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D. José María Fernandez de la Hoz,

Licenciado en derecho civil, Abogado de los tribunales nacionales y del
Ilustre Colegio de Madrid, Académico profesor de mérito de la Matri-
tense de Jurisprudencia y Legislacion, é individuo de otras corporaciones
literarias y científicas.

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Toda la obra es propiedad de su autor, que perseguirá en justicia a cualquiera que la reimprima sin su permiso.

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FACULTAD DE DERECHO
BiLoleca

Ej. Consulta en Sala Excluido de préstamo (201)

ADVERTENCIA Á LOS SRES. SUScritores.

La grata acogida que del público han merecido los Códigos de España, decide á su autor á publicar el CÓDIGO ADMINISTRATIVO. En él se hallarán ordenadamente colocadas con toda la posible integridad las disposiciones legales vigentes acerca de la administracion pública.

Luego que se publiquen los cuatro códigos anunciados en el prospecto, se repartirá al siguiente mes el CÓDIGO ADMINISTRATIVO, cuyo volumen será igual, si no mayor, que el del presente. A pesar de los crecidos gastos que su publicacion ocasiona, el autor, que solo desea ofrecer un solenine testimonio de su gratitud y de su reconocimiento al considerable número de suscritores que se sirven favorecerle, ha fijado el precio de este último código para los señores suscritores, en Madrid á 10 rs., y 12 en las provincias franco de porte.

Se suscribe en Madrid en la librería de Cuesta frente al derribo de San Felipe, en la de Viana calle de Pontejos (antes de Carretas), y en el almacen de papel de Hernando calle del Arenal. El importe de cada código no se entregará por los señores suscritores de la corte hasta que le reciban en sus casas por conducto de las personas encargadas de repartirlos.

Precios de suscricion.

Rs. vn.

En Madrid cada código llevado á casa de los señores suscritores. 16 En las provincias franco de porte.

El código Administrativo en Madrid.

En las provincias franco tambien de porte..

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18

10

12

Quedará definitivamente cerrada la suscricion el dia que se reparta en Madrid el código Criminal, y

desde entonces se venderán indistintamente los cinco códigos á 18 rs. vn. cada uno en Madrid y á 20 en las provincias franco de porte.

En el último código se insertará la lista de los señores suscritores, á quienes se suplica disimulen el pequeño retraso que han esperimentado en la publicacion del presente código, y que ha sido hijo del delicado esmero con que se ejecuta la comprobacion de las citas que de las leyes se hacen á continuacion de cada artículo.

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VALENCIA...

VALLADOLID..
VITORIA...
VELEZ-MALAGA.
ZARAGOZA.
BAEZA..........
BILBAO...

.........

D. Vicente Castaño y Monet.
D. Manuel Santa Maria y Franco.
Sra. viuda de Carrillo y sobrinos.
Libreria de Boix.

D. Manuel Sauri.
D. Timoteo Arnaiz.
D. F. A. Llorente.
D. Gregorio Laimon.
D. Joaquin Gasset.

D. José Maria Perez.

D. Simon Fernandez Gabaldon, interventor de Correos. SD. Manuel Sanz.

D. José Antonio de Linares.

D. Francisco de Galvez y Palacios.

D. Pascual Moreno, administrador de Correos.

D. Manuel Pujol y Masia.

D. Nicolas Garcia Longoria.
D. Felipe Guasp.

D. Nicolás Francisco Andrade.

D. Francisco Agustin Garcia.

D. Francisco Rey Romero.

D. Francisco Alvarez y compañia.

Doña Maria del Carmen Soria.

D. José Verdes, administrador de Correos.
D. Casiano Mariana.

D. Mariano Rodriguez.
D. Saturnino Ormilugue.
D. Pedro Antonio Macía.

D. Joaquin Yagüe.

D. Manuel Alambra y Jareño.
D. Juan Antonio de Velasco.

Los señores suscritores de las provincias que quieran recibir directamente los códigos, remitirán al hacer el pedido una libranza contra Correos, importante el valor del código que haya de remitírseles, la cual dirigirán franqueada á favor de D. José María Fernandez de la Hoz, calle de San Dámaso, núm. 1.

A MIS LECTORES.

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tengo la necia presuncion de haber conseguido formar una obra perfecta. El amor propio no me preocupa hasta el estremo de creer á mi trabajo exento de todo error. Muchas bulto sede y gran rán acaso las equivocaciones que haya padecido; pero bien merecen disculpa, siquiera sea en obsequio al buen deseo que me anima. La ventura y la prosperidad de mi patria nunca pueden serme indiferentes. Al recordar su colosal grandeza y su inmenso poderío en épocas no muy remotas, y al contemplar hoy su triste y lastimoso estado, feliz me consideraria si en algo pudiera contribuir á facilitar el conocimiento de su legislacion.

Las reformas no se improvisan. Sin el conocimiento de lo que hay existente, no se establece lo que interesa al porvenir de los pueblos, y para reformar la legislacion es preciso antes conocerla.

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