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este reino había personas principales, de calidad y ricas que hicieran la dicha jornada sin que Vuestra Majestad gastara en ello un real, como la iba á hacer el adelantado Alderete.

Así que él busca é inventa todas las cosas que á él le parecen razonables para dar á entender á V. M. que lo que ha gastado ha sido necesario, siendo todo tan al revés como tengo scripto.

Y porque de todas ó de las más cosas que hay que dar aviso, demás de lo que yo he scripto, los oidores desta Abdiencia envían relación larga, no tengo qué decir, mas de remitirme á lo que escriben, que todo ello es cierto y verdadero y se podrá probar é averiguar con gran copia de testigos harto más abténticos y verdaderos que no son los que él busca para hacer las probanzas é informaciones que él acá hace y envía contra los que acá estamos que no somos á su gusto.

Y porque estando escribiendo ésta, vinieron á mi poder ciertos libramientos é mandamientos de Don García, hijo del Visorrey, que el dicho Don García dió para ciertas cosas de su aviamiento para Chile, y porque Vuestra Majestad entienda mejor cuán absolutamente manda su padre en esta tierra, me parece enviar un traslado abtorizado de dos de los dichos libramientos y mandamientos, para que por ellos se vea que pues el hijo manda tan absolutamente, no teniendo poder, el padre que dice que le tiene, ¿cómo lo debe hacer? porque en todo lleva instrución de su padre que mande y gobierne en Chile por la orden que él lo hace en el Perú. Y así, van los libramientos con ésta, por uno de los cuales me manda á mí señaladamente que pase y reciba en cuenta lo que el libramiento dice; y no los envío originales por el peligro que hay de poderse perder.

Estando escribiendo ésta, llegó un navío de Chile que trajo nuevas cómo Don García era llegado á la Concepción, por lo cual el Virrey hizo hacer gran regocijo y grandes luminarias, juegos de cañas é toros y otras fiestas, y las nuevas fueron cómo habían llegado Don García y los que con él iban hasta los indios, y que él y los españoles quedaban metidos en un fuerte, donde los indios les habían muerto dos españoles y herido hasta treinta, y al que trajo la nueva, que era un paje de don García, le dió cuatrocientos pesos de vuestra caja real.

Parece que el Inga, que es un hijo de Guainacaba, que era el here. dero desta tierra, estaba retirado en una provincia que llaman los Andes, que es una tierra montuosa y áspera, hasta ciento veinte leguas de

aquí; tenía consigo cuatro mil indios; dicen que viene de paz y que está ya dentro de los términos deste reino, cuarenta ó cincuenta leguas de aquí; y para esta venida, el Virrey le ha enviado hartas cosas de vestidos de seda, piezas de plata de beber y otras cosas, á costa de V. M., entre las cuales le envía agora con un criado suyo una mula, que costó quinientos castellanos, é una guarnición de terciopelo para ella con una franja de plata, y copas y estribos de plata que el Virrey traía aquí en una mula suya, la cual guarnición era de don Pedro de Cabrera, y cuando se fué deste reino la mandó vender, y se sacó en almoneda en sesenta pesos; y después de venido el Virrey aquí, se la presentaron, y porque no se le perdiera, la mandó tasar en doscientos pesos para enviar al Inga, como digo, los cuales son á costa de la caja de V. M., y desta manera echa á perder su hacienda y adquiere la de Vuestra Majestad y lo mismo hace su hijo en Chile, porque lo que le presentan y sirven para la gente de guerra los vecinos de aquella provincia, lo hace tasar el dicho Don García y hace que los oficiales de vuestra hacienda real se lo paguen, como desto y de lo demás de aquel reino dará mejor relación Juan Núñez de Vargas, tesorero proveído por V. M. para aquella provincia, el cual el Visorrey envía preso y desterrado destos reinos sin ninguna ocasión, sino sólo porque es criado de Vuestra Majestad é proveído por su mano, para poder dar el oficio á algún criado suyo; y todas las cosas de acá van desta manera ó peor, como lo escribo largo é importunamente por la necesidad que hay de remedio con brevedad, porque á no remediarse, el Virrey y su hijo se podrían quedar en estos reinos, y los oidores y criados de Vuestra Majestad que acá estamos, irnos á servir á ésos, porque acá no lo podemos hacer, sino sólo la voluntad del Virrey, y esta es tan contraria al servicio de V. M. cuanto io verá en su hacienda, porque cada día de los que se dilatare el remedio, irá con mayor diminución. Nuestro Señor la sacra católica persona de Vuestra Majestad Real guarde y prospere muchos años, con mayor acrecentamiento de reinos y señoríos, como la cristiandad y estos reinos especialmente lo han menester y sus criados deseamos. De los Reyes, á ocho de diciembre de mil quinientos y cincuenta y siete años.

Después de scripta ésta, el factor Bernardino de Romay sacó de los libros la relación de lo que se ha librado después de lo que va en este pliego, que es desde el diez de septiembre de mil é quinientos é cin

cuenta y siete hasta el siete de diciembre deste año, que monta más de cuarenta mil pesos, como por ella Vuestra Majestad verá, y entre ellas hay una partida de cuatro mil pesos que se han dado de la caja á Barahona, su caballerizo, y el libramiento por donde se le dieron dice que se los manda dar porque le envía á que haga relación á S. M. de lo que ha hecho Don García en Chile, y de tres galeones que ha enviado á descubrir el Estrecho de Magallanes y de la venida del Inga de paz y otras cosas, y este Barahona es casado y tiene su mujer con la Marquesa, y por esto, y por ser enfermo, le envía, que, pues, éste no se ha hallado en Chile, no puede hacer más relación de lo quel Virrey escribiese.-S. C. M.-Besa los pies de V. M. Real, su menor criado. -Pero Rodríguez Puertocarrero.

