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do y paréceme que aprueba acá bien; no sé si con el parentesco me engaño.

Va por su teniente el licenciado Juan Fernández, que era fiscal en esta Audiencia, ques hombre cuerdo y de letras y experiencia, que no sé cómo Alderete había de poder llegar á aquella provincia ni cómo la había de gobernar, porque V. M. tenga entendido que conviene queste cargo é otros semejantes se encarguen á personas á quien tengan respeto; y por cartas que de Chile han venido, que se escribían á Alderete, he visto que los repartimientos andaban ya en venta y que iba la cosa trabándose de manera que no sé en qué se parará; y, según lo que entiendo, parece que Dios lo quiso atajar, por lo quél es servido.

Al licenciado Juan Fernández fué menester rogarle que acetase el cargo, aunque le señalé cinco mill pesos cada año de salario: así el su yo como los demás salarios se han de pagar de tributos vacos, y porque el que V. M. señaló á Alderete fué teniendo respecto á que tenía indios en la gobernación, que no era pequeño inconveniente, y éstos le valían mucho, y Don García no les ha de tener, se le acrecentó el, salario á doce mill pesos, porque aún con esto queda duda si se podrá sustentar, y certifico á V. M. que si fuera con otro, que me paresce que me alargara á más.

El principal interés que pretendemos yo y él es acertar á servir á V. M. Del obispo que V. M. tiene presentado para aquella provincia, ques el bachiller Rodrigo González, no tengo buena relación, como se verá por la información que invío. V. M. provea una persona de buena vida y ejemplo para allí, porque en estas tierras nuevas conviene mu cho que sea tal.

(Esta carta es de 15 de septiembre de 1556 y ha sido publicada en Amunátegui, Cuestión de Limites, I, 342; y Documentos, Archivo de Indias, IV, 99).

8 de febrero de 1556.

XII.-Provisión de la Audiencia de los Reyes para que no se moleste á los religiosos de San Francisco.

Don Carlos, por la divina clemencia, emperador, etc. Al que es ó fuere mi gobernador de las provincias de Chile, cuya gobernación tuvi mos encomendada á don Pedro de Valdivia, difunto, é alcaldes ordinarios de la ciudad de Santiago é demás nuestras justicias de ella é á cada uno é cualquier de vos, salud é gracia. Sabed que por Fr. Martín de Robleda, en nombre del monasterio del señor San Francisco, nuevamente fundado en esa ciudad de Santiago, cuya advocación se intitula de Nuestra Señora del Socorro, cómo por una petición que presentó ante el presidente é oidores de la nuestra Real Audiencia y Chancillería que por nuestro mandado reside en la ciudad de los Reyes, reinos del Pirú, nos hizo relación, diciendo que había más de tres años que él había ido á esa dicha provincia y llevado religiosos para fundar en ella una casa y monasterio de la dicha Orden, donde se celebrasen los oficios divinos y predicase el santo evangelio y entendiese en la conversión y doctrina de los naturales; y llegado que fué á esa dicha ciudad él y los religiosos dichos, el Cabildo, Justicia y Regimiento de ella, pareciéndoles lugar conveniente, le persuadieron á que fundase la dicha casa en un sitio que estaba señalado para una ermita, é á su ruego é instancia fundaron é hicieron la dicha casa, en la cual ha casi tres años que residen y celebran los oficios divinos y predican el sagrado evangelio y entienden eu la conversión y doctrina de los naturales, donde ha habido sacramento y no en otra parte de toda la dicha provincia; y que era así que el reverendo in Cristo padre don fray Tomás de San Martín, obispo de la ciudad de la Plata, provincia de los Charcas, ya difunto, por cercanía había proveído á esa dicha provincia al bachiller Rodrigo González, para que visitase las iglesias, españoles y naturales en lo espiritual, el cual los había inquietado en la posesión que habían tenido y tenían de la dicha casa y monasterio, diciendo no le haber podido fundar allí, por haber sido primero señalado aquel sitio para una ermita llamada Nuestra Señora del Socorro, y por esta causa se

y

había de mudar á otra parte y no gozar de la limosna que á dicha casa se había fecho y hacfa; y que sobre lo uno y lo otro los inquietaba y perturbaba su posesión é impedía en aquellas cosas en que se habían de ocupar; y nos pidió y suplicó que, atento que la dicha Casa era la primera que en esa dicha provincia se había fundado de la dicha Orden, como el beneficio que en ella se hacía á los españoles é naturales, é á que se fundó allí á persuasión y consentimiento del Cabildo, y el beneficio que con ella se sigue, mandásemos proveer de remedio en ellò, de manera que los dejase libremente usar de la dicha posesión y fundación de la dicha Casa y la continuación de la obra de ella y gozar de las limosnas que se hubiesen fecho é hiciesen, sin que por ninguną persona fueren para ello inquietados ni molestados, ó como la nuestra merced fuere: lo cual, visto por el dicho presidente é oidores, fué acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón, y Nos tuvimoslo por bien, por la cual os mandamos que no consintais ni deis lugar á que los religiosos de la dicha Orden sean inquietados ni molestados en la posesión que tienen del dicho monasterio fundado en esa dicha ciudad, sobre decir que el sitio en que se fundó estaba señalado para ermita, é que libremente usen de ella é de la continuación de la obra que en ella se hiciere, y gocen de las limosnas que se hubiesen fecho é hicieren en la dicha Casa, é sin que por ninguna. persona sean sobre ello molestados ni inquietados, ni les sea puesto embargo ni impedimento alguno: lo cual así haced é cumplid, so pena de la nuestra merced é de mil pesos para nuestra cámara.

