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»en lo cual todos tiempos devedes acatar, é mirar segun »sodes tenudos; vosotros podedes estar seguros que yo »non daré lo tal, cerca de lo qual mas largamente fable »con los Procuradores de las dichas cibdades é villas de >>mis regnos, declarándoles el fecho de la verdat, é fago >>multo en satisfacer porque soy el Rey. Dada en Medina »del Campo, tres dias de agosto de mil é quatrocientos é >>treinta é nueve anno. Yo el Rey. Yo Asensio Rodriguez, »doctor de Laguna, lo fiz escrebir por mandado del Rey »nuestro señor.»

Esta carta circular reconcilió en parte los ánimos de los castellanos, y es muy notable por las circunstancias de aquella época.

Dia 4.

Una de las cosas mas curiosas que se presentan para el estudio de nuestras antiguas costumbres, son sin disputa los procesos de las Córtes celebradas en Aragon por sus reyes desde el siglo XIII: los cuales se guar dan originales en el archivo de la diputacion, que está en Zaragoza, formando algunos de ellos volúmenes de estraordinaria magnitud. Uno de estos es el proceso de las Córtes que el rey católico D. Fernando convocó desde Búrgos, con llamamiento espedido en este dia 4 de agosto de 1495, para la ciudad de Tarazona. Indícalas Zurita en el libro II de la historia de este rey, cap. 12, hablando únicamente de la proposicion que en ella hizo para exigir del reino el servicio que le otorgó de 200 hombres de armas y 300 ginetes, mantenidos á su costa, por tres años, para defender la tierra contra la invasion del rey de Francia por el Rosellon, nombrando los siete capitanes que señaló el rey para su mando, refiriendo que se dió poderá cuarenta y ocho personas para insacular los oficios del reino: que se eligieron ciertos comisarios que investigasen los fuegos de que constaba cada pueblo de Aragon, para repartir las sisas, de que habia de mantenerse aquella tropa: últimamente, se suspendieron por diez años las hermandades que ejercian las ciudades y villas, sustituyéndose el fuero de la justicia criminal, establecido en las últimas Córtes de Zaragoza. Todo esto se halla menudamente esplicado en dicho proceso, donde se leen las condiciones con que se alistó aquel cuerpo del ejército; las armas que se dieron

á cada uno de los soldados, y la revista que de ellos se hizo en la plaza de la Seo de Zaragoza, levantándose un hermoso tablado, durando varios dias esta funcion, por prestar todos solemne homenaje en manos del diputado que se nombró para ello, y asimismo el tiempo y lugares en que hicieron su servicio, hasta cumplidos los tres años; de los 48 insaculadores, y los que salieron por suerte la primera vez que este acuerdo de Córtes se puso en práctica. Igualmente dice quiénes fueron los comisionados para numerar los fuegos de todo el reino, y se traslada lo que resulta de esta investigacion para saber su poblacion verdadera en aquellos años. Esta nomenclatura es muy dilatada, y por consiguiente inoportuna para insertarse aquí: solo notarémos que empezó á hacerse la investigacion por la villa de Alfocea, espresándose los nombres de las cabezas de familia, y que Zaragoza constaba de 1937 fuegos.

Insertábanse tambien las leyes y providencias que se establecieron para el nuevo juzgado criminal, y prometiéndose que, concluidos los dichos años, volverian las ciudades y villas á usar de las hermandades. Además de todo esto, que indica Zurita, constan en el proceso de estas Córtes las disposiciones que se tomaron para acuñar moneda de plata y menuda, porque habia falta de ella; la creacion de oficiales para la córte del justicia de Aragon; las mercedes que se hicieron para D. Alonso de Mur por los servicios que su padre D. Juan habia hecho a la corona; la absoluta donacion que el rey hizo á la ciudad de Zaragoza de todo el caserío y lugar que habian ocupado los judíos, que acababan de ser espelidos de ella pocos años antes, con el castillo de Cuatro-Torres donde estaba la cárcel, cuyo edificio y encierro confinaba con la célebre calle del Coso, diciendo el rey que lo hacia para dar mayor estension al pueblo; y por último, despues de varios decretos, concluia el proceso con espresar las veces que, sin embargo de lo insinuado por el rey para que cesase el sueldo de la gente, por hallarse en treguas con el de Francia, no quiso el reino licenciarla, á fin de tenerla pronta al servicio de tan gran monarca. Es notable que se diga aquí la causa de haber finalizado las Córtes en 19 de octubre: fueron contínuas las protestas del brazo de ciudades por sus fueros, y del eclesiástico por sus inmunidades.

Dia 5.

Ocurre repetidas veces en los fueros y leyes antiguas de España la palabra medianeto, de significacion demasiado importante para que no se hubiese omitido en los diccionarios de nuestra lengua que hasta hace poco tiempo se han publicado, y no sabemos si habrá sucedido lo mismo en los que nuevamente se han dado á la prensa. Ni Cobarrubias, ni Alderete, tan esmerados en buscar los orígenes de las voces de nuestro idioma, así antiguo como de su tiempo; ni Celso, que vivió en una época en que estaba más en uso, y de propósito escribió un vocabulario político-jurídico, la refieren. Nosotros, porque con ella no se borre de la memoria una de de las costumbres mas bellas y sencillas de nuestros mayores, hemos determinado esplicarla, ya que la casualidad pone en nuestras manos un documento del dia en que se halla. Es este la escritura de convencion 6 concordato que los caballeros de la cofradía de Alava celebraron con Vitoria y su señor, el rey D. Alonso el Sábio, concluido en este dia 5 de agosto de 1558, y llevado para su aprobacion á aquel monarca, que estaba en Segovia, y allí añadió en 18 del mismo mes su firma y sello. Entre los artículos de este concordato se halla uno en que se dice que subsista el medianeto para juzgar' los pleitos entre los caballeros de Alava y vecinos de Vitoria, en la iglesia de San Miguel. La carta puebla que en el año de 1181 dió á los que poblasen á Vitoria el rey don Alonso el Sábio de Navarra, señalaba para iglesia juradera, ó donde se recibiese el juramento judicial, segun la costumbre antigua, el mismo templo de San Miguel, y añadió que el medianeto le tuviesen siempre á la puerta de la villa para hacer justicia á todos los que se querellaren de ellos. La etimología parece venir de que este tribunal se fijaba siempre en un lugar medio entre los ciudadanos y aldeanos, para su mas fácil acceso; de suerte que, mirando su origen y significacion, solo era propio de aquellos pueblos que gozaban del honor de capitales.

