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Cierto es que Luis XII en su advenimiento al trono restableció nuevamente la pragmática escitado de las repetidas instancias promovidas por el parlamento y los patronos de beneficios interesados en usar de su derecho sin restriccion ninguna canónica; pero este ejemplar tan decantado debilitará mas la causa de los partidarios de la corte si recordamos que este mismo rey reconvenido por su conciencia y el desconcepto en que habia caido en todas las naciones alarmadas con las novedades odiosas de la Francia, comisionó despues al obispo de Marsella á dar satisfaccion al papa retractando su anterior conducta, sometiéndose al concilio de Letrán y ofreciendo acreditar embajadores cerca del concilio como en efecto se verificó en la sesion octava con la circunstancia de espresar en su alocucion que en seguida concurrieran seis prelados á implorar la absolucion de las censuras para sí, y todos los cómplices de los decretos reales. (C)

Conviene fijar profundamente la atencion en estos memorables acontecimientos depositados en los archivos de la corona de Francia y en las actas del concilio de Letrán para graduar como merece á la Pragmática Sancion, porque los

(C) Et si forsam ocasione dictæ congregationis Pisanæ et gestorum in ea, aliquas censurus juris aut hominis aut alias quas. cumque pænas de jure aut de facto incurrerint, præstito prius debito juramento de parendo mandatis ecclesṣiæ et prefati sanetissimi Ďomini nostri Leonis Papæ decimi cum illa humilitate qua abso possunt, et debent usque ad prostrationem et pedum oscula, lutionem qua indigent sibi dari, et quamcumque alliam juris pœnam seu maculam aboleri petierunt et postulaverunt prout per tenorem presentium pellunt et postulant ac si coram sanctitate sua presentes et personaliter interessent supplicando sanctitati suæ cum illa devotione qua valent, ut ipsis prefatis oratoribus et allis quorum legatione funguntur et qui in dicta congregatione interfuerunt, consilium, auxilium, opem, faborem aut obedientiam prestiterunt, absolutionem pro sua solita clementia concedere dignetur: offerentes se supplices preces Deo effundere, ut regimini sanctissimæ Matris ecclesiæ sua sanctitas feliciter et longe præesse valeat.

escritores cortesanos sin distincion alguna de partidos, temerosos de alarmar al gabinete si aclaraban la materia, emplean todo su conato en desfigurar la narracion contentándose con decir cual si fuera un asunto indiferente «que Luis XI dejándose llevar de resentimientos personales y por espíritu de venganza habia revocado la Pragmática Sancion; que Luis XII correspondiendo al amor público de la Francia la habia restablecido con aplauso universal y que des→ pues habia continuado el uso sin interrupcion hasta que el jenio franco, añaden, de Francisco I suscribió el concordato con Leon X.» Este modo fraudulento de ordenar la historia granjea poco honor á sus compositores y manifiesta claramente á los que la estudian con cuidado que la Iglesia ministerial llamada galicana está fundada en un plan concertado del gobierno con ciertos autores mercenarios encargados particularmente de verter las especies á su modo, de adulterar los hechos, desfigurarlos, ó pasar en una estudiada reticencia las noticias capítales que los aclaran : todo con el designio de preparar una opinion política facticia favorable á sus ideas. La relacion exacta é imparcial es la siguiente:

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El concilio de Letrán se abrió el 3 de mayo de 1512. En la sesion 3. de 3 de diciembre del mismo año se presentó el embajador de Maximiliano, retractándose en nombre del emperador de su intervencion en la asamblea de Tours y el conciliábulo de Pissa en union del rey de Francia. En la sesion 4.a del 10 se suscitó nuevamente el punto de la Pragmática contra la que se produjo el orador del Concilio con notable estilo atribuyendo á su influencia el espíritu cismático que agita ba á aquella monarquía desde entonces y asi fue que sin discrepancia ninguna de dictámenes se citò en forma á sus autores y á cuantos de palabra ú obra sostuviesen sus doctrinas.

En la sesion 6. (Tomo 18 página 792) se tomó despues en consideracion la causa que habian espuesto los prelados franceses de su imposibilidad en personarse á la estacion ante el Concilio atendiendo á los peligros inminentes y riesgos de los caminos, y aunque desde luego se penetraron los padres de la apariencia de semejante pretesto y de que todo procedia de las instrucciones secretas del rey, con objeto de eludir las providencias, se procuró orillar la dificultad espidiéndoles un salvo conducto.

