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ENCICLOPEDIA ESPAÑOLA

DE

DERECHO Y ADMINISTRACION.

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ENCICLOPEDIA ESPAÑOLA

DE

DERECHO Y ADMINISTRACION,

Nuevo Teatro Universal de la Legislacion

DE ESPAÑA Y DE LAS INDIAS,

POR

el Excmo. Sr. D. LORENZO ARRAZOLA, Presidente del Tribunal Supremo de Justicia;
ef Excmo. Sr. D. PEDRO GOMEZ DE LA SERNA, Consejero de Estado,
y el Sr. D. JOSÉ MARÍA MANRESA Y NAVARRO, Secretario de gobierno de
dicho Tribunal Supremo.

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IMPRENTA DE LA REVISTA DE LEGISLACION Y JURISPRUDENCIA, Á CARGO DE J. MORALES,
calle de los Abades, núm. 20, cuarto bajo.

1860.

L

(03)

End

ADVERTENCIA. La propiedad de esta obra está garantida por la Ley de propiedad literaria. Se tendrán por furtivos los ejemplares que no lleven el siguiente sello, y otras contraseñas que, para perseguir la usurpacion, reserva la Empresa.

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ENCICLOPEDIA ESPAÑOLA

DE

DERECHO Y ADMINISTRACION,

NUEVO TEATRO UNIVERSAL DE LA LEGISLACION
DE ESPAÑA Y DE LAS INDIAS.

COMPENSACION. Del latin compensatio: nombre verbal, del verbo frecuentativo compenso (as, avi, atum,) compuesto del verbo simple pendo (dis, pependi, ensum), y la preposicion de comunion ó simultaneidad cum. El verbo simple pendo, en su acepcion cardinal, significa aquí pesar, en el sentido usual de determinar, en el comercio de los hombres, el peso material de las cosas por medio de los aparatos mecánicos, que la sociedad ha adoptado y las leyes han autorizado para ello, como la balanza, la romana, etc.: su frecuentativo penso espresa repetir con frecuencia la operacion de pesar de dicho modo: con la comunitiva cum, significa pesar á un tiempo y reciprocamente; y de aquí la significacion material y etimológica de compenso es equilibrar, ó contrarestar un peso por otro, igualar dos pesos ó dos cosas, que se traen á peso, resultando el fin, buscado ó procurado, de traer al fiel la balanza.

De aquí fácilmente en el sentido figurado

C

pendo significó pensar con detenimiento, esto es, meditar, determinando bien el valor de las cosas; compenso, y su equivalente castellano compensar, neutralizar una cosa con otra, que por tanto será contraria; resultando, digámoslo así, el equilibrio moral, como cuando concurren en un mismo sugeto un motivo de pesar y otro de consuelo: una pérdida y un provecho: daño y utilidad. Así, siendo tan alternado y contrapuesto el curso de los sucesos en la vida humana, se dice, con bastante propiedad, que en el mundo todo está compensado.

Con igual facilidad que en el órden moral, se trasladó la acepcion al órden legal, en el que compensar es, hablando de créditos ó deudas, descontar una por otra; resaltando en ello la significacion cardinal etimológica, de neutralizar un peso con otro, equilibrarlos; siendo ahora la neutralizacion, ó equilibrio, la estincion de dos créditos, el pago recíproco de dos acreedores, la estincion de sus ac

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