Guia del comprador de terrenos baldíos y realengos de Filipinas: o sea, Compilación general de las reales cédulas, leyes, ordenanzas, reglamentos, instrucciones, reales decretos ...M. Pérez, 1886 - 470 pàgines |
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Guia del Comprador de Terrenos Baldios y Realengos de Filipinas D. Miguel Rodriguez BERRIZ Visualització completa - 1886 |
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Frases i termes més freqüents
19 de Enero 20 de Marzo 20 de Setiembre 25 de Junio 25 de Noviembre 27 de Febrero 28 de Agosto Administración Administracion civil Agosto aguas públicas aprobado aprovechamiento arreglo asuntos Audiencia autoridades Ayudantes CAPITULO cion citado Comision composiciones de terrenos concederá concesion concesionario Consejo contencioso conveniente corresponda correspondiente cumplimiento cuya debe derecho deslinde despues dicten Direccion Director disposiciones distrito documentos dueños efectos ejecucion ejecutar enagenación Enero establecimiento expediente expresada fecha Filipinas finca fiscal Gaceta Gobernador superior civil Gobernadorcillo Hacienda hubiere indemnizaciones Ingeniero Jefe Inspeccion Instruccion Intendencia interesados Islas Julio Junio jurisdiccion legua comunal Manila Marzo Ministerio de Ultramar Ministro Montes negocios núm obras oficial pago particulares peritos perjuicio plazo pliego podrán posesion prédio presente Presidente prévia proceda propiedad provincia provinciales pueblo Real Decreto Real órden reclamaciones Reglamento remitirá resolucion resolver respecto riego Seccion serán servicio Setiembre solicitar subasta tambien tasacion término terrenos realengos tículo tierras título Tribunal venta
Passatges populars
Pàgina 183 - 10 —No se impondrá jamás la pena de confiscación de bienes y nadie podrá ser privado de su propiedad, sino por autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización. Si no precediere este requisito, los Jueces ampararán y en su caso reintegrarán en la posesión al expropiado.
Pàgina 159 - así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en San Ildefonso á
Pàgina 217 - de 1878. Don Alfonso XII, por la gracia de Dios, Rey constitucional de España. «A todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y nos sancionado lo siguiente: Art. 1.°
Pàgina 6 - los indios lo que buenamente hubieren menester para labrar, y hacer sementeras y crianzas, confirmándoles en lo que ahora tienen, y dándoles de nuevo lo necesario, toda la demás tierra quede y esté libre y desembarazada para hacer merced y disponer de ella á nuestra "voluntad. Por todo lo cual
Pàgina 1 - ES PEONÍA Y CABALLERÍA. Porque nuestros vasallos se alienten al descubrimiento y población de las Indias, y puedan vivir con la comodidad y conveniencia que deseamos: Es nuestra voluntad, que se puedan repartir y repartan casas, solares, tierras, caballerías y peonías
Pàgina 2 - cebada, diez de maiz, dos huebras de tierra para huerta y ocho para plantas de otros árboles de secadal, tierras de pasto para diez puercas de vientre, veinte vacas, y cinco yeguas, cien ovejas y veinte cabras. Una caballería es solar de cien pies de ancho, y doscientos de largo; y de todo lo demás como cinco peonías,
Pàgina 5 - por los señores reyes nuestros predecesores, ó por Nos, ó en nuestro nombre, conviene que toda la tierra, que se posee sin justos y verdaderos títulos, se nos restituya, según y como nos pertenece, para que reservando ante todas cosas lo que á Nos,
Pàgina 148 - 1.° De la facultad de abrir canteras, recoger piedra suelta, construir hornos de cal, yeso y ladrillo y depositar efectos ó establecer talleres para la elaboración de materiales en los terrenos contiguos á las obras. Si estos terrenos fuesen públicos ó de aprovechamiento común, usarán las Empresas de aquella facultad con arreglo á sus necesidades;
Pàgina 2 - de pasto para diez puercas de vientre, veinte vacas, y cinco yeguas, cien ovejas y veinte cabras. Una caballería es solar de cien pies de ancho, y doscientos de largo; y de todo lo demás como cinco peonías,
Pàgina 159 - como también del dominio privado que tienen los propietarios de aguas de acequias y de fuentes ó manantiales, en virtud del cual las aprovechan, venden ó permutan como propiedad particular. Art. 300. Quedan derogadas todas las leyes, Reales decretos, Reales órdenes y demás disposiciones que acerca de las materias comprendidas en la presente ley se