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abusado de sus empleos. Sí lo prevenido en las instrucciones se hubiese practicado, no tendrían los Indios motivo de queja.

Se les mandaba poner en plena libertad con domicilio en pueblos bien reglados: y para que los Européos, que pasaban á poblar en aquel Nuevo-Mundo, tuviesen medios de prosperar sin la posesion de Indios en encomienda, se designaron en las instrucciones varios arbitrios, entre ellos el de concederles facultad de llevar esclavos negros; lo cual es bien contrario á lo que algunos han escrito de que Cisneros condenó la esclavitud de negros, confundiendo esta especie con la de prohibir la transportacion sin licencia, la cual no se concedia sino pagando cierta contribucion, objeto de la providencia como dijo Herrera en el mismo testo que dio á los emulos de la gloria de Casas el motivo de zaherirle (1).

Los gobernadores le mandaron pasar al América en compañía de los padres jeronimos y el obedeció; hizo su tercer viage á los Indias, embarcandose en Sevilla en 11 de noviembre y llegando á la isla española en diciembre de 1516: y cumplio exactamente su empleo de protector general de los Indios, reclamando la execucion de las ordenes reales expedidas por los gobernadores del reyno. Los monjes jeronimos, aunque amigos del verdadero bien, hallaron grandes obstáculos para despojar de la posesion de las enco

(1) Herrera: dec. 2, lib. 2, cap, 5, 8, y 20.

miendas personales de Indios á los Españoles poderosos que las tenian; por lo cual fueron remisos en ésta parte. Casas reclamó con el mayor vigor y con toda entereza contra ésta falta de cumplimiento de lo mandado; y no consiguiendo el remedio, vino de nuevo á España para dar queja en la Corte y procurar un remedio mas eficaz si fuese posible.

Hizo este viage saliendo de América en mayo de 1517 contra la voluntad de los monjes gobernadores, quienes sin embargo habian mandado que saliera de la Isla Española; y el motivo de esta nueva persecucion (aunque originalmente fuera siempre uno mismo) fue presentado al público como efecto de una imprudencia de Casas.

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Los Indios de Cumaná habian quitado la vida en 1513 á Juan Garces fraile dominico por culpa positiva de los jueces de apelacion de la isla de Santo Domingo. Fue el caso, que fray Francisco de Cordova fr. Juan Garces habian ido á predicar : los recibieron y trataron bien los Indios: llegó luego un navío en que varios Españoles ívan á la pesca de perlas los Indios que acostumbraban huir en tales ocasiones, permanecieron tranquilos en esta por la confianza que les infundio la compañia de los religiosos. El capitan del navío convidó á don Alonso, Cacique de aquel pais á que fuese á comer con él, igualmente que las otras personas principales que le acompañaban. Don Alonso aceptó, despues de aconsejarse de los religiosos y llevó á su muger con diez

y siete

Indios parientes de ambos consortes. Apenas entraron, el capitan retiró el navío y llevó como esclavos á los diez y nueve á la isla española; trataron de venderlos, pero los jueces de apelacion lo impidieron diciendo haver los cautivado sin permiso; y se los repatieron entre sí mismos como ger ero de contrabando.

Los Indios luego que vieron el robo de su Cacique y familia se alborotaron contra los frailes sospechando complicidad; quisieron matarlos y unicamente dejaron entonces de hacerlo porque los religiosos detestaron tanto como los Indios tan infame conducta y prometieron la restitucion en el termino de cuatro meses. Con efecto habiendo llegado por allí otra embarcación española que caminaba para la isla de Santo-Domingo escribieron á su prelado fray Pedro de Cordova cuanto habia sucedido y el peligro en que sus vidas quedaban.

Fray Pedro hizo cuanto pudo; pero como los jue ces estaban en posesion de diez y nueve esclavos; miraron con indiferència el recurso y pasado el término los Indios mataron á fray Juan Garcés á la vista de fray Franciso de Cordova y luego á éste ( 1 ). De sus resultas costo mucha sangre castellana volver á conquistar la provincia de Cumaná; y duraban las cosas en tan mal estado en principios del año 1517 cuando el licenciado Casas como protector general de

(1) Herrera : dec. I, lib. 9, cap. 14y 15.

los Indios, viendo que no lograba la libertad de aquellos, dio por escrito á los gobernadores una representacion terrible contra dichos jueces y demas empleados que retenian indios esclavizados, usando algunas expresiones demasiado fuertes, indicatibas de que los gobernadores faltaban á su obligacion omitiendo la ejecucion de las ordenes recividas de la Corte.

De aquí resultó haber mandado los gobernadores que Casas saliera de la Isla. El salió con animo de venir á España y dar queja de todo. Aquellos acordaron varias providencias dirigidas á impedir á Casas el embarque; pero el habia previsto éste peligro y anticipó su viage saliendo de aquel Nuevo-Mundo en el mes de mayo (1).

Apenas llegó a la Península fue á la villa de Aranda de Duero donde se hallaba la Corte; informó de todo al cardenal Ximenez de Cisneros; pero este se hallaba enfermo, y Casas pasó á Valladolid con intencion de esperar al nuevo rey Carlos primero cuyo arribo estaba proximo.

Entre tanto los gobernadores de América, no ignorando la eficacia de don Bartolomé, díspusieron que fray Bernardino de Manzanedo (uno de los tres miembros del gobierno) viniese á España quedandose allí para cumplir las obligaciones, el prior del monasterio de Olmedo, y el de san Juan de Ortega

(1) Herrera: dec. 2, lib. 2, cap. 15.

que babía sido substituido al de Sevilla por imposi bilidad de éste (1).

suyo

Llegó el rey Carlos primero á Valladolid, trayendo por gran canciller al doctor Juan de Selvagio, sapientísimo en derecho, y no despachando nada re lativo á gobierno y justicia sino con su acuerdo. Don Bartolomé de las Casas le instruyo de todo lo que i sucedía en las Indias; y como habia estudiado la jurisprudencia civil y canonica, le hablaba en terris, nos agradables al jurisconsulto Flamenco, y consi guio ser oido cuantas veces quiso, que no era poco (2).

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Hablaron contra Casas al mismo canciller fray Bernadino de Manzanedo interesado por sus colegas de gobierno, todos los criados y consejeros del rey difunto posehedores de Indios esclavizados con título de encomienda, particularmente tres hombres muy's poderosos, á saber el ministro secretario de estado Lope de Conchillos que habia hecho ya gran fortuna: con el título de Escribano mayor de Indias (equiva lente por entonces á canciller mayor de Indias); el obispo de Burgos Juan Rodriguez de Fonseca; y el presidente del consejo de ordenes Hernando de la: Vega.

El mismo gran canciller Selvagio, y todos los

(1) Herrera: dec. 2, lib. 2, cap. 16.
(2) Herrera: dec. 2, lib. 2, cap. 19.

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