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Los funerales continuaron por nueve dias, á espensas del ayuntamiento, de la grandeza, tribunales, cabildo y comunidades religiosas, oficiando de pontifical diferentes prelados.

En 1573 mandó Felipe II hacer la exhumacion del príncipe su hijo y trasladarlo al panteon de infantes en el real monasterio de San Lorenzo del Escorial, verificándolo con régia pompa.

Dia 25.

Las glorias del Santo Apóstol cuya fiesta hoy se celebra, se hacen un distinguido lugar entre nuestros historiadores. El renombre de patron de las Españas, no sin muy justa causa ha llegado á obtenerlo, por los particulares favores con que ha señalado estas provincias.

La feliz invencion de su cuerpo estaba reservada para premio de la virtud de Alfonso el Casto, cuyo reinado, al año 835, alcanzó tan inesperada dicha.

La famosa batalla de Clavijo es el monumento mas grande de la singular predileccion del santo para con los españoles; y la completa victoria que alcanzó en ella don Ramiro, en el año 845, con muerte de numerosos africanos, fué un efecto debido, más que al valor del robusto brazo militar, á aquella espada brillante y poderosa, que, manejada desde lo alto, esparcia el estrago y la confusion por medio de les escuadrones enemigos.

El célebre privilegio del voto de la iglesia compostelana se tiene por una prueba del reconocimiento y gratitud del monarca que recibió este beneficio.

El soldado español no pudo menos de proclamar á Santiago por su caudillo en las batallas, y todo el pueblo reunió inmediatamente sus voces para titularle patrono. Hasta los mismos estranjeros, celosos del decidido aprecio del santo á favor de la España, corrian en tropas á usurpar las gracias. Bien pronto fué la iglesia de Santiago teatro y objeto de los universales votos, rogativas y pere grinaciones. Los príncipes y poderosos la enriquecieron á porfía; Alfonso el Magno la erigió suntuoso templo, y aun antes que este se consagrase, lá dotó de muchas tierras y

mercedes.

Entre ellas, es singular la donacion que en este mismo dia 25 de julio de 893 otorgó á su favor, agregándola á

Santa María de Arenoso, iglesia situada junto al rio Tena, en la ribera del Miño, con la condicion de que del producto de sus rentas, despues de la precisa manutencion de los ministros eclesiásticos, se habia de sustentar á los pobres y peregrinos que allí concurrian. Este privilegio está confirmado del rey, y confirmado á continuacion por sus bijos García Ordoño, Fruela, Gonzalo y Bermudo, cuyos cuerpos fueron depositados en Astorga, en dos pequeños sepulcros inmediatos al de su padre.

Sepulcro de Santiago.

Herodes mandó decapitar á Santiago el año 42 despues de la venida de Cristo. Los judíos dejaron la cabeza y cuerpo del santo espuestos á la inclemencia para que fuese pasto de los perros. Los discípulos del mismo santo recogieron de noche su cuerpo y cabeza, retirándose con tan sagrados restos al puerto de Jope, donde hallaron una navecilla con la que atravesaron el Mediterráneo y el Estrecho, subiendo las costas del Occeáno, y avistando el cabo de Finisterre, desembarcaron en Iria, que despues se llamó Villa Petroni, hoy el Padron. Sacaron la cabeza y el cuerpo, poniéndolas en una heredad llamada Liberum donum, 8 millas distante de Iria Flavia. Encontraron allí una cueva ó gruta en que habia diversas herramientas de canteros, y encima un ídolo grande que, segun el nombre del sitio Liberum donum, opinan seria de Baco. Aquellos instrumentos sirvieron á los discípulos para destruir el profano simulacro y para labrar unos arcos de las piedras que allí habia, dejando con esto fabricada una bóveda en que pusieron el cuerpo y cabeza del Santo en un sepulcro. Así lo dice el Papa Leon III, en cuyo tiempo fué descubierto el cuerpo del Apóstol.

Con el cuerpo de Santiago trajeron una piedra que algunos autores la tenian por impura, entre ellos el historiador Morales, como igualmente un pilarcillo, sobre el que opina cortó el hacha la garganta del santo: esto solo está escrito en la historia compostelana. El ara o vestigio marmoreo era lindísimo, con molduras alrededor de follajes delicados, como escribe Alonso de Morales; pero lastimosamente picaron la inscripcion que tenia. La piedra y columna se conservaban, y acaso todavía, en el monasterio de señoras religiosas Benitas de San Pelayo de Santiago.

Sepultado el cuerpo del Apóstol en aquella capilla subterránea, los discípulos empezaron á consagrar el sitio con cánticos é himnos. Allí permaneció por muchos años, hasta que, sucediéndose unas persecuciones á otras, ya de gentiles, ya de vándalos y suevos, que se enfurecieron por aquella parte, llegándose á borrar la noticia del sitio determinado donde el santo Apóstol tenia su sepultura, sin quedar otra idea, sino la de que estaba sepultado en una urna de mármol y debajo de unos arcos de piedra. De este modo, aquel sitio tan frecuentado llegó á ser una inculta selva.

Dia 26.

Nació en Toro D. Juan II el dia 24 de julio de 1405, para esplendor de España, y en este dia 26 del mismo fué bautizado solemnemente. La muerte de su padre Enrique III, ocurrida dos años despues, facilitó su ascenso al trono en la tierna edad de cuatro años, cuya aclamacion solemne con pregones y estandartes dió orígen á la que en nuestros dias se acostumbra. No se vieron en su menor edad aquellas turbulencias y contínuas disensiones acaecidas en el tiempo de otras tutorías.

