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memoriales, fuése á comer un dia con el Gran Chanciller para dárselos despues de la comida, y dalle mayor noticia y razon de lo que en ellos decia, y porque la materia era donde se habia de tractar tambien del Clérigo, de su demanda dijo el Gran Chanciller á Mosior de Laxao, como sabia que se habia de holgar, que se fuese á comer con él, porque tenia tambien al Obispo de tierra firme por convidado, y que se habia de tractar de las Indias, y por fuerza se habia de tocar en micer Bartolomé. Aceptó Mosior de Laxao el convite, aunque lo tenia el mejor de la cocina y tambien de la mesa del Rey, por su oficio de Submilier, y comian con él los más principales de la Cámara del Rey é otras personas de mucha calidad. Despues de comido, mete consigo en su cámara, el Gran Chanciller, a Mosior de Laxao y al Obispo, y sacados sus memoriales, el Obispo, léelos, y en cada cosa se para dando della la razon; donde aclaró cuanto le fué posible las crueldades que habia visto en aquellas gentes de tierra firme hacer, y la despoblacion que quedaba hecha de aquellas tierras y haciéndose tambien, la insensibilidad ó crueldad de los que la gobernaban y habian gobernado, y destruido y destruian: esto, cuanto à la materia del primer memorial; cuanto á la del segundo, que contenia los remedios, dió razon tambien de cada uno, y engrandeció la persona de Diego Velazquez, y ofreció su buena voluntad y hacienda que tenia para poder servir en aquello al Rey. Oido y visto todo lo que el Obispo dió por escrito en sus memoriales, y las razones que de todo dió, por el Gran Chanciller y Mosior de Laxao, quedaron muy contentos y alegres, por ver y saber que todo lo que daba por escrito y decia por palabra, no era otra cosa sino confirmar y autorizar todo lo que el clérigo micer Bartolomé afirmaba y decia, y nunca el Clérigo tanto, segun se cree, habia exajerado las matanzas y estragos que en aquella tierra firme se habian cometido y cometian cuanto los agraviaba el Obispo. No contentos con lo dicho, el Gran Chanciller y Mosior de Laxao, que no cabian en sí por el favor que resultaba para el Clérigo, pero en especial le preguntaron

que qué le parecia del negocio que pretendia micer Bartolomé; respondió que muy bien, y que traia justicia y andaba por el camino de Dios. Desta respuesta quedaron los dos más contentos que si á cada uno se diera mucho haber, tanto era el amor que al Clérigo tenian, no, cierto, porque los habia cohechado, porque no tenia con qué, como fuese pobre y muy pobre, sino que como caresciesen de propio interese y estuviesen libres y limpios sus entendimientos de la basura y cataratas de la cudicia, vian que el negocio que el Clérigo traia era claramente justo y pío. Desta plática, que allí el Obispo tuvo, resultó mucho mayor crédito que se dió al Clérigo, por ver que los que se le habian mostrado por enemigos, por lengua y escrito confesaban lo que él decia, y parecia que con sola la fuerza y virtud de la verdad que traia á todos vencia. Esto pasado aquel dia, el Clérigo fué á la noche á ver al Gran Chanciller para oler qué habia de la junta y comida del Obispo con aquellos señores sucedido, y así como entró, con alegre rostro, el Gran Chanciller, de dos candeleros de plata que en la mesa tenia, dió el uno con los dos memoriales del Obispo al Clérigo, diciéndole que se apartase á una parte de su cámara y los viese. El Clérigo los leyó muy bien leidos, y vuelto al Gran Chanciller, dijo: «Suplico á vuestra señoría que me dé esa péndola.» Dijo el Gran Chanciller: ¿para qué?; respondió: «para firmarlos de mi nombre, y añidió: Hé dicho yo más á vuestra señoría desto, que aquí el Obispo confiesa? ¿qué más crueldades, y matanzas y destruicciones de aquella tierra hé yo referido á vuestra señoría que éstas? Luégo verdad es lo que yo digo, y no lo compongo ni finjo, y pluguiese á Dios que no fuese tanto como es y ha sido; pero no es así, ni con mil partes una de lo que ha pasado y pasa se dice.» Respondió el Gran Chanciller con mucha dulcedumbre, consolando al Clérigo, como persona llena de virtud, diciendo: « Yo espero en Dios que este negocio ha de salir á buen fin.» Cada dia desde allí crescia el crédito con el Gran Chanciller y Mosior de Laxao, y éstos lo referian todo al Rey, é el Rey estaba muy bien con micer

