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ticia lo siguiente. El intendente subdelegado de rentas de Santander consultó á este ministerio de Hacienda en 4 de Agosto de 1840, si las multas impuestas á los reos de contrabando, que por instrucciones corresponden á la Hacienda pública y á los aprehensores se han de aplicar á penas de cámara, como lo habia resuelto la audiencia territorial de Búrgos en la causa formada á Gervasio Anieba por delito de contrabando; en su virtud, instruido el expediente oportuno, se ha servido disponer el Regente del reino, de conformidad con el parecer de la direccion general de rentas provinciales, que las multas detalladas en la ley penal por delitos de contrabando, segun la entidad y calidad que en la misma se espresan, no corresponden á penas de cámara; pero que las demas multas que impongan los jueces y tribunales, fuera de las indicadas, por via de pena á la calidad y gravedad de los delitos que con los de defraudacion ocurran en las mismas causas, son aplicables á dicho ramo de penas de cámara, si estas contribuyen á la manutencion de los reos pobres, como lo hace con los demas delitos comunes.

De órden de S. A. lo comunico á V. E. á fin de que se sirva disponer tenga cumplimiento esta resolucion por parte de la audiencia territorial de Búrgos y demas que se encuentren en su caso, pues que esta declaracion ha de servir de regla general. De la propia órden, comunicada por el referido señor ministro, lo traslado á V. S. para los efectos correspondientes. Y

la direccion la trascribe á V. S. para su conocimiento y demas fines.

Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid

16 de Junio de 1841. 1.

José Maria Secades.

Señor intendente de....

DIRECCION

DE LOS CINCO GREMIOS MAYORES DE MADRID.

Se publica el resultado de la junta general celebrada en el dia de la fecha.

En este dia segun lo resuelto por la junta administrativa y liquidadora y al tenor de la convocatoria circulada por diferentes medios, y reiterada hasta tercera vez, se reunieron en la casa principal de este establecimiento los interesados en él, que han tenido por conveniente legitimar su presentacion, bajo la presidencia del Excmo. Señor D. José Canga Argüelles, nombrado al efecto por el señor Regente del

reino.

y

Ocupaban sus respectivos asientos los señores D. Marcial Antonio Lopez, D. Severiano Paez Jaramillo, D. Adriano de las Bárcenas D. Francisco Antonio Pando, individuos los dos primeros de la junta administrativa, y apoderados los segundos de las comunidades ó gremios mayores

Hízose lectura de los documentos que debian ser preliminares del asunto principal, y llegar

á este sin contradiccion ni repugnancia de ninguno de los asistentes, se dió cuenta de la proposicion siguiente, suscrita por los señores Don Marcial Antonio Lopez, D. Severiano Paez Jaramillo, D. Adriano de las Bárcenas y Don Francisco Antonio Pando.

Pedimos á la junta general se sirva nombrar una comision para examinar los actos de la junta liquidadora y su memoria, asi como los artículos que somete á la resolucion de la junta general y dar su dictámen oyendo á aqueen lo que fuese necesario,

lla

Inmediatamente se presentó por uno de los señores vocales una adicion á esta proposicion reducida á pedir que la comision constará de quince personas, que su informe se estendiese tambien sobre las proposiciones que presenten los vocales de esta junta, y que le diese en el término de 30 dias; y finalmente que para alcanzar estos fines se tengan á disposicion de los vocales de la junta los libros y cuantos datos existan en la casa.

Abierta discusion sobre la proposicion y su adicion, tomaron parte en ella en diferentes sentidos varios señores vocales esponiendo sus opiniones con el mayor órden y compostura, si bien acompañadas de gran copia de razones y datos.

Terminada la discusion por declaracion de la junta, y descartadas algunas opiniones discordes, relativamente al plazo, dentro del cual se habia de presentar el dictámen de la comi

sion, se puso á votacion y quedó aprobado lo contenido en la proposicion y adicion precedentes.

Comenzóse en seguida el nombramiento de la comision por medio de papeletas en la que tomaron parte 95 señores vocales; y verificado el escrutinio, resultó haber obtenido eleccion los señores siguientes por el órden que van señalados: señor D. Antonio Hompanera de Cos, señor D. Aniceto de Alvaro, señor D. Ramon Ovejero, señor D. Matias Angulo, señor Don Manuel Cantero, señor D. Manuel Goyri, señor D. Leon Garcia Villareal, señor conde de Torre Muzquiz, señor D. Miguel de Nájera, señor D. Eugenio Moreno, señor D. Manuel Vilota y Lavin, señor D. Felipe Santiago de Ondátegui, señor D. Ignacio de la Sota, señor D. José Hompanera de Ceballos, señor Don Francisco Vila Cedron.

Se acordó tambien que si alguno de estos señores estuviera imposibilitado por cualquiera motivo para desempeñar su cometido, le reemplazase el vocal que sucesivamente hibiese obtenido mayor número de votos.

Finalmente, despues de acordar que continuasen las transacciones voluntarias de créditos contra la casa y de manifestar unánimemente los deseos mas vehementes de que concurrieran á las sesiones sucesivas el mayor número posible de acreedores, ó sus apoderados competentemente habilitados, y habiendo manifestado que se avisaria por medio del diario y por los papeles

públicos para la celebracion de la sesion inmediata, se levantó la de este dia.- Manuel Diaz Moreno de Vivar.

Podemos asegurar que en la noche de ayer 22 se reunió la comision nombrada por la junta general, y despues de haber nombrado presidente de ella al Excmo. señor Hompanera de Cos, y secretario á D. Francisco Vila y Cedron, se ocupó largamente del método que habia de seguir en los importantísimos trabajos que se le ban cometido, y de los que deben resultar sino el restablecimiento del antiguo colosal credito de la casa de los cinco gremios mayores de Madrid, por lo menos mejoras que vayan allanando el camino para llegar á situacion tan envidiable.

Acordaron, segun parece, dividirse en tantas secciones como son las que ofrece la memoria impresa y circulada por la junta administrativa y liquidadora, dando ocho dias de término para que cada una de dichas secciones examine lo que á ella pertenece y den cuenta todas á la comision que ellas mismas forman.

Habiendo manifestado, por oficio, los señores Nájera y Cantero la imposibilidad en que se hallan de formar parte de la comision, fueron sustituidos por los señores D. Manuel de Bárbara y D. Antonio Murga, en conformidad á lo acordado en la junta general.

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