Es un rasgo inmortal para la historia el desprendimiento que hizo su tio D. Fernando, de la corona que los grandes y señores le ofrecian. Admitió la administracion del reino como tutor juntamente con la reina doña Catalina, solo á fin de conservarlo con la debida tranquilidad para su sobrino. Brilló poderoso y prudente en su gobierno, igualmente que magnánimo al tiempo de cederle. La frecuencia de los desafios con que se abrasaba entonces el reino, y con especialidad la nobleza, no habia podido ser reprimida por las contínuas leyes y establecimientos dirigidos á cortarla.

La mas leve queja era suficiente ocasion de un riepto y de que los hombres dispendiasen con profusion el alto precio de sus vidas. Un carácter en todos ramos tan heróico como el de D. Fernando no podia mirar con indiferencia tan bárbaro abuso; y cuando la estragada política y costumbres de aquel tiempo no le permitiesen de una vez arrancarlo, logró por lo menos reprimirlo y contenerlo dentro de los mas estrechos límites. Así aparece del ordenamiento que en el año 1409 promulgó como ley para

el arreglo de los desafios. En él, despues de hacerse cargo de las anteriores disposiciones de D. Alonso X en las Córtes de Nájera y D. Alonso XI en las de Alcalá de Henares, relativas al asunto, las cuales no se observaban ó con varios pretestos se eludian, ordenó y previno que en adelante no pudiesen retarse sino en los casos y forma contenida en aquellas leyes, y que cualquiera que en adelante enviare 6 llevare empresa ó requesta para matarse con otro ó reñir de suerte que pudiese seguirse muerte ó perdimiento de miembro, además de las penas impuestas por las mencionadas leyes, perdiese el retador por el mismo hecho todas las mercedes y tierras que tuviere, y saliese desterrado del reino, incurriendo en pena de muerte á la tercera transgresion; pero el noble que no tuviese tierras ó mercedes, se mantuviese preso por un año y despues cumpliese el mismo destierro; y el villano retador incurriese en la pública pena de 100 azotes y perdimiento de mercedes del retador que antes se le adjudicaban.

Esta prohibicion se estendió espresamente á los estranjeros, sin duda porque, como se infiere de su contesto, solian pedirse por jueces en los desafios á otros reyes y príncipes estraños, obligándose ante ellos á cumplirlos bajo ciertas penas y juramentos. Hallábase el documento, y hoy todavía, en la biblioteca del Escorial, firmado de la reina y del infante, y su fecha solo anotada al márgen.

Pragmática del rey D. Enrique II.

Las revoluciones acaecidas en el reino con las guerras de los hermanos D. Pedro y D. Enrique, introdujeron tantos escesos é irregularidades, que no era posible de una vez terminarlos; y las precipitadas resoluciones que cada dia se tomaban para el debido arreglo, exigian poco despues el que se modificasen ó absolutamente se revocaran. Con efecto, además de las variaciones dispuestas en las Córtes de Medina del Campo en 1370, de que ya hemos hecho mencion, vemos por una pragmática espedida en Alcalá de Henares por el mismo rey D. Enrique II en el dia de hoy 26 de julio del citado año, igual alteracion por lo respectivo á la baja de la moneda. A signóse por causal de esta providencia y de no haberse decretado antes la referida baja, el haber permanecido en España hasta aquel tiempo el duque Mosen Beltran y de

más estranjeros que le acompañaban y habian servido al rey en la guerra contra su hermano; á los cuales siendo preciso pagar sus respectivos salarios y mercedes, hubiera sido sin duda mas sensible para la corona ejecutarlo despues de bajar el valor de la moneda. Cesando, pues, este inconveniente con la ausencia de los franceses, se pasó á establecer que el real, que valia dos maravedises, no valiese en adelante más de uno, y el cruzado, que correspondia á un maravedí, no valiese más de dos cornados, dos m::: y dos meajas, lo cual así se publicase á son de pregon.

Por la misma pragmática se estableció que, por cuanto el ordenamiento hecho en Toro y revocado en las espresadas Córtes de Medina del Campo, en razon de los comestibles, se hallaba ser útil al reino, su revocacion debia alzarse, puesto que despues 'de ella no podian tenerse á precios equitativos los dichos comestibles, ni se habia hallado mejora alguna. Ultimamente, noticioso el rey de que en muchas ciudades y lugares se habian hecho varios ordenamientos á fin de que no se sacasen á vender fuera de ellas los comestibles, lo cual acarreaba infinito perjuicio al comun de los vasallos; mandando tambien se pregonase y publicara, que sin embargo de los tales ordenamientos, fuese libre á todo ciudadano estraer y sacar los géneros para su venta por las provincias. El cumplimiento de esta pragmática fué particularmente encomendado á los alcaldes, merinos y oficiales de justicia; pero con todo eso, no alcanzó todo el efecto debido á su observancia, como veremos por documentos posteriores.

Voto de Madrid.

En este dia del año 1597, viéndose afligida nuestra coronada villa por los estragos de una epidemia cruel, hizo voto el ayuntamiento de celebrar todos los años la fiesta de Santa Ana con procesion general, concurriendo ambos cabildos.

Dia 27.

El lastimoso ejemplo de los contínuos daños y calamidades que atraia al reino el tiempo de las tutorías de los monarcas, inspiró en el ánimo de los buenos patricios la resolucion de que en la menor edad de D. Enri

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