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AÑO quiera otro mas efpecial poder, y 1667. comission, y obligarme à mì al Q. 6. cumplimiento dello. Por tanto decláro , y doy mi fé, y palabra Real, que todo lo que fuere hecho, tratado, y concertado por vos el dicho Don Estevan de Gamarra, defde aora para entonces lo loo, confiento, ratifico, y apruebo, y lo tengo, y tendrè por bueno en todo tiempo, fegun la forma en que lo concluyeredes, y affentaredes; y me obligo à eftàr, y paffar por ello, como cofa hecha en mi nombre, y por mi voluntad, y authoridad Real, y lo cumplirè puntualmente: y assimifmo me obligo à que aprobarè, y ratificarè en efpecial forma, con las fuerzas, juramentos, y requifitos neceffarios, y acoftumbrados todo lo que en virtud de efte Poder fe concluyere, y affentáre general, y indivi

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dualmente, para que fea válido, y AÑO establecido aora, y en todo tiem- 1667. po: y en cafo que los Estados Ge- Oct. 6. nerales de las Provincias Unidas del Pais Baxo quieran incluirfe en la dicha Liga entre Nos, y el dicho Serenifsimo Rey de Suecia, os doy el mismo poder, y facultad, con las mismas circunftancias, y ampliacion que queda expreffado, para que por mì, y en mi nombre podais tambien oìr, proponer, confentir, affentar, y capitular con los Plenipotenciarios, ò Diputados que deftinaren los dichos Estados Generales, todo aquello que pueda conducir al fin que queda dicho; y para firmeza de ello mandè defpachar la presente, firmada de mi mano fellada con mi Sello Real, y refrendada de mi infraf cripto Secretario de Eftado,&c. (4)

(a) El nombre del lugar, dia, mes, y año de efte Inftrumento eftà en el título, ò rotulo de fu Minuta, fegun le hemos colocado, la qual confta de cinco planas, efcritas en dos pliegos de papel de marca comun.

TRA

AÑO TRATADO de LIGA, y CONFEDERACION,ajuftado por el Marquès de CAS- AÑO 1667. TEL-RODRIGO en nombre de S. M. CATHOLICA, y WERNER GUILLERMO 1667. Nov. 6. BLASPERIL en el del Elector de BRANDEMBURG;por el qual fe conviene en que Nov. 6. S. A. ELECTORAL ponga un Exercito de quatro mil Cavallos, y ocho mil infantes, proveido de Artilleria, y las demás cofas necessarias para falir à campaña à ultimos del mes de Abril, à fin de oponerse à los progressos de las Armas del REY CHRISTIANISSIMO en los Estados de FLANDES: obligandofe fu dicha Mageftad à dàr para fu leva, y manutencion la mifma cantidad que fubminiftraron los ESTADOS GENERALES à SU ALTEZA, en virtud del Tratado concluido con ellos en 16. de Febrero de 1666.: hecho en Bruffelas à 6. de Noviembre de 1667. [Secretaria del Confejo de Estado del cargo de Don Agustin Pablo de Hordeñana, Copia MS. en Latin.]

CUM

qua

UM Armata Regis Gallia inva-
fio
Circulum Burgundicum
nuper adorfus eft, omnes, & quof-
cumque, fingularitèr verò reliquos
Imperij Circulos, & Status, vicinof-
que fuos meritò commovere debeat,
ut fibi prudenter profpiciant, præ-
fertim glifcente jam per totam Gal-
liam novo, ac ingente belli appara
tu, quo fubaétis jam aliquot Belgij
Ditionibus cæteras proxima expedi-
tione fibi fubjicere, abfque dubio co-
nabitur, Excellentifsimus Domi-
nus Marchio Caftelli Roderici dicti
Circuli Burgundici pro Rege Catholi-
co Gubernator Generalis Serenifsimo
Principi, ac Domino Electori Bran-
demburgenfi Domino Friderico Wiliel-
mo per Dominum Hermanum Mar-
chionem Badenfem, rei tormentaria
in Belgio Præfectum Generalem, ali-
quot ab hinc menfibus pluribus repre-
fentari fecerit quantum ad Sacri Ro-
mani Imperij commodum, & confer-
vationem facere videatur, eo fedulò

