerras, confusion, desórden, y convulsiones políticas, las qua. les de positivo producen graves males (açaso irreparables) y cuya esperanza de bienes no solo es falible y contingente, sino carísima por los primeros efectos de tales causas.

Esta representacion de derechos de los Americanos del siglo decimo quinto en los habitantes actuales de castas Europeas es uno de los motivos que haran es

cali

timar siempre las obras del obispo Casas; porque nada importa ya que fuesen européos los que ficó de tiranos el señor obispo, supuesto que los habitantes actuales tengan adquirido ya en favor de si mismos aquellos derechos que sostenía el escritor en defensa de los Indios.

Algunas circunstancias particulares podian disminuir la estimacion de las obras del obispo Casas, y yo he procurado alejarlas en esta edicion, para que puedan leerse con gusto y con utilidad. Voy á designarlas.

La primera es la pesadez del estilo escolástico del autor con periodos larguísimos, y repeticiones infinitas que fastídian y fatigan al lector en sumo grado, produciendo el daño de abandonar el libro porque la delicadeza del gusto de hoy no permite oraciones tan largas que se necesite leer una plana para entender el verdadero sentido de lo que se quiso decir, y las dependencias de y aun para encontrar el fin

una frase.

Yo he procurado remediar éste mal suprimiendo las repeticiones superfluas; reduciendo un periodo largo á muchos cortos ; y diciendo lo mismo mísmi

simo que el autor, sin apartarme jamas de sus proposiciones, pero expresándolo en una forma que no desdíga del estilo moderno.

Esta mejora con que yo doy al publico las obras del obispo Casas no sera tal vez muy conocida en la traduccion a la lengua francesa, porque no se presentan fácilmente á la vista los dos extremos de la comparacion; pero los lectores instruidos en la lengua éspañola veran la diferencia.

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se hizo

Los Franceses mismos podran encontrar algunas ventajas en la traduccion actual si la cotejan con la que publicó un anonimo año 1642, impresa en dozaJuan Caffin y Francisco Plaignard; bien que ya libro raro, y no contiene mas obras que la Relacion de las crueldades, un compendio de la de Remedios, , y algunos prólogos del obispo Casas. Nuestra edicion comprende otras varias distintas obras del autor original que se designan en la tabla de capitulos.

La segunda circunstancia que hacia fastidiosa y fatigante la lectura, es una continuacion de copias de textos de la sagrada escritura y de varios autores en lengua latina, cortando el hilo de las narraciones conforme al mal gusto escolástico del tiempo en que

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