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de posesión é aprehendiéndola, echó el brazo al dicho cacique principal é demás caciques é principales á él subjetos, por cima de los hom bros, é tomó de la mano al dicho cacique principal é se paseó con él y le mandó se asentase en su dicho, sin que persona ninguna lo contradijese; y fueron testigos los dichos Sancho de Figueroa é Jorge de Araujo é Enrique Sander é Pedro López é Bartolomé Gavilán é otros españoles.-Juan Velásquez Altamirano.-Fuí presente.-Diego Gómez, escribano.

E luego incontinente, el dicho señor Juan Velásquez, continuando la dicha posesión, teniendo la vara de justicia en sus manos, en seña de la jurisdicción real, se asentó á librar é hacer audiencia é otros autos de justicia, estando en su tribunal é presentes los dichos caciques é prin. cipales é indios, los cuales lo consintieron y hobieron por bien, é no hubo contradicción ninguna por ninguna persona; y el dicho señor Juan Velásquez, en nombre de Su Majestad, lo pidió por testimonio á mí el dicho escribano para guarda del derecho real, siendo testigos los susodichos.-Juan Velásquez Altamirano.-Fuí presente.-Diego Gómez, escribano.

De mandamiento de su merced del señor Licenciado Altamirano. oidor é justicia mayor en esta provincia, saqué el traslado de suso dicho, original, que me dió Su Merced y al presente queda en mi poder, é va cierto y verdadero y corregido, siendo testigos Francisco Logroño, escribano, é Antonio Rebolledo é Francisco Delgado, estantes en esta ciu dad; y, por ende, lo fice escribir y fice aquí mi signo, á tal, en testimonio de verdad.-Francisco de Reinoso, escribano de S. M.-Corregido con el original.-Pedro de Avendaño.-(Hay una rúbrica).

9 de marzo de 1557.

XXI.-Testimonio de dos mandamientos que dió don García de Mendoza, hijo del Virrey, mandando al contador de cuentas tomase en cuenta á Iñigo de Bocanegra ciertos libramientos suyos que había hecho en la caja real.

(Archivo de Indias, Papeles por agregar á la Audiencia de Lima, años de 1525-1570).

Yo, Juan de Herrera, escribano de Su Majestad é de sus reales cuentas, doy fee é verdadero testimonio cómo entre los recaudos é otras escripturas que Iñigo de Bocanegra, persona nombrada para el proveimiento del armada de Chile, que trajo para dar sus cuentas al señor Pedro Rodríguez Puertocarrero, contador mayor de cuentas destos reinos é provincias del Perú, estaban dos libramientos firmados de una firma que decía: Don García de Mendoza; su tenor de los cuales uno en pos de otro es este que se sigue:

Don García de Mendoza, gobernador y capitán general de las provincias de Chile, etc., digo: que yo mandé à vos Iñigo de Bocanegra, proveedor, que comprásedes tres caballos y una silla-jineta, para dar á Pedro del Castillo, que va por tierra á las dichas provincias; y ansimismo os mandé que diésedes otro caballo ensillado y enfrenado á Diego Rodríguez, persona que fué á llevar despachos míos á don Luis de Toledo; y por ésta, firmada de mi nombre, mando á cualesquier personas que os tomaren las cuentas deste proveimiento, que, sin otro recaudo ninguno, vos den y paguen los pesos de oro que ansí distes é pagastes por los cuatro caballos é silla-jineta.

Fecho en Arica, á cinco de marzo de mill é quinientos é cincuenta é siete años; los cuales dichos caballos costaron: el castaño, ciento é cincuenta pesos ensayados, y el otro tordillo, setenta ensayados, y el otro que está acá, sesenta ensayados, y la silla-jineta, cincuenta pesos ensayados, y el de Villagrán no va hecho el precio, mas de que los oficiales reales lo tasan.-Don García de Mendoza, etc.

Yo, don García Hurtado de Mendoza, gobernador y capitán general de las provincias de Chile, etc. Por cuanto vos, Iñigo de Bocanegra, proveedor, por mandado de Su Excelencia venistes á despachar á Juan Velásquez, persona que lleva á las provincias de Chile ciertos despachos de Su Excelencia é míos, que el dicho lleva por tierra, y para ello le distes y entregastes un caballo é un macho que el dicho Juan Velásquez rescibió de vos, como á mí me consta, é agora, vos el dicho Iñigo de Bocanegra pedíades el dicho caballo é macho al dicho Juan Velásquez, é yo vos mandé que no se lo pidiésedes ni demandásedes, é por ésta mando al contador de cuentas é á otra cualesquier persona que vos tomare cuenta deste proveimiento, que vos tome en cuenta é vos pague el dicho caballo é macho.

Fecho en el puerto de Arica, á nueve de marzo de mill é quinientos é cincuenta é siete años.-Don García de Mendoza, etc.

29 de abril de 1557.

XXII.-Testimonio de la cabeza de proceso que se hizo en Chile contra Francisco de Aguirre.

