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Batalla de Atzcapotzalco: entrada del ejército trigarante á Mé xico: terminacion del vireinato de Nueva España (Agosto y Sep

evitar los males que affigen á los pueblos en alteraciones de esta clase, y tra tando de conciliar los intereses de ambas Españas, invitó á una entrevista al primer gefe del ejército imperial D. Agustin de Iturbide, en la que se discutiese el gran negocio de la independencia, desatando sin romper los vinculos que unieron á los dos continentes. Verificose la entrevista en la Villa de Córdova el 24 de Agosto de 1821, y con la representacion de su carácter el primero, y la del imperio mexicano el segundo, despues de haber conferenciado deteni damente sobre lo que mas conventa a una y otra nacion atendido el estado actual, y las últimas ocurrencias, convinieron en los articulos siguientes que firmaron por duplicado. para darles toda la consolidacion de que son capaces esta clase de documentos, conservando un original cada uno en su poder pa~ ra mayor seguridad y validacion.

1. Esta América se conocerá por nacion soberana é independiente, y se llamará en lo sucesivo imperio mexicano.

2. El gobierno del imperio será monárquico constitucional moderado. 3. Será llamado á reinar en el imperio mexicano (prévio el juramento que designa el art. 4 del plan) en primer lugar al Sr. D. Fernando VII, rey cató lico de España, y por su renuncia y no admision, su hermano el serenísimo Sr. infante D. Carlos; por su renuncia ó no admision el serenísimo Sr. infante D. Francisco de Paula; por su renuncia ó no admision el serenísimo Sr. D. Carlos Luis infante de España, antes heredero de Etruria, hoy de Luca, y por su renuncia ó no admision de éste, el que las cortes del imperio desig

naren.

4. El emperador fijará su córte en México que será la capital del imperio. 5. Se nombrarán dos comisionados por el Exmo. Señor O-Donojú, los que pasarán á la córte de España á poner en las reales manos del Sr. D. Fernando VII, copia de este tratado y esposicion que le acompañará para que sirva á S. M. de antecedente, mientras que las córtes del imperio le ofrecen la corona con todas las formalidades y garantías que asunto de tanta importancia exige; y suplican á S. M. que en el caso del art. 3. se digne noticiarlo á los serenísimos Sres. infantes llamados en el mismo artículo por el órden que en él se nombran; interponiendo su benigno influjo para que sea una persona de las señaladas de su augusta casa, la que venga á este imperio, por lo que se interesa en ello la prosperidad de ambas naciones, y por la satisfaccion que recibirán los mexicanos en añadir este vínculo á los demás de amistad con que podrán, y quieren unirse á los españoles.

6. Se nombrará inmediatamente conforme al espíritu del Plan de Iguala, una junta compuesta de los primeros hombres del imperio por sus virtudes, por sus destinos por sus fortunas, representacion y concepto, de aquellos que están designados por la opinion general, cuyo número sea bastante considerable para que la reunion de luces asegure el acierto en sus determinaciones, que serán emanaciones de la autoridad, y facultades que les concedan los artículos siguientes.

7. La junta de que trata el art. anterior se llamará junta provisional gubernativa.

8. Será individuo de la junta provisional de gobierno el teniente general D. Juan O-Donojú, en consideracion à la conveniencia de que una persona de su clase tenga una parte activa é inmediata en el gobierno, y de que es indispensable omitir algunas de las que estaban señaladas en el espresado plan, en conformidad de su mismo espíritu.

9. La junta provisional de gobierno tendrá un presidente nombrado por

tiembre de 1821). Mientras la independencia de México servia de

ella misma, y cuya eleccion recaerá en uno de los individuos de su seno, ó fuera de él, que reuna la pluralidad absoluta de sufragios: lo que si en la primera votacion no se verificase, se procederá al segundo escrutinio entrando á él los dos que hayan reunido mas votos.

10. El primer paso de la junta provisional de gobierno, será hacer un manifiesto al público de su instalacion, y los motivos que la reunieron, con las demás esplicaciones que considere convenientes para ilustrar al pueblo sobre sus intereses, y modo de proceder en la eleccion de diputados á córtes, de que se hablará despues.

11. La junta provisional de gobierno nombrará en seguida de la eleccion de su presidente una regencia compuesta de tres personas de su seno ó fuera de él, en quien resida el poder ejecutivo, y que gobierne en nombre del monarca, hasta que éste empuñe el cetro del imperio.

