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para todas las ocasiones, supuesto que Dios deseando probar la obediencia de Abrahan, le mandó sacrificarle su hijo inocente Isaac, y solamente revocó la órden cuando ya el pecado estaba cometido por Abrahan si fuese pecado en todas las ocasiones el consentir sacrificios de victimas humanas inocentes. No sirve decir que todo aquello contenia grandes misterios por lo cual no se puede traer á consecuencia; pues esos misterios estaban en la mente de Dios; pero en la persona de Abrahan solo vemos una prueba de su obediencia; y si creyese que los sacrificios de víctimas humanas eran tan bárbaros que no admitiesen disimulo, el hubiese dudado sobre si quien le intimaba el precepto de sacrificar su hijo inocente Isaac, era de veras el espiritu de Dios, ó el espiritu del demonio desfigurado y transformado en ángel de luz.

De aquí se sigue que las naciones inciviles no son tan criminales como parece á la primera vista; ni su costumbre puede autorizar para intimitarles guerra. Los Romanos encontráron en sus conquistas varias naciones que tenian semejantes usos; pero no castigáron á ninguna por eso se contentáron con hacerles conocer que aquello era malo, y prohibirlo para lo sucesivo.

Si por solo el hecho de impedir los sacrificios de víctimas humanas se hubiese de hacer guerra, esta resultaria inútil en cuanto á su objeto principal; arraigaria mas el deseo de servir á la Divinidad por un

medio que reputarian tanto mas lícito y mas religioso cuanto mas aborrecido se viera por los hombres de una religion distinta de la suya; cesarian los tales sacrificios en público, pero se multiplicarian en secreto. Ultimamente no es lícito hacer las cosas malas, aun cuando hayan de resultar algunas buenas.

Concluye pues el señor obispo indicando su opinion sobre cuales deben ser los medios de propagar en las Indias el evangelio de modo que por consecuencia el pais quede sujeto legítimamente al Rey de Castilla; y para ello distingue las Indias en territorios de dos clases: una la de aquellos paises en que los predicadores del evangelio puedan entrar pacíficamente con seguridad : otra la de aquellos otros en que no se les permita.

Que en los de primera clase vayan los predicadores sin gente de armas, acompañados únicamente de hombres pacíficos, de buenas costumbres, instruidos en el catecismo, y en los principios de la buena moral. El buen egemplo, la buena conversacion, la doctrina evangélica de paz y de virtudes sociales harán amar la religion cristiana, su moral, y al soberano que goza de súbditos tan amables, de quien esperarán la recta y útil administracion de justicia.

Que en los territorios de la segunda clase no entren los predicadores hasta tiempo mas oportuno, el cual se podrá preparar construyéndose por parte de los Españoles algunos Castillos en los paises fronterizos poseidos ya por el Rey de Castilla conforme

á la division de la linea tirada en la bula del papa Alejandro sexto. Verificado esto se debe procurar el comercio pacífico con los Indios vecinos indepen dientes con tal gracia que jamas se de motivo á recelos de persecucion. Así nacerá la confianza; se consolidará; y tendrán los predicadores entrada libre con las otras personas instruidas; cuyos efectos serán los ántes indicados.

Estos medios son conformes al espíritu de la bula del sumo pontífice Alejandro, como lo declara la del papa Paulo, segun la cual serán súbditos del Rey de España los Indios despues que sean cristianos; y no de manera que pierdan la propiedad de las cosas par. ticulares que posean sino de suerte que reconozcan la soberanía de su Magestad, y le contribuyan con algo para testimonio del reconocimiento, y por gratitud á la proteccion, justicia, y enseñanza.

He aquí señores, el sumario de lo que el egregio doctor y el señor obispo han dicho y escrito para que vuestras señorías, mercedes y paternidades resuelvan que mas convenga á la gloria de Dios.

lo

El señor obispo ha sido mucho mas difuso porque tenia muchas cosas mas que decir por haber visto las cosas de Indias en el espacio de largos años, y por haber dedicado su zelo de intento á persuadir lo que cree conveniente á los Indios. Pero tambien el señor doctor es digno de accion de gracias por su zelo y trabajo.

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Respuesta del doctor Sepulveda á las razones del señor obispo Casas contenidas en el Sumario del artículo precedente, y en su libro.

Ilustrísimos y mui magníficos señores,

Vuestras señorías y mercedes han oido, como jueces, por espacio de cinco ú seis dias, al señor obispo de Chiapa, leer un libro, para cuya composicion se ha ocupado muchos años, reuniendo todas las razones inventadas por él y por otros para probar que la conquista de las Indias es injusta, si sè hace, sojuzgando primero á los bárbaros, y predicándoles despues el evangeдo, como se ha hecho hasta ahora conforme á la bula del papa Alejandro

sexto.

Yo defiendo la autoridad de la santa sede apostólica para mandar y conceder lo que ha mandado y concedido; y los derechos del Rey para egecutar con justicia lo que ha egecutado; esto equivale á una defensa del honor de nuestros Reyes y de la nacion española.

Razon será que se me oiga con atencion por un rato, mientras yo procuro responder á ciertos argumentos del señor obispo, cuya debilidad espero manifestar fácilmente.

Seré muy breve porque seria falta de respeto estar prolijo delante de unos jueces sapientísimos, ocupados en negocios arduos del gobierno; íntegros, imparciales é incapaces de dar sospecha contra su deseo de preferir la justicia y la verdad á respetos humanos.

Primera objecion. El señor obispo dice primeramente que en la tierra de promision habia muchas naciones idólatras, ademas de aquellas contra las que los Israelitas hicieron guerra, y sin embargo Dios no mandó hacerla sino contra las que designó; de lo cual el señor obispo infiere que la circunstancia de ser idólatra una nacion no es bastante para que se le haga guerra si no concurren otros motivos justos independientes de la idolatría.

A esto respondo que en los caminos públicos suele haber muchos ladrones á quienes no se castiga porque no se les coge ó por otro motivo; y esto no obstante seria grande absurdo inferir que el crimen de hurto no era causa suficiente para perseguir á todos los ladrones y que solo seria lícito prender á los que designará el juez en su mandato escrito.

Repito pues que la causa verdadera por la cual Dios mandó destruir á todos los habitantes de la tierra de promision fué la de castigar los pecados de idolatría y otros abominables : que Dios lo indicó así cuando hizo sus promesas al patriarca Abrahan, y que esta es la verdadera inteligencia de los textos del Deuteronomio combinado con el del Genesis.

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