D

Ebiendo con razon mover à

todas, y qualefquiera perfonas, pero particularmente à los demàs Circulos, y Eftados del Imperio, y à fus vecinos, à que miren prudentemente por sì, la invafion de mano armada, que el Rey de Francia ha hecho poco hà contra el Circulo de Borgoña, principalmente aumentandofe yà por toda Francia un nuevo, y grande aparato de Guerra, con que fojuzgadas yà algunas Provincias de la Flandes, intentarà fin duda sujetar las demàs à fu imperio en la proxima expedicion : Y haviendo hecho reprefentar muchas veces, de algunos meses à esta parte, el Excelentifsimo Señor Marquès de CastelRodrigo, Gobernador General del dicho Circulo de Borgoña por el Rey Catholico, al Serenifsimo Principe, y Señor el Señor Elector de Brandemburg Frederico Guillermo, por el Señor Hermano, Marquès de Baden, Capitan General de la Artilleria en Flandes, quánto conduce à la utilidad, y confervacion del

co

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AÑO ANO coligare quo jam mota belli flamma 1667. quanto citiùs comprimantur, nè tanNov. 6. dem in funeftum incendium quo etiam remotiores Imperij Ditiones facilè conflagare poffent, affurgant; porrò Celfitudo fua Electoralis bifce pregnantibus rationibus mota, & nè matum latiùs ferpendo vires adquirat miferit ad hanc Aulam Bruxelenfem Confiliarium fuum intimum, ac Status, Dominum Wernerum Wilelmum Blafperil ad conferendum, tractandum, & concludendum cum prædicto Domino Marchione Caftelli Roderici ex parte Catholica fua Majeftatis, & fua Celfitudinis Electoralis, qui utrinque necessarijs Plenipotentijs inftructi prafentem Tractatum, Deo aufpice, in forma fequenti Sub approbatione, & ratificatione fubfecutura Dominorum fuorum principalium concluferunt.

I.

Primò cum fcopus belli fit ftabilis, bonefta, & aqua Pax, quæ fine virium apparatu vix Sperari potest, conventum eft, ut Celfitudo fua Electoralis confcribat Exercitum duodecim millium hominum, qui confiftet in quatuor millibus equitum, & octo millibus peditum, ritè armatorum, & veftitorum, qui paratus erit circa finem menfis Aprilis ad exiendum in Campum re tormentaria, caterifque neceffarijs inftructus.

Con

Sacro Romano Imperio el coligarfe AÑO de modo, que quanto antes fe apa- 1667. guen las llamas de la Guerra, que Nov. 6. fe han levantado, para que no paren en un funefto incendio, que fe comunique con facilidad à las mas remotas Provincias del Imperio: Finalmente fu Alteza Electoral, movido de eftas poderofas razones, y para que eftendiendofe mas efte mal, no adquiera nuevas fuerzas, ha embiado à efta Corte de Bruffelas à fu Confejero íntimo, y de Estado el Señor Werner Guillermo Blafperil, para conferir, tratar, y concluir con el fobredicho Señor Marquès de Caftel-Rodrigo de parte de S. M. Catholica, y de S. A. Electoral; los quales, authorizados por ambas Partes con las Plenipotencias neceffarias, han concluìdo (con el favor de Dios) el presente Tratado en la forma figuiente, baxo la aprobacion , y ratificacion de fus Prin cipales.

I.

Primeramente, fiendo el fin de la Guerra una Paz eftable, decorofa, y jufta,la qual con dificultad puede lograrfe fin el aparato de las armas; se ha convenido, que S. A. Electoral ponga un Exercito de doce mil hombres, el qual fe compondrà de quatro mil Cavallos, y ocho mil Infantes, bien armados, y veftidos; y eftarà prompto para falir à Campaña à fines del mes de Abril, proveido de Artilleria, y de las demás cofas neceffarias.

Se

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(a) Por el Articulo VI. de dicho Tratado fe convino, que fus Alti-Potencias darian à fu Serenidad Electoral la cantidad de 160y. Rixdales, ò 400g. libras, moneda de Holanda, afsi para completar las Tropas de Cavalleria, è Infanteria hafta el numero de 168. hombres, y hacerlas juntar, como para los demás gaitos que fueffe precilo hacer con efte motivo.

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