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que los españoles venidos á América eran "por la mayor parte mas cobdiciosos que continentes, é mas idiotas que sabios, é mas envidiosos que comedidos, é mas personas de baxa sangre que hidalgos é ilustres;" López de Velasco, que escribió hacia 1571, decía: "conmunmente se han inclinado pasar destos reinos á aquellos los hombres enemigos del trabajo, y de ánimos y espíritus levantados, y con codicia más de enriquecerse brevemente que de perpetuarse en la tierra, no contentos con tener en ella segura la comida y el vestido, que á ninguno en aquellas partes les puede faltar con una mediana diligencia en llegando á ellas, siquiera sean oficiales ó labradores, siquiera no lo sean, olvidados de sí se alzan á mayores, y se andan ociosos y vagamundos por la tierra, hechos pretensores de oficios y repartimientos. 2

Hacia fines del siglo XVI manifestaba Antonio Pérez: "Los Hespañoles y los Portugueses [de quien se puede decir como de los Romanos que no han tomado jamas las armas fuera de su patria sino por abari- . cia o por ambicion] es cierto que no vbieran emprendido tan grandes y tan peligrosas nabegaciones (á las Indias) sino vbieran hallado mas oro que en los desiertos de Liuia. 8

Á los anteriores juicios podemos agregar otros más explícitos. Pinta Oviedo á la clase común de los conquistadores, á quienes llama los particulares soldados, diciendo: "que como verdaderos manigoldos ó buchines ó verdugos ó sayones ó ministros de Satanás, mas enconadas espadas é armas han usado, que son los dientes é ánimos de los tigres é lobos, con diferenciadas é inumerables é crueles muertes que han perpetrado, tan incontables como las estrellas."4

No merecieron mejor concepto los capitanes, los gobernadores ni los jueces de residencia.

Ya desde el repetido año de 1516 se indicaba como uno de los remedios necesarios para que cesasen los males y daños que había en América: "Que ninguno de cuantos algun cargo han tenido en las Indias, de proveer ó mandar ó ordenar ó entender en cosa dellas ó tocante á indios ó en otro cualquiera oficio, que cerca dellos haya usado ó sido en usarlo, que no le deje con él ni tal use de aqui adelante ni en él entienda; porque ellos han esterminado la tierra y ellos han sido

1 III, 2562.

2 36-37.

4 1II, 1733.

causa de morir tantos indios y de perder el Rey nuestro señor tan grandes rentas; porque los unos por favorecer los otros, y los otros por enviar dineros á otros porque les favorezcan, y los otros por no acusar ó castigar los males que en los indios ven hacer y saben que hacen los otros, porque no les sea dicho que ellos lo hacen peor, como es verdad, ó porque escriban dellos bien acá, ó porque allá, si algun cargo tienen de justicia, los tengan por propicios y por otras causas, de manera que si quedasen con ellos, apareceria que acabarian de destruir lo que han comenzado."1

Refiriéndose Oviedo á los jefes conquistadores y capitanes, manifiesta: "quando acá vienen, no buscan los soldados de mejor conciencia ni conoscidos, sino los primeros que topan ó les paresce que mejor les ayudarán á robar y saquear, y unos pláticos y desalmados que nunca vieron ni conoscieron,"2 "pero yo dubdo de la salvacion de las más, porque ha dias que vivo en estas Indias y he visto que se fundan, por la mayor parte, en esta maldita cobdicia, posponiendo todos los escrúpulos que á sus consciencias serian provechosos é dignos de aceptar;" fray Lorenzo de Bienvenida escribía á Felipe II: "si V. A. estuviera presente...... en lugar de dar premio á los capitanes, avia de ser quitalles las vidas."4

Con relación á los gobernadores asegura Oviedo que de sus culpas mucho "con verdad se podria decir,"5 y Diego de la Zobilla nos hace conocer cuán infamemente se entregaban aquéllos al vicio del juego cuando escribe: «Xugaba Pedrárias en su mayor contentamiento al axedrez, quando cinquenta e quando cien e quizá quynientos esclavos de los que se abian de traer de las entradas, sin dystincion, si eran xusta o inxustamente esclavos; e lo peor es, que con su exemplo, quizá fyscieron lo mesmo otros gobernadores»>