Es claro que el medianeto era el lugar donde el juez del fuero tenia su tribunal público para oir las causas y administrar justicia á los que vivian en las aldeas 6 pueblos sus dependientes. Decimos que solo habia medianeto

en las capitales, porque no se equivoque este juzgado con el ordinario que ha ia dentro de la poblacion, en la plaza ó en otro paraje público, para oir las causas de sus vecinos en particular, pues este era comun en todos por ley constitucional, y aquel era privilegio necesario y gracia real para erigirse. Así, pues, en las ciudades cuya jurisdiccion era muy estensa, solia establecerse el medianeto en un pueblo medio bastante apartado de la capital, como sucedia en Toledo, que lo tenia fuera de los muros de un lugar cercano á Segovia: en Búrgos, cuyo medianeto estaba cinco leguas distante de sus murallas, y así

en otros.

Pero volviendo á Vitoria, hasta hace poco tiempo se conservaba (y no sabemos hoy si acaso todavía) cerca de la iglesia de San Miguel, y fuera de la puerta de San Bartolomé, un sitio que llamaban el juicio, donde se veia el tribunal cavado en un fuerte mure, en forma de capilla, con una hermosa plaza triangular elevada tambien sobre buenas murallas.

Aún han visto algunos en el pasado siglo la antigua pintura del juicio universal, con que se amonestaba á los jueces la rectitud que debian observar en sus sentencias. A este tenor podríamos ilustrar un punto tan oscuro, produciendo la noticia que hemos adquirido de los puntos donde existieron estos tribunales públicos en varios pueblos de las Castillas donde estuvieron más en uso; pero basta lo dicho para conocer el significado de esta voz y una costumbre de que se tiene poca noticia.

Dia 6.

Martirio de los santos niños Justo y Pastor.

En este dia fueron degollados en la antigua Compluto (boy Alcalá de Henares) dos niños, Justo y Pastor, que iban al áula; empero ya preparados para arrostrar el martirio, animados á la presencia del goberador Daciano, que venia á esterminar el cristianismo, los niños arrojaron el libro y el silabario, y en vez de concurrir á la escuela, se presentan delante de Daciano, revelando alegría sus rostros angelicales. El gobernador los desprecia como á niños; pero sus discursos son superiores sus cortos años, sorprendiendo al tirano, quien decreta

una flagelacion sangrienta. Mas irritado al ver su constancia, los manda decapitar. Parte de sus preciosos restos se custodian en la insigne magistral de la misma ciudad, en dos urnas, en una capillita detrás del retablo mayor.

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La ciudad de Alcalá de Henares, dicen algunos autores que se fundó en el sitio que ocupaba Compluto, y otros, que con las ruinas de Compluto. Rassis en su Historia de España escribe acerca de Alcalá lo siguiente: En los términos de Alfajar, que ahora llaman Guadalajara, ciudad muy fuerte, é muy buena, é muy provechosa, ay castillo é villas: el uno que llaman castillo de Alcalá, el otro es el castillo de Antila, que es el castillo mas fuera que hay en sus términos: é quando los moros ganaron á España, deste castillo fizieron atalaya contra los cristianos de fuera de España, á quienes los moros tuvieron miedo.

Segun el cronista D. Alonso Nuñez de Castro, cuando los árabes señorearon á España, levantaron dos castillos, que fueron uno á la parte de Oriente, á cuatro millas de la ciudad, que era el de Hita, que denominaban Antila, y el otro al Poniente, que era el de Alcalá la Vieja. El fuerte de Hita, por estar situado en la cumbre de una elevada montaña, les servia de atalaya: por descubrir mucha tierra desde él. El arzobispo de Toledo, D. Bernardo de Angen, ganó á los moros el castillo de Alcalá la Vieja: otro monje de la órden de San Benito, llamado Raimundo, que á la sazon presidia la iglesia de Plasencia, varon insigne en santidad, prudencia y letras, movido de piedad y devocion hácia los niños mártires, cuya memoria estaba viva en los corazones de los pocos cristianos que alrededor de su ermità vivian en el campo loable, edificó una pequeña iglesia, dedicándola á los esclarecidos niños, acrecentando su primitivo santuario, consiguiendo poblar aquella campiña con muchas casas de razonables edificios, y las cercó con murallas, almenas, cubos, torreones y un inexpugnable alcázar que dominaba la poblacion: esta, y no otra, opina que fué la fundacion de la villa de Alcalá de Henares 6a Alcalá de San Justo.

El historiador Julian Perez, hablando de la donacion que el rey D. Alonso hizo á la santa iglesia de Toledo, asignándole á su diócesis Alcalá la Vieja, dice que no fué

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