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puso en el patio del duque: atemorizáronse todos al ver al leon: solo Diego de la Serna Bracamonte, que á la sazon hacia el oficio de mayordomo mayor del duque, hombre de gran corazon y escesivas fuerzas y notado como valiente, viendo al leon suelto y en disposicion de despedazar á alguno, tomó el hachon encendido que ardia en la sala, porque eran las nueve de la noche, y llevado de su valor y esfuerzo, con un ánimo mas que temerario, metió la mano á la espada, y bajando la escalera para estorbar que el leon subiese, se encontró con él, y encandilándole con la luz, le atemorizó con el fuego, le asió de la melena y le bajó al patio, y sacándole del palacio, le encerró en la jaula con admiracion de todos. El duque alabó mucho su denuedo y gallardía por haber sujetado á la fiera.

El emperador Cárlos I condecoró al duque D. Diego Hurtado de Mendoza con el collar de la insigne órden del Toison de Oro, siendo el primer señor de la casa del Infantado que le tuvo, y uno de los veinte caballeros de esta órden que reservó al César para elegir en 1516 en el capítulo celebrado en Bruselas.

Dia 11.

La indicacion que hicimos hace pocos dias, de haberse confirmado el privilegio de absoluta franqueza á favor de los vecinos de Sepúlveda en las Córies de Búrgos de 1379, nos conducen á hablar hoy de ellas, porque las peticiones que presentaron los procuradores fueron respondidas por D. Juan 1 en este dia 11 de agosto del mismo año.

Fernandez, en la Historia de Plasencia, desde la pági na 80, imprime parte de estas peticiones, confundiéndolas con el ordenamiento de las leyes sobre caballeros armados, ropas que debian vestir ellos, sus mujeres y escuderos, pragmática de lutos y contribuciones municipales del lugar donde el rey se hospedase. Este ordenamiento se hizo y publicó á voz de pregon tres dias antes, y despues, en dicho dia 11, se devolvieron las peticiones respondidas por el rey.

Sus ejemplares estan algo varios en las copias antiguas que hemos visto, sacadas de las que existen en el real monasterio de San Lorenzo, y que se conservaban entre los volúmenes de D. Luis Salazar y en el archivo del monas

terio que fué de San Martin en esta córte; pero Toledo es quien guarda en el suyo estos documentos originales, y de ellos resulta que las peticiones fueron 37. En estas se nos insinúa cómo el rey, antes de ser coronado en Búrgos, fué armado caballero, en memoria de cuyo solemne acto perdona á todos los delincuentes hasta aquel dia, escepto los delitos de alevosía y 'raicion, y absuelve absolutamente á los deudores al fisco real por penas pecuniarias ó atrasos. Quitó asimismo el derecho que como soberano le correspondia en el cuño de la moneda, para que con este alivio se acuñasen maravedises, de que habia suma falta. Volvió la audiencia real al estado que tenia en tiempo de su pad re D. Enrique II. Dictó leyes políticas para poner en bue n órden la concurrencia á su córte y libertarla de yagos, renovando los aranceles de cancillería, ministros de just icia y escribanos.

Mandó que se reconociese en su audiencia la legitimidad con que cobraba en algunos lugares el voto de Santiago. Coartó prudentemente algunos escesos del fuero eclesiástico. Confirmó las hermandades del reino. Arregló la cobranza de las rentas del Estado. Moderó el cargado repartimiento de la sal, que se hacia por todo el reino desde que su padre se hubo apropiado todas las salinas.

En fin, en todas las respuestas á las citadas peticiones se descubre el talento, la rectitud, prudencia y piedad con que entró á gobernar este gran rey, á quien en medio de su celo, ac tividad y esmero por la causa pública, negó el rostro la fortuna en repetidas ocasiones, hasta quitarle á fuerza de sentimientos la corona, al cabo de poco más de diez años que con tanto derecho se la habia ceñido.

Dia 12.

Dos cuadernos de Córtes celebradas en tiempo de don Fernando IV, rey de Castilla, y en que se contienen ciertas leyes harto notables, hemos hallado con una misma fecha del dia de hoy, 12 de agosto, ambas en Valladolid, aunque en diferentes años, pues las primeras corresponden al de 1295, y las segundas al de 1301. Sus contenidos son muy semejantes; lo que nos hizo dudar si habria alguna equivocacion en la fecha del año en alguno de los traslados ó copias antiguas. Pero habiendo visto el original de las primeras, que guarda en su archivo la villa

de Medina de Rioseco, y que este correspondia en todo á otro original conservado en la de Aguilar de Campoó, el cual está refrendado por Gerónimo García, canciller del infante D. Enrique, tio del mismo rey y su tutor, hemos notado que, por mandado de dicho rey, lo hizo escribir en el año primero que reinó. Nos hemos certificado de que verdaderamente se celebraron Córtes en Valladolid en el año de 1295 por D. Fernando el IV, siendo desde luego las mismas en que fué jurado y reconocido por rey y sucesor de su padre D. Sancho el Bravo. La legitimidad del cuaderno de las segundas Córtes tenidas en Valladolid, año de 1301, la hallamos en dos copias idénticas, sacadas del archivo de la villa de Santander por D. Antonio Guerra de la Torre, autor de la obra inédita sobre el Origen de la Cantabria, y por el célebre conde de Mora, que dice la tomó del archivo de Toledo. Comprobada de este modo la diversa época de la celebracion de ambas Córtes, notamos por sus cuadernos que á unas y otras asistieron los prelados y ricos-hombres, maestres de las órdenes y procuradores de las ciudades y villas, de quienes, oidas por el rey las peticiones, y tomado el consejo de la reina doña María, su madre, del infante D. Enrique, de Ruy Perez, maestre de Calatrava, el cual llama al rey nuestro Amo, porque lo habia criado, y de D. Juan Esbrás, maestre de Santiago, se determinaron los puntos siguientes:

Primeramente, otorgó el rey que guardaria todos los privilegios, fueros, usos y costumbres que tenian los pueblos desde el tiempo del emperador D. Alonso.