12. Instalada la junta provisional, gobernará interinamente conforme á las leyes vigentes en todo lo que no se oponga al plan de Iguala, y mientras las cortes formen la constitucion del estado.

13. La regencia inmediatamente despues de nombrada procederá á la convocacion de cortes conforme al método que determine la junta provisional de gobierno; lo que es conforme al espíritu del art. 24 del citado plan.

14. El poder ejecutivo reside en la regencia, el legislativo en las córtes, pero como ha de mediar algun tiempo antes que éstas se reunan, para que ambos no recaigan en una misma autoridad, ejercerá la junta el poder legislativo; primero para los casos que puedan ocurrir y que no den lugar á esperar la reunion de las cortes; y entonces procederá de acuerdo con la regencia: segundo, para servir à la regencia de cuerpo auxiliar y consultivo en sus determinaciones.

15. Toda persona que pertenece a una sociedad, alterado el sistema de gobierno ó pasando el pais à poder de otro príncipe, queda en el estado de libertad natural para trasladarse con su fortuna á donde le convenga, sin que haya derecho para privarle de esta libertad, á menos que tenga contraida alguna deuda con la sociedad á que pertenecia; por delito ó de otro de los modos que conocen los publicistas: en este caso están los europeos avecindados en Nueva-España y los americanos residentes en la península; por consiguiente serán árbitros á permanecer adoptando esta é aquella patria, ó á pedir su pasaporte, que no podrá negárseles para salir del reino en el tiempo que se prefije, llevando 6 trayendo consigo sus familias y bienes, pero satisfaciendo á la salida por los últimos, los derechos de esportacion establecidos ó que se establecieren por quien pueda hacerlo.

16. No tendrá lugar la anterior alternativa respecto de los empleados públicos, ó militares que notoriamente son desafectos á la independencia mexicana; sino que éstos necesariamente saldrán de este imperio dentro del término que la regencia prescriba, llevando sus intereses y pagando los derechos de que habla el artículo anterior.

17. Siendo un obstáculo á la realizacion de este tratado, la ocupacion en la capital por las tropas de la península, se hace indispensable vencerla; pero como el primer gefe del ejército imperial, sus sentimientos á los de la nacion mexicana, desca no conseguirlo con la fuerza, para lo que le sobran recursos, sin embargo del valor y constancia de dichas tropas peninsulares, por la falta de medios y arbitrios para sostenerse contra el sistema adoptado por la nacion entera, D. Juan O-Ďonojú ofrece emplear su autoridad, á que dichas tropas verifiquen su salida sin efusion de sangre y por una capitulacion honrosa.-Villa de Córdova, 24 de Agosto de 1821.-Agustin de Iturbide.—Juan ODonojú.

objeto para la formacion de los tratados de Cordova, D. Francisco Novella establecia una línea de tropas que se estendia hasta San Agustin de las Cuevas, teniendo gruesos destacamentos en los pueblos de Tacubaya, Guadalupe y Tacuba. Ya las fuerzas americanas, situadas en Tlalnepantla y Cuautitlan, deseaban dar una batalla decisiva para tomar posesion de la capital; pero en espera de los resultados de la conferencia habida entre Iturbide y O-Donojú, no se habian atrevido á adelantar tada en sus operaciones militares. En este estado el capitan D. Rafael Velazquez salió á hostilizar las partidas americanas, y habiéndose encontrado el 19 de Agosto con una guerrilla de cien hombres, se replegó al pueblo de Tacuba despues de haber tenido una corta escaramuza. atacarlo el capitan D. Luis Acosta con cien infantes y un corto núAllí fué á mero de caballos, y habiéndose empeñado la accion con bastante calor por una y otra parte, el coronel Bustamante marchó en auxilio de Acosta que habia recibido una herida en el combate, y mientras se detuvo en Atzcapotzalco para tomar las disposiciones convenientes, los españoles alcanzaron su retaguardia y fue necesario hacerse fuerte contra ellos. El coronel Bustamante les dió una de aquellas cargas que deciden en un momento la suerte de las batallas; y habiéndolos obligado á encerrarse y fortificarse en la iglesia y casas de la poblacion, la noche no le permitió continuar por mas tiempo sus operaciones contra ellos. Los realistas perdieron ciento catorce hombres. D. Encarnacion Ortiz (el Pachon), en los momentos de sacar un cañon que se habia atascado en un fangal, recibió la muerte sin haber logrado ver el completo triunfo de la causa que habia defendido por tan largo tiempo. Este americano se habia hecho notable por su valor en el campo de batalla.