Por último, el propio Oviedo, al hablar de los jueces de residencia, manifiesta: "por la mayor parte los más de los que acá vienen con tales cargos, tienen más fin á hacer dineros que no á corregir delictos."7

Pero ¿á qué acumular más citas? El glorioso manco de Lepanto, to

1 Docs. de América, VII, 21-2.

2 II, 2251.

8 III, 5862.

4 Cartas de Indias, 72-3.

5 III, 1241.

6 Docs. de América, XXXVII, 123–24.

7 III, 562.2

davía en el siglo XVII, llamaba desenfadadamente á las Indias "refugio y amparo de los desesperados de España, iglesia de los alzados, salvoconducto de los homicidas, pala y cubierta de los jugadores [á quien llaman ciertos los peritos en el arte], añagaza general de mujeres libres."

§ 3. MUJERES.

No habrá seguramente quien deje de pensar que las mujeres que vinieron de España á las Indias con tales aventureros, eran de la misma ralea que éstos. Diremos, sin embargo, dos palabras acerca del particular.

Veremos en el libro siguiente cómo á raíz de haberse terminado la destrucción de México, no tuvieron empacho alguno las damas españolas para asistir á la licenciosa bacanal á que se entregaron Cortés y los suyos en Coyoacán. 2

Con posterioridad aumentó considerablemente en Nueva España el número de las referidas damas, pero en nada mejoraron su prosapia y conducta; al pintar Mendieta el descompuesto comportamiento de las españolas en las iglesias de México, quéjase amargamente "de ver tanta irreverencia y desvergüenza...... dando tan mal ejemplo á gente nueva en la fe, y que tanta devocion y reverencia tenian cuando eran infieles en los templos...... Porque salidas de la iglesia andan desnudas entre los indios, peores que las muy soeces berceras."3 También manifestaba Oviedo: "yo he visto muchas indias desnudas mas vergonçosas que algunas chripstianas vestidas;"4 Torquemada exclamaba á su vez: "Y quien no se espantará en vér, y oír las cosas deshonestas, y descompuestas, que dicen, y hacen las Doncellas Christianas, con tan gran disolucion........ Miren á las Hijas de los Gentiles, criadas con tanto recogimiento, y honestidad, como Monjas, y Religiosas."5

Llegó á tanto la relajación de las castellanas en México, que en 1530 la Emperatriz "embió vna prouision al Arçobispo, para que se la intimasse. En que las mandaua, y rogaua, q porque de la ociosidad se siguen muy grandes daños; que todas se ocupassen en exercicios dignos de sus personas: y que si fuesse menester, embiaria lino, y todos los

1 Cervantes, 1721.

2 Díaz del Castillo, 1972.

3 504-5.

4 II, 3561.

5 II, 4752.

aliños de hilar...... Esta prouision se la intimó el Arçobispo, haziedolas vn razonamiento muy graue. Vnas se dieron por sentidas, y otras lo tuuieron por muy señalada merced."1

§ 4. ECLESIÁSTICOS.

Si los Reyes Católicos se consideraron dueños de las Indias, no fué en verdad á título de descubrimiento ni tampoco de conquista, sino exclusivamente, como ellos mismos confesaban, por "la gracia e donacion que Nuestro muy Sancto Padre Alexandro sexto Nos fizo de todas las Islas e Tierra-firme descobiertas e por descobrir."2 En efecto, ese Pontífice, "el hombre más inmoral de la cristiandad.............. á quien ningún sentimiento de justicia detenía en su política,"3 tuvo la peregrina ocurrencia de donárselas con fecha 4 de mayo de 1493, aunque manifiestamente no le pertenecían ni podía darlas por tanto. Muchos siglos antes se había proclamado como máxima universal de derecho: Nemo potest, quod non habet, dare; ó, conforme á Ulpiano: Nemo plus juris ad alium transferre potest, quam ipse haberet."