Segundo: mandó que todos los arzobispos, obispos y abades se retirasen á sus residencias, quedando única mente en la comitiva del rey los capellanes necesarios para el servicio de la capellanía real.

Tercero: dispuso que los prelados y oficiales que habian servido al lado de su padre se retirasen á sus casas, dando primero cuenta de los cargos que habian obtenido, y nombrándose otros de nuevo con acuerdo de la reina é infante, tomándolos de los hombres-buenos de las villas, y probibiéndose á los judíos el ejercer oficio alguno palatino.

Cuarto: ordenó que igualmente recaudasen los tributos reales los hombres-buenos en sus pueblos respectivos, y que no entendiesen en dicha recaudacion los judíos, ni se hiciese de ella arrendamiento.

Quinto: dió disposiciones para que restituyesen á sus dueños los lugares y heredamientos de que habian hecho donacion su abuelo y su padre.

Sesto: prometió no enagenar de la corona pueblo alguno doude no hubiese merino ó alcalde.

Sétimo: puso los sellos reales en personas legas, teniendo el de Leon una natural de aquel reino, y el de Castilla otra cualesquiera de sus provincias, previniéndolas que no diesen carta real en blanco.

Octavo: tambien previno que no suministrasen mantenimientos á la casa real sin pagarse; que los castillos y alcázares se entregasen á los hombres-buenos de las villas realengas; que permaneciesen las hermandades establecidas hasta el dia, y últimamente, que no fuesen ricos hombres los merinos mayores de Castilla, Leon y Galicia. La repeticion de todos estos capítulos en las Córtes de Valladolid de 1301, hace creer que seguia el rey don Fernando con las mismas máximas de buen gobierno, que habia concebido luego que subió al trono, y que deseaba establecerlas en beneficio de la causa pública.

Dia 13.

Aunque andan impresas las peticiones y respuestas de las Córtes celebradas en Valladolid, año de 1523, no sucede así con las que se presentaron en las sesiones tenidas al año inmediato en dicha ciudad, donde, por testimonio dado por el escribano de Córtes Francisco de Salmeron, consta específicamente todo cuanto en ellas se actuó. Refiriéndonos á este documento, que es muy poco conocido, decimos que en las Córtes de Valladolid de 1523, disueltas á principio del mes de setiembre, quedaron sin resolver tres puntos de bastante consideracion. Reducíanse estos al general encabezamiento de rentas reales que proponia establecer el emperador D. Cárlos, bajo condiciones justas y razonables; al modo de evitar la saca de la moneda de España á reinos estranje→ ros; y al método que debia establecerse para asistir, sin gravámen del Estado, á los muchos huéspedes que recibió el emperador en su casa.

Para determinarlos, se espidió la convocatoria en Búr gos á 9 de junio de 1524, señalando, para concurrir los procuradores á Valladolid, el dia de Santiago inmediato;

pero, no pudiendo verificarse así, se prorogó hasta el dia 1.o de agosto. En 3 de dicho mes empezaron las sesiones tenidas en la sala capitular del monasterio de San Pablo de aquella ciudad, siendo presidente de las Córtes el señor de Hatinara, gran canciller del reino.

Asistió á ellas Fr. Don García de Padilla, comendador mayor de Calatrava y presidente del Consejo de Ordenes, y tambien, como letrado de Córtes, el célebre doctor Lorenzo Galindez de Carvajal. Pasóse esta primera sesion en presentar los procuradores de ciudades y villas los poderes especiales que se les habian pedido para deliberar sobre estos puntos, y en recibir el juramento acostumbrado á los que no habian asistido á las Córtes anteriores.

En el dia 4, Bartolomé Ruiz de Castañeda, secretario del emperador, leyó un papel en su nombre, en que estaba espresada toda la proposicion de Córtes, relacionando muy menudamente cuanto habia hecho en defensa del reino y de su honor en los dos años anteriores y desde que se habia embarcado en la Coruña. Cuéntase el desafío con Francisco I, rey de Francia, el recobro de Fuenterrabia, las campañas de Italia y Francia, y en fin, lo que habia pasado en Flandes y en Inglaterra, y el casamiento concertado de su hermana con el rey de Portugal.

Toda esta relacion es tan circunstanciada, que puede ilustrar en gran parte los sucesos de estos dos años, sin embargo de lo que han escrito Sandoval y otros sobre ellos. A consecuencia presentaron los procuradores diez y ocho peticiones, á las cuales el emperador dió respuestas congruentes en 8 del mismo mes de agosto, y en este mizmo dia aprobó el reino el casamiento de la infanta doña Catalina; pero no pudiéndose avenir en estas y otras sesiones que se tuvieron, sobre los tres puntos principales de la convocacion, resueltamente el presidente, en nombre del emperador, les hizo saber en la tarde de este dia 13 de agosto, que despedia las Córtes por ser urgente su asistencia, dejando encargado á su tesorero Alonso Gutierrez, Cristóbal Cueto y Per Yañez, que entendiesen sobre el encabezamiento; y en cuanto à la moneda y posadas de huéspedes, dijo que tomaria por sí las providencias que más conviniesen. Aunque los procuradores quisieron presentar nuevas peticiones, no fueron oidas, y se remitieron al Consejo para su resolucion, segun costumbre.

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