Bartolomé, y sino tuviera la priesa que el Rey tuvo, ya electo Emperador, para se partir de España y proseguir el intento de Emperador, cierto, bien fueran dichosas las Indias, y el Clérigo fuera, por la obra, no como quiera favorecido. El Obispo se fué al lugarejo donde posaba, una legua de allí, é cayó luégo enfermo de calenturas, segun creo, y desde á tres dias murió, y díjose que hasta la muerte, desde que se sintió que estababa en peligro, no hizo sino predicar las excelencias de Nuestra Señora, segun que las sabia él siempre con gran elocuencia decir, é sus defectos, con humildad suplicándole que no se olvidase dél. Fué muy notada y notable su muerte por éste buen fin della, y por ser á tal tiempo, habiendo primero significado la verdad de las cosas malas destas Indias, que él habia cuasi como aprobado contra lo que el Clérigo decia, y haber el Clérigo en su honor, que pareció haberle derogado, restituido.

CAPITULO CLIII.

que

En este año de 519, y allí en Barcelona, negociaban los hacedores de unos mercaderes, segun creo, de Toledo, que tenian arrendada la cruzada y la habian enviado á estas islas, se declarase si podian por las Bulas componer de los bienes habidos y ganados con los indios y de los indios, porque avisaron los otros hacedores que acá tenian, que, si de lo habido de Indias y con indios se podian componer, se ganarian muchos más dineros. Entónces era Comisario general el cardenal Adriano, que despues fué Papa. Puesta la demanda ante el Cardenal, cometió la declaracion della á los dos hermanos Coroneles, doctores parisienses y de grande autoridad, doctosísimos, y no faltó quien los avisó que no comunicasen cosa desto con el clérigo Casas, y aunque eran ellos sus amigos así lo hicieron. Los cuales, usando de la comision, estuvieron quince dias disputando y confiriendo ambos á dos, solos dentro de su casa, y saliéndose al campo, y finalmente, se resolvieron al cabo dellos en dar la respuesta y solucion de la duda por las proposiciones siguientes:

«

Primera proposicion.-Si absolutamente los mineros se señalaban, á quien los tomaba, por mandado del Rey, para que de alli hobiese el oro que pudiese cierto tiempo, todo lo que de allí hobo en aquel tiempo fué suyo propio, aunque lo hobiese con excesivo trabajo de los indios, y sin dalles de comer lo necesario ni pagarles la soldada, y áun siendo por aquello causa de su muerte, porque aquellos son pecados por sí, é gravísimos, como adelante se dirá, mas no son causa que lo que se adquiere no sea de quien lo adquirió, porque los fructos que coge un señor de su tierra suyos propios son, aunque los haya con excesivo trabajo de los jornaleros, é sin

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dalles de comer lo necesario ni pagarles el justo jornal, y aunque de allí redundase muerte dellos.

» Segunda proposicion.-Los cristianos que á los indios que trabajaban en los mineros á ellos señalados no han dado de comer lo necesario, y no les han pagado la soldada debida y han sido causa de su muerte, demás de haber gravemente pecado, son obligados á hacer satisfaccion y restitucion de tres cosas, del mantenimiento, y de la soldada, y de la vida.

>> Tercera proposicion.-No siendo vivos aquellos á quien no se dió suficiente mantenimiento, ni se pagó el debido jornal, ó no son cognoscidos aunque vivan, ni padre ni madre dellos, ni hermano ni hermana, ni hijos ni hijas, ni sobrinos ni nietos, ni otros cualesquiera que puedan ser sus herederos, la facultad de componerse, comprende aquellas dos cosas: queremos decir, que es materia de composicion lo que se dejó de dar para el mantenimiento y por el jornal, porque allí está clara la obligacion de satisfacer ó restituir, é no se cognosce á quién, etc.

>> Cuarta proposicion.-Cuanto á lo tercero de la restitucion é satisfaccion de la vida, nos parece, consideradas todas las cosas, que la más proporcionada manera y más competente. de satisfacion y restitucion á que un próbido y cuerdo confesor deberia obligar los tales delincuentes, es que contribuyan para guerra contra infieles, ó que ellos mismos vayan á ella, porque pues que fueron causa de por su culpa que muriesen hombres que pertenecian á la república cristiana, es muy justa razon, que pues fué por haber oro, que con ello contribuyan para la aumentacion de la cristiana religion y estirpacion de sus enemigos, ó que ellos mismos vayan á ello.

» Quinta proposicion.-Por cosa muy conveniente, tenemos que los que á lo sobredicho son obligados, contribuyesen con alguna cantidad de aquel oro que hobieron para alguna reparacion y restauracion de aquella destruccion, que en aquellas partes, por su culpa, ha sucedido, no para provecho particular, sino para lo comun, porque pues ellos han sido causa de grandes males en aquellas comunidades, obli

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