Febrero, o Libreria de jueces