(Archivo de Indias, Papeles por agregar á la Audiencia de Chile, legajo 1.o)

Francisco de Carvajal, escribano de cámara de Su Católica Majestad en su Audiencia y Chancillería Real que reside en esta ciudad de los Reyes, doy fee é verdadero testimonio que parece por un proceso de pleito que en mi poder está pendiente en la dicha Real Audiencia, entre el fiscal de Su Majestad en ella contra el capitán Francisco de Aguirre, sobre ciertos excesos de que por el dicho fiscal es acusado, que en la ciudad de la Serena, de las provincias de Chile, en veinte é nueve días del mes de abril de mill é quinientos é cincuenta y siete años, el licenciado Hernando de Santillán, oidor desta Real Audiencia y justicia mayor é teniente general de las dichas provincias de Chile, hizo cierta cabeza de proceso contra el dicho Francisco de Aguirre, que su tenor del cual es este que se sigue:

En la ciudad de la Serena destas provincias de Chile, á veinte y

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nueve días del mes de abril de mill é quinientos é cincuenta y siete años, el muy magnífico señor licenciado Hernando de Santillán, oidor del Audiencia Real del Perú y justicia mayor é teniente general destas provincias de Chile, por el muy illustre señor don García Hurtado de Mendoza, gobernador dellas, en presencia de mí el escribano yuso escripto, dijo: que por cuanto á su noticia es venido que Francisco de Aguirre, vecino desta dicha ciudad, preso en un navío en el puerto della, durante el tiempo que fué teniente de gobernador en esta dicha ciudad por don Pedro de Valdivia, gobernador que fué de las dichas provincias; é después del dicho Gobernador ha hecho é cometido muchos delitos, ansí en hacerse recebir por gobernador desta tierra forzosamente y sin autoridad de Su Majestad como en desacatos y resistencias de la justicia real y no obedecer sus mandamientos y provisiones reales, y muertes y malos tratamientos de los naturales destos reinos y de otras personas particulares y otros delitos, en todo lo cual le han dado consejo, favor y ayuda y le han acompañado Grabiel de Zepeda, Joán de Cosío Guevara, Bautista Berno, Joán de Céspedes, Luis Gómez Salcedo, Joán Gutiérrez Cornejo, Domingo Pérez, Pedro de Villarreal, Arias Botellón, Antón Berru y Alonso Martín del Arroyo é Pedro de Villalba é Saldaña, y Alonso Pérez Jurado, é Joán de Aguirre, y Hernando de Aguirre, hijo del dicho Francisco de Aguirre; y porque al servicio de Su Majestad y ejecución de su real justicia conviene que sobre todo ello se haga justicia y los culpados sean punidos y castigados para en ello sea ejemplo y en los demás sea escarmiento; por ende, que para averiguación de todo ello y para proveer lo que á el caso más convenga, hacía é hizo la información siguiente, etc.

La cual dicha cabeza de proceso, yo el dicho escribano hice sacar del dicho proceso que en mi poder está, de mandamiento del señor dotor Gregorio González de Cuenca, oidor por S. M. en la dicha su Real Audiencia, en la dicha cibdad de los Reyes, en primero día del mes de febrero de mill é quinientos é cincuenta é ocho años; por ende, fice aquí este inío signo en testimonio de verdad.—(Hay un signo).—Francisco de Carvajal.

28 de agosto de 1557.

XXIII.-Juan Núñez de Vargas, tesorero, por Su Majestad, de la provincia de Chile, sobre haberle enviado preso á estos reinos el Virrey de el Perú, sin causa ni razón alguna.

(Archivo de Indias, 52-5-1/19).

En la cibdad de Santiago del Nuevo Extremo, á veinte é ocho días del mes de agosto de mill é quinientos é cincuenta y siete años, este día el muy magnífico señor comendador Pedro de Mesa, teniente de gobernador en esta ciudad y sus términos, por el ilustrísimo señor don García Hurtado de Mendoza, gobernador y capitán general en esta gobernación del Nuevo Extremo, por Su Majestad, etc., dijo: que por cuanto á su noticia ha venido que ciertas personas que están en esta cibdad, y especialmente Juan Núñez de Vargas, tesorero de S. M. en este dicho reino, han dicho é tratado contra el servicio de Su Excelencia y de Su Señoría palabras desacatadas y descomedidas, diciendo é llamándolos tiranos é que hacen tiranías é injusticias é que se han alzado é se alzan con esta tierra el padre y el hijo, y otras muchas pa labras é blasfemias é desvergüenzas semejantes; é para saber é inqui rir la verdad deste negocio y averiguar quienes son las tales personas que de lo susodicho han tratado é castigarlos conforme á derecho convenga, y hacer é hizo por ante mí Juan Hurtado, escribano de S. M. y del juzgado del dicho señor tiniente, la información de testigos siguiente:

E luego incontinenti, en el dicho día, mes é año susodicho, para la dicha información el dicho señor teniente hizo parecer ante sí al factor Rodrigo de Vega Sarmiento, oficial de S. M., del cual tomó é recibió juramento en forma, según derecho, y él lo hizo é prometió de decir [verdad], ésiendo preguntado por la cabeza de este proceso, dijo: que lo que sabe deste negocio es que este testigo, estando un día en la plaza desta cibdad, podrá haber diez ó doce días, poco más ó menos tiempo, tratando é hablando con Juan Núñez de Vargas, tesorero de S. M., sobre queste testigo le estaba diciendo que por qué causa no quería acetar ciertas libran

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