La desercion era diaria entre los soldados que formaban la única fuerza de D. Francisco Novella. Los habitantes de México se hallaban en un estado de continua alarma, y cuando supieron que D. Vicente Guerrero habia ocupado una altura á las inmediaciones de la villa de Guadalupe, en cuyo punto recibió un ataque de las tropas enemigas, las familias principales abandonaron la ciudad para retirarse á los pueblos del contorno. situado en Atzcapotzalco para formalizar el sitio de la capital, y noEntretanto Iturbide se habia ticioso Novella de la marcha que habia emprendido el nuevo virey con direccion á ella, le envió comisionados que conferenciaron con él en el pueblo de Amozoque; pero éstos se volvieron sin haber sacado partido alguno en tan críticas circunstancias. Habiendo tenido efecto un armisticio el dia 7 de Septiembre en las inmediaciones de México, en el lugar conocido con el nombre de hacienda de los Morales, se acordó por una junta de guerra que tuviera efecto una entrevista en la villa de Tacnbaya. O-Donojú dirigió á Novella una carta de invitacion sobre este objeto, y la concluia del siguiente modo:,,Yo soy la autoridad legítima, tengo fuerza que me

auxilie, si uso de ella todo es perdido para los culpados.... si los negocios se transigen en paz, yo prescindo de todo lo pasado, no puedo aprobarlo; pero lo olvidaré.... Espero de la atencion de vd. y de sus rectas intenciones me conteste, si puede ser, á las cuatro horas de recibida ésta...." La entrevista se verificó el 13 del mismo mes en la hacienda de la Patera, y de regreso Novella á la ciudad de México en la tarde del mismo dia, dió cuenta á la junta de todo lo que habia pasado en aquella conferencia, manifestándole que habia reconocido por verdadero y legítimo capitan general á D. Juan O-Donojú. Por órden del dia 15 se hizo saber este reconocimiento á todos los habitantes de la capital, y O-Donojú é Itur bide celebraron en San Joaquin este mismo dia la plausible noticia de la rendicion de Durango. En seguida trasladaron su cuartel general á la villa de Tacubaya, donde recibieron las enhorabuenas de todos los partidarios de la monarquía moderada, y desde allí anunciaron por medio de la Gaceta las siguientes noticias:-,,La mañana ,,del 21 se retirarán de los puestos que ocupan las tropas del pais. ,,El 22 saldrán los negros y mulatos para tierra caliente. El 23, ,,dejarán las líneas que guarnecen los cuerpos expedicionarios, de ,,modo que el 24 podrá entrar el ejército de las tres garantías en ,,México." Mas su entrada no pudo verificarse en este dia por motivos particulares, á excepcion de D. Vicente Filisola que lo hizo con su division de cuatro mil hombres. El general O-Donojú se hospedó en una casa de la calle de San Francisco en la tarde del dia 26, y su entrada fué celebrada con salvas de artillería y repi ques de campanas en todas las iglesias de la ciudad. Su antecesor el marino Apodaca, temeroso de contemplar los últimos momentos del largo y bien arraigado gobierno de la Nueva-España, salió el dia 21 para embarcarse en Veracruz con direccion á là patria de los antiguos conquistadores.

En la mañana del 27 tuvo efecto la entrada del ejército trigarante con toda la solemnidad que requeria este notable acontecimiento. Iturbide tuvo la gloria de tomar posesion de la capital sin tirar un tiro, ni derramar una gota de la sangre que en otros dias habia vertido con profusion en el campo de batalla. Novella y el resto de sus tropas obtuvieron entera libertad para dejar el territorio mexicano, y se les indemnizó de todo gasto hasta su llegada á la capitania general de la isla de Cuba. Los europeos de México obtuvieron iguales consideraciones; pues se respetaron sus industrias y propiedades de todo género, y el mismo O-Donojú fué elegido para vigilar la religiosa observancia de los artículos del tratado favorables á sus conciudadanos. He aquí completamente realizada la indepen dencia bajo las bases del convenio de Córdova, que los pretendidos hombres de estado de la Península criticaron con tanta acrimonia, á causa de su ignorancia acerca del pais y de sus acontecimientos revolucionarios; pero Iturbide ha defendido la conducta del virey en

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