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La bula donatoria decía así: "motu propio, é no á instancia de peticion vuestra, ni de otra que por vos no lo haya pedido, mas de nuestra mera liberalidad é de cierta ciencia é de plenitud de poderío Apostholico, todas las islas é tierras-firmes halladas é que se hallaren descobiertas é que se descobrieren hacia el Occidente é Mediodia, fabricando é componiendo una linea del Polo ártico, que es el Setentrion, al Polo antártico, que es el Mediodia, ora se hallan hayado islas é tierras-firmes, ora se hayan de hallar hacia la India, ó hacia otra cualquier parte, la cual linea diste de cada una de las islas que vulgarmente dicen de los Azores é Cabo-Verde, cien leguas hacia el Occidente y Mediodia; asi que todas sus islas é tierras-firmes, halladas é que se hallaren descobiertas, é que se descobrieren desde la dicha linea hacia el Occidente é Mediodia, que por otro Rey ó Principe cristhiano no fueren actualmente poseidas hasta el dia del Nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo procsimo pasado, del cual comienza el año presente de mil é cuatrocientos é noventa é tres, cuando fueron por

1 González Dávila, I, 24.

2 Docs. de América, XXXII, 375.
3 Simonde de Sismondi, VIII, 179.
4 Corpus Juris, lib. L, tít. XVII, 1 54.

vuestros mensageros é capitanes halladas algunas de las dichas Islas. 1

Falsamente se asentó en dicha bula que la concesión era de motu propio y no á instancia de petición: el carácter jurídico de la donación, ó sea que ésta debía hacerse "sin ningua premia,"2 requería tal falsedad. La petición previa existió empero; Oviedo asegura que los Reyes Católicos "tomaron licencia é título del vicario de Christo,"3 y no dice palabra alguna acerca de la espontaneidad papal; los mismos Reyes Católicos escribían á fray Buil en julio 25 de 1493: "agora vino de Roma la Bula que enviamos á demandar,"1 y á Colón, con fecha 4 del siguiente mes: "Ya sabeys como abiamos ymbiado a Roma, por una Bula sobresto de las yslas e Tierra que abeys descobierto y está por descobrir; agora Nos es venida, e vos ymbiamos un treslado della abtorizado, para que se publique allá, para que todos sepan que nenguno puede yr aquellas partes sin Nuestra licencia; e llevadla con vos, porque si a alguna Tierra aportáredes la podays mostrar luego."5 En su testamento asienta una vez más la reina Isabel que la concesión de la Santa Sede Apostólica "fue al tiempo que lo suplicamos al Papa sexto Alejandro."6

No sintiendo aún satisfecha su generosidad el Papa, amplió su concesión por bula de 25 de septiembre de 1493, manifestando que "de semejante motu y sciencia y plenitud de poder, por el tenor de las presentes y la abtoridad Apostólica, extendemos y ampliamos la donacion, concesion, asignacion y Letras sobre dichas, con todas y cualesquier clábsulas en las dichas Letras contenidas, á todas y cualesquier islas y Tierras-firmes falladas y por fallar, descobiertas y por descobrir, que navegando ó caminando hacia el Occidente ó el Mediodía, son ó fueren ó aparecieren, ora esten en las partes Occidentales ó Meridionales y Orientales y de la India."7

Según nos refiere Solórzano y Pereyra, no faltaron quienes censurasen con cierta libertad el extraño proceder del Papa; con su natural valentía, don fray Bartolomé de Las Casas osó escribir en su gran His

1 Docs. de América, XVI, 359-60.

2 Partidas, 52, tít. IV, 1. I.

3 I, 32.1

4 Docs. de América, XXXVIII, 198.

5 Idem, XXX, 194.

6 Docs. de Ultramar, V, 92.

7 Docs. de América, XXXVIII, 242.

8 I, 10.

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