Dada en la ciudad de los Reyes, á ocho días del mes de febrero de mil quinientos y cincuenta y seis.--Dr. Bravo de Saravia.-El licenciado Fernando de Santillán.-El Licenciado Altamirano.-El Licenciado Mercado de Peñalosa.

Yo, Pedro de Avendaño, escribano de cámara de su Cesárea y Católica Majestad, la fice escribir por su mandado, con acuerdo de su presidente é oidores.-Registrada.-Por chanciller.-Francisco Ortigosa.

12 de marzo de 1556.

XIII-Carta de Jerónimo Alderete al presidente y señores del Consejo Real de las Indias.

(Archivo de Indias, 146-1-8).

Muy ilustres y muy magníficos señores:-Desde la isla de la Palma escrebí á V. S. cómo habíamos llegado allí veinte naos, y habiendo dos días questábamos comenzándonos á proveer de lo necesario, cargó tan recio temporal, que no se podiendo las naos sustentar sobre las amarras, perdiendo las anclas y cables, nos convino ir cada uno por su cabo; yo trabajé de juntar conmigo seis naos y con ellas vine hasta las islas de la Dominica y Martinica, y se apartaron de allí dos dellas que iban á Nueva España, y con las demás vine al puerto de Nombre de Dios, donde, sabiendo questaba el Virrey aprestando su partida, vine á entender si había alguna cosa en qué servir á S. M., y como las cosas del Perú están tan quietas y todos con tanto deseo de la llegada del Virrey, aunque hay tanta gente, que hairde ser menester grandes mañas para quietarlos; y entendiendo esto y que convenía...... desaguase mi parte, ansí por tener donde empleallos como por haber muerto en aquella tierra muchos españoles en el alzamiento y guerras, me quedo aparejando para partirme en fin deste mes. Están con gran deseo de mi llegada, que, aunque no ciertos de mi ida, entienden que S. M. será servido de mandarme hacer la merced que me ha hecho; hanles avisado y saberlo han en breve; hay procuradores de los pueblos en la ciudad de los Reyes, y es tanto su contento de mi ida, que no lo pueden creer: plega á Dios me dé gracia para que acierte á servir á S. M., como yo lo deseo. A V. S. suplico mande se tenga otra orden en lo de la venida de las flotas, pues, por no la haber habido buena, han sucedido tantas pérdidas, ques cierto ques la cosa más perdida que hay en el mundo estas armadas, porque hay en las naos de armada harto menos defensa que en las merchantes, y al fin nunca vienen juntas, y es mucho mejor que, cargadas doce ó quince naos, partan, señalando una á quien obedezcan, y saldrán en buen tiempo y volverán en él, y

evitarse han muchas pérdidas, porque las naos vendrán más bien acondicionadas y esta tierra estará más proveída. Siempre avisaré á V. S. de lo que sucediere y viere que conviene.

Nuestro Señor la muy ilustre y muy magnífica persona de V. S. guarde y estado acreciente, como los criados y servidores de V. S. deseamos. De Panamá, doce de marzo de mil quinientos cincuenta y seis años.

Muy ilustre señor.-Criado y servidor de V. S. que sus muy ilustres pies y manos besa.-(Firmado).-Jerónimo Alderete.

30 de julio de 1556.

XIV.-Carta del doctor Hernán Pérez á S. M.

(Archivo de Simancas, Estado, legajo 114, folio 271).

C. R. M.:-Ya Vuestra Majestad tendrá entendido la muerte de Alderete, á quien V. M. había hecho merced de la gobernación de Chile, el cual dicen que enfermó en Panamá y se pasó á curar á una isla que está allí cerca, á donde murió. Ha hecho grandísima lástima á todos los que le conoscían y vieron partir de esta cibdad, porque, allende que era tenido por muy buena persona, lo que más se ha sentido es que llevaba su mujer y cerca de doscientas personas, hombres y mujeres y doncellas, toda gente noble, que ningún otro amparo llevaban ni les quedó sino el suyo y el de Vuestra Majestad; llevaba ansimismo consigo á Francisco de Mercado, su hermano mayor, que es caballero de mucha bondad y de otras muchas buenas partes y casado, aunque dejó acá á su mujer y fué sin ella con licencia de Vuestra Majestad, del cual creo hay entera noticia en el Real Consejo de Indias: pienso que sería muy acepta á Nuestro Señor cualquiera merced que Vuestra Majestad le mandase hacer para remedio suyo y de tanta gente principal desamparada, mandándole V. M. proveer de la gobernación que llevaba su hermano, ó si en esto viniese, por razón del estado de la tierra, alguna dificultad, se le diese el adelantamiento y indios que su hermano tenía antes, ó otra cosa principal con que se remediasen. Bien creo que en el Consejo Real de Indias se habrá mirado, como todas las otras cosas,

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