Manual y aplicación práctica de la Ley de las Reales Disposiciones vigentes sobre espropiación [sic] forzosa por causa de utilidad pública

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M. Anoz, 1860 - 259 pàgines

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Frases i termes més freqüents

Passatges populars

Pàgina 112 - ... sobre la necesidad de que el todo ó parte de una propiedad deba ser cedida para la ejecucion de una obra declarada ya de utilidad pública, y habilitada con el correspondiente permiso.
Pàgina 17 - Declaracion de que es indispensable que se ceda ó enagene el todo ó parte de una propiedad para ejecutar la obra de utilidad pública. 3.° Justiprecio de lo que haya de cederse ó enagenarse. 4.° Pago del precio de la indemnizacion.
Pàgina 20 - ... sin perjuicio de asegurar, con arreglo á las leyes, las cantidades que reciban por premio de indemnización en favor de sus menores ó representados. Art. 7.
Pàgina 100 - En el caso de no ejecutarse la obra que dio lugar á la espropiacion, si el Gobierno ó el empresario resolviesen deshacerse del todo ó parte de la finca que se hubiese cedido , el respectivo dueño será preferido en igualdad de precio á otro cualquier comprador. Art. 10. Las rentas y contribuciones correspondientes á los bienes que se...
Pàgina 13 - Publicación en el Boletín oficial respectivo, dando un tiempo proporcionado para que los habitantes del pueblo ó pueblos que se supongan interesados, puedan hacer presente al gobernador civil lo que se les ofrezca y parezca. Segundo: Que la diputación provincial, oyendo á los ayuntamientos del pueblo ó pueblos interesados, esprese su dictamen, y lo remita á la superioridad por mano de su presidente. Art. 4.°...
Pàgina 12 - Reales órdenes que definitivamente resuelvan los expedientes de minería, se admitirá también, con arreglo á los artículos 2o y 26 del reglamento de 27 de Julio de 1853 para la ejecución de la ley de...
Pàgina 119 - ... de Julio de 1836, y los de la de 2 de Abril y Reales disposiciones de 19 de Setiembre y 2 de Octubre de 1845 en los casos de daños, perjuicios y servidumbres.
Pàgina 88 - Las traslaciones de dominio, cualquiera que sea el título que las produzca, no obstarán para continuar en las diligencias de reconocimiento y tasación, subrogándose el nuevo dueño en las obligaciones y derechos del anterior poseedor.

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