Diccionario general del notariado de España y Ultramar: D-Env (1855. 554 p.)Imp. de la Biblioteca del Notariado, a cargo de J. C. Mancheño, 1855 |
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Resultats 1 - 5 de 49.
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... firma una letra de cambio . ( V. Letra de cambio . ) 10819. DAGANZO DE ABAJO ó DAGAN- ZUELO : geog . V. en la prov . aud . terr . y c . g , de Madrid , part . jud . de Alcalá de Henares , dióe . de Toledo , ayunt . de Ajalvir , con 2 ...
... firma una letra de cambio . ( V. Letra de cambio . ) 10819. DAGANZO DE ABAJO ó DAGAN- ZUELO : geog . V. en la prov . aud . terr . y c . g , de Madrid , part . jud . de Alcalá de Henares , dióe . de Toledo , ayunt . de Ajalvir , con 2 ...
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... firma un instrumento ó carta que por lo regular se pone al principio en las escrituras y demás instrumentos públi- cos , pero siempre con letras y no con guaris- mos , porque no hacen fé sin este requisito , se- gun lo disponen las ...
... firma un instrumento ó carta que por lo regular se pone al principio en las escrituras y demás instrumentos públi- cos , pero siempre con letras y no con guaris- mos , porque no hacen fé sin este requisito , se- gun lo disponen las ...
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... firma del ministro respectivo para cubrir la irresponsabilidad de aquel y la real órden es dada y firmada solo por el ministro respectivo . DECRETOS CIVILES . Entre los curiales se llaman decretos de cajon las resoluciones sencillas y ...
... firma del ministro respectivo para cubrir la irresponsabilidad de aquel y la real órden es dada y firmada solo por el ministro respectivo . DECRETOS CIVILES . Entre los curiales se llaman decretos de cajon las resoluciones sencillas y ...
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... Firma ó estampilla real . Sello del Estado . Firma de los ministros . Sellos públicos . Marcas y sellos particulares . Moneda , billetes de banco , documentos de crédito del Estado y papel sellado . Documentos públicos ú oficiales y de ...
... Firma ó estampilla real . Sello del Estado . Firma de los ministros . Sellos públicos . Marcas y sellos particulares . Moneda , billetes de banco , documentos de crédito del Estado y papel sellado . Documentos públicos ú oficiales y de ...
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... firmas . - Ante mi - N - N . DEPÓSITO JUDICIAL . Cuanto pudiéramos decir aqui sobre esta clase de depósito , sería repetir lo ... firma . Auto . Por presentado : ratifiquése doña Ernes- tina Alvarez en el contenido del anterior escrito y ...
... firmas . - Ante mi - N - N . DEPÓSITO JUDICIAL . Cuanto pudiéramos decir aqui sobre esta clase de depósito , sería repetir lo ... firma . Auto . Por presentado : ratifiquése doña Ernes- tina Alvarez en el contenido del anterior escrito y ...
Frases i termes més freqüents
absolucion acto arreglo audiencia autoridad autos ayunt capitania cargo causa cion citado civil Código condena conforme conocimiento considera corresponda cuenta cumplir dado debe declarado decreto delito demanda demas depósito derecho despues dias dice dictará diligencia dióc diócesis diputados disposicion DISTANCIAS donacion dote efecto ejecucion ejecutivo eleccion embargo entrega Escribano espresa establecimiento falta felig firma fuere geog grado halla hará hijos hubiere hubiese instancia interesados José Juez juicio junta Juzgado llama llevar lugar Lugo Madrid mandará marido matrimonio medio menor mente modo muerte muger necesario nombre nueva número objeto obligaciones oficio órden padre pago pasar Pedro pena pleito poder podrá práctica presente primera procederá prov provincia prueba pública PUEBLOS punto queda razon real recibir recurso reglas remitirán respecto resulta Sala Santa sean segunda sentencia señalado siguientes tambien tenga tenido término terr trata Tribunal último vista
Passatges populars
Pàgina 97 - N. (el nombre del Rey) por la gracia de Dios y por la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han decretado y Nos sancionamos lo siguiente...
Pàgina 444 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Pàgina 440 - Son encubridores los que, con conocimiento de la perpetración del delito, sin haber tenido participación en él, como autores ni como cómplices, intervienen con posterioridad á su ejecución, de alguno de los modos siguientes : i9 Aprovechándose por sí mismos, ó auxiliando á los delincuentes para que se aprovechen de los efectos del delito. 2° Ocultando ó inutilizando el cuerpo, los efectos' ó los instrumentos del delito, para impedir su descubrimiento.
Pàgina 97 - Por tanto mandamos a todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás autoridades así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar el presente Decreto en todas sus' partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento y dispondréis se imprima, publique y circule.
Pàgina 444 - Doña Isabel II , por la gracia de Dios y la Constitución de la monarquía española, Reina de las Españas: á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 1.°...
Pàgina 381 - Toda pena que se imponga por un delito lleva consigo la pérdida de los efectos que de él provengan y de los instrumentos con que se ejecute. Los unos y los otros serán decomisados , á no ser que pertenezcan á un tercero no responsable del delito.
Pàgina 441 - El nombre y apellido, razón social ó título de la persona de quien se recibe ó á cuenta de quien se carga, si no fuere la misma á quien se traspasa la letra. 4.° La fecha en que se hace.
Pàgina 377 - La pérdida de todo derecho á jubilación, cesantía ú otra pensión por los empleos que hubiere servido con anterioridad, sin perjuicio de la alimenticia que el Gobierno podrá concederle por servicios eminentes. No se comprenden en esta disposición los derechos ya adquiridos al tiempo de la condena por la viuda é hijos del penado.
Pàgina 375 - Art. 104. Las, penas de presidio se cumplirán en los establecimientos destinados para ello , los cuales deberán estar situados : para el presidio mayor, dentro de la Península é Islas Baleares ó Canarias; para el menor , dentro del territorio de la Audiencia que lo imponga; y para el correccional, dentro de la provincia en que laviere su domicilio el penado, y en su defecto en la que hubiere cometido el detito.
Pàgina 316 - Los padrinos de un duelo del que resultaren muerte ó lesiones, serán respectivamente castigados como autores de aquellos delitos con premeditación, si hubieren promovido el duelo ó usado cualquier género de alevosía en su ejecución ó en el arreglo de sus condiciones.