Desvanecido asi el pretesto sin ofender la delicadeza y alta dignidad del rey, se presentaron algunos prelados franceses en la sesion nona, aunque no con la franqueza y sinceridad que se hubiera deseado, pues en vez de defender ó retractar sus opiniones dejando el juicio de ellas al Concilio propusieron nuevas impertinencias y escusas tribiales (página 864) para diferir la venida de los obispos indefinitivamente, por lo que en la sesion 10 (página 913) se volvió á citarles en término improrrogable y perentorio desestimando cualquiera de las causas y cavilaciones que intentasen alegar en lo sucesivo.

A este tiempo falleció Julio II y ocupó la Santa Sede Leon X, cerca del cual acreditó al instante Luis XII un embajador encargándole la noble mision de reconciliarle con el Papa. Ahora bien en el mensage leido entonces en el Concilio espresa el rey categóricamente sin protesta ni restriccion ninguna que se sometia en todo á sus decisiones, De consiguiente habiendo sido condenada la Pragmática en la sesion referida queda demostrado que Luis XII se conformó con el decreto de los P.P. (D.).

(D) Tomo 19 página 832 y siguientes. Sesio octava anno domini 1313: prefati Christianissimi Ludovici Francorun regis procuratores ad omnia singula infrascripta peragenda specialiter deputati, constantibus litteris patentibus dicti Christianisimi regis sua manu

Las plumas mercenarias no pueden replicar nada con · fundamento á esta ilacion deducida de documentos completamente justificativos, pero la casualidad de una práctica inconcusa observada en todos los tribunales en beneficio de los reyes les ha proporcionado obscurecer la materia á los que no se hallan versados en los estilos del foro me esplicaré. Cuando Luis XII se sometió esplicita y voluntariamente al concilio de Letrán no habia corrido el término perentorio de la citacion á los prelados franceses y como el rey compareció en tiempo legal en persona de su embajador, no se habia espedido todavía en regla el decreto contra la Pragmática porque es un principio en tal caso del derecho suspender la publicacion de la sentencia hasta haber espirado el último momento del término perentorio concedido al reo. Hallándose la causa en tal estado ocurrió la muerte de Luis XII del que fue sucesor Francisco 1, en cuyos primeros dias de reinado tuvo lugar la condenacion de la Pragmática, no por condescendencia y carácter franco del rey I segun aparentan los escritores cortesanos sino en razon á que habia ya en aqueIla hora transcurrido el periodo de la citacion.

Asi que imponiéndonos radicalmente de los documentos de la Historia, resulta que las narraciones de los escritores franceses están vertidas con el siniestro fin de oscurecer á sus lectores la verdad, ocultar á su penetracion que la Pragmática nunca fue sostenida constantemente por los reyes inclusos Carlos VII y Luis XII, y que tiene con

subscriptis et sigillo suo sigillatis ejusdem regis nomine et mandato sum ea qua decuit reverentia atque humilitate á dicto pretenso Pissano Concilio penitus discesserunt, illique plenariae renuntiaverunt, ac puré, libere et singulariter sacrosancto Lateranensi Concilio praedicto, tanquam vero unico et legitimo adhæserunt.

tra sí los anatemas de Eugenio IV, Pio II, Julio II y el de los concilios generales de Florencia y de Letrán.

(Se continuará.)

EL OBISPO DE CANARIAS.

EISTORIA DE GRANADA

comprendiendo la de sus cuatro provincias. ALMERIA, JAEN, GRANADA Y MALAGA

PORD. MIGUEL LAFUENTE ALCANTARA [1].

Apesar de la ajitacion de los tiempos, y de lo desfavorables que hoy son las circunstancias de España, para que los hombres se dediquen al cultivo de los estudios sérios y profundos, se nota en nuestro pafs un progreso intelectual constante, y la juventud vive entregada con empeño á la ciencia, satisfaciendo una de las necesidades mas imperiosas de la península, el adelantamiento de la instruccion pública. Consagrada principalmente esta Revista á dar á conocer y hacer la debida justicia á nuestras producciones literarias, no podria hoy sin faltar á ella, dejar de tributar el elojio merecido á la importante historia de Granada, cuyo primer tomo acaba de publicar el aventajado y estudiosísimo joven, don Miguel Lafuente y Alcántara. Esta Revista fué

(1) Se vende en Granada en la libreria de Sanz, y en Madrid en la de Cuesta á 24 reales un tomo en cuarto de mas de 400 pájinas.

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