16 de diciembre de 1557.

XXVI.-Parecer del Consejo de Indias acerca de la persona del bachiller Rodrigo González.

(Archivo de Indias, 140-7-32).

Muy alto y muy poderoso señor:-El año pasado de cincuenta y cuatro, el Emperador, nuestro señor, nos mandó escribir que por la buena relación que había tenido de la persona del bachiller Rodrigo González, le había presentado al obispado de las provincias de Chile; y entendido por este Consejo, escribimos á Su Majestad que por sus reales provisiones estaba proveído y mandado que los clérigos que estaban en aquellas partes que hubiesen sido frailes, no solamente no fuesen proveídos de beneficios ni dignidades, pero que fuesen echados de la tierra y enviados á estos reinos, é que porquel dicho bachiller Rodrigo González había sido fraile profeso y de los contenidos en el mandato y prohibición de Su Majestad, y que, puesto en este Consejo Jerónimo de Alderete en nombre del Gobernador y de las dichas provincias de Chile, le había pedido por perlado y suplicado que S. M. fuese informado de los méritos de su persona, por la dicha causa no se había hecho; y que S. M., sabido esto, proveyese lo que fuere servido, á lo cual Su Majestad nos mandó responder que por lo haber pedido el Gobernador y

los pobladores de las dichas provincias y haberle hecho buena relación de su persona y lo que trabajó en la conquista, había tenido por bien y se había enviado la presentación á Roma; y que ansí por aquella vez (roto) los despachos necesarios y para adelante se mirarían en lo que habíamos escripto (roto) ha escripto á este Consejo sobre lo que toca a la persona del dicho bachiller Rodrigo González (roto) Vuestra Majestad mandará ver por el traslado de un capítulo de su carta, que va con ésta, y enviado la información de que en él se hace mención, el traslado de la cual va asimismo aquí; y por ella parece quel dicho Rodrigo González tiene mucha cantidad de indios y que los echa á las minas, y cerca de la honestidad de su persona no se tiene la satisfacción que conviene; y vista la dicha información por este Consejo y lo que el dicho Visorrey escribe, parece que siendo el primer obispo converná proveerse allí una persona de buena vida y ejemplo; y que pues en Roma no se han expedido hasta agora las bulas de este obispado, segund estamos informados, que V. M., siendo servido, debe mandar proveer que no se expidan y presentar á este obispado otra persona que convenga al servicio de Dios y de V. M. y descargo de su real conciencia y bien de los españoles y naturales que en aquella tierra residen; y que, siendo V. M. servido que ansí se haga, mande dende ahí escribir á Roma á la persona que allí reside en los negocios que haga diligencia para que no se expidan las dichas bulas, y por ser esto cosa que tanto importa al descargo de la conciencia de V. M. y bien de aquella tierra y por avisar dello el Visorrey nos ha parescido tornar á dar noticia de este negocio á V. M., para que mande en ello lo que fuere servido. Nuestro Señor la muy alta y muy poderosa persona de V. M. guarde bienaventuradamente con aumento de más reinos y señoríos, como su real corazón desea.-De Valladolid, á 16 de diciembre de mil quinientos cincuenta y siete.-De Vuestra Majestad humildes criados que sus reales manos besan.-Licenciado Tello de Sandoval.-Licenciado Birbiesca.-El Doctor Vásquez.-El Licenciado Villagómez.-(Hay cuatro rúbricas).

21 de diciembre de 1557.

XXVIII.-Depósito de ciertos indios que don García Hurtado de Mendoza hizo en las personas que se indican.

(Archivo de Indias).

En el asiento é valle de Tucapel, á veinte y un días del mes de diciembre del año del Señor de mil é quinientos y cincuenta y siete años, el muy ilustre señor don García Hurtado de Mendoza, gobernador é capitán general destos reinos é provincias de Chille, dijo: que por cuanto él ha venido á la pacificación é allanamiento de los indios alterados en los términos de la ciudad de la Concepción, que agora está despoblada, é destas provincias de Arauco, y envía al presente á tornar á reedificar é poblar la dicha ciudad de la Concepción, é conviene por llamallos mejor de paz y enseñarlos é doctrinarlos en las cosas de nuestra santa fee católica y que la tierra se sustente y esté de paz, é para otras cosas convinientes al servicio de S. M., se repartan los dichos caciques é indios ó los más dellos en personas particulares que hagan lo susodicho; por ende, que teniendo ante todas cosas á Dios delante para hacer el dicho repartimiento en personas que hayan servido á S. M. en la conquista é sustentación de la tierra é que sean buenos cristianos y temerosos de Dios é de sus conciencias é que miren por el buen trata. miento é conservación dellos, hasta que él sea informado por entero del estado en que está la tierra é la reforme ó mande otra cosa cerca dello, hacía depósito de los indios que de yuso irán declarados en las personas siguientes:

A don Luis de Toledo lo de Hernando de Huelva é Gregorio Blas. A doña Marina, lo de Giraldo é Lozano.

A don Miguel de Velazco, lo de Joán de Vera, con el principal Llau

llomilla de Diego Díaz.

A Pedro Esteban, lo de Jerónimo de Vera.

A Francisco de Ulloa, lo de Bernardino de Mella.

A don Cristóbal de la Cueva el lebo de Castañeda con el principal de Diego Oro.

DOC. XXVIII

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