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AL EXCMO. SEÑOR

DON MANUEL GARCIA GALLARDO,

SENADOR DEL REINO, CABALLERO GRAN CRUZ DE LA REAL ÓRDEN AMERICANA DE ISABEL LA CATÓLICA, PRESIDENTE JUBILADO DE LA SECCION DE ESTADO Y GRACIA Y JUSTICIA DEL CONSEJO DE ESTADO, VoCAL DE LA COMISION DE CÓDIGOS, ACADÉMICO DE NÚMERO DE LA DE CIENCIAS MORALES Y POLÍTICAS, etc., etc., etc.

Al poner á la cabeza de nuestro libro el respetable nombre de V. E., más nos mueve una déuda de gratitud y afecto, que el deseo de dar autoridad à las doctrinas que exponemos.

Ocupados algunos años en aplicarlas bajo la ilustrada direccion de V. E., que tanta y tan honrosa parte tiene en la formacion de nuestra jurisprudencia administrativa, podemos darle el venerado nombre de maestro, despues de honrarnos con el de amigos.

Dignese, pues, V. E. admitir benevolo este público testimonio de nuestro respetuoso afecto

У

sincera estimacion.

ANTONIO ALCÁNTARA Y PEREZ.

JUAN DE MORALES Y SERRANO.

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PRÓLOGO.

De todos los principios que forman la ciencia de la Administracion, no es el ménos importante el que establece las relaciones entre el poder judicial y el administrativo. Pero la separacion de los poderes públicos es cosa reciente en nuestro pais, y los hombres llamados á cultivar la ciencia del Derecho no han consagrado todavía á los estudios administrativos la asiduidad é interes que debieran, porque ó los han mirado someramente, afectando cierta indiferencia, cuando no una prevencion desfavorable, ó han desdeñado el estudio de la ciencia en sus detalles. Así se explica en mucha parte la insistencia con que uno y otro dia se declama contra la Administracion.

En el desempeño del cargo oficial con que nos honramos hace algunos años, en el Consejo de Estado, hemos tocado práctica

mente la necesidad de un Tratado, en el que recogidas y analizadas con imparcial criterio las observaciones más importantes, fruto de la experiencia, acerca de la materia que sirve de epígrafe á nuestra obra, al mismo tiempo que se explicaran teorías mal entendidas, se fijara el verdadero sentido de las disposiciones que regulan el procedimiento, puesto que los encargados de aplicarlas no siempre muestran conocerlas é interpretarlas con la exactitud y el acierto debidos.

Tal es la conviccion que nos ha movido á escribir este libro: ahora el público juzgará hasta qué punto hemos acertado á realizar nuestro propósito. No abrigamos ciertamente la presuncion de haber dicho grandes novedades, y mucho ménos la de haber hecho una obra perfecta. Si merecemos la aprobacion de las clases ilustradas, á quienes mas particularmente nos dirigimos, y si ademas logramos despertar aficion á estos estudios en la juventud actual, llamada á tomar una parte activa en la direccion de los intereses generales de nuestro pais, esta satisfaccion. será sobrada recompensa para nuestros esfuerzos, y acaso nos sirva de estímulo para nuevas empresas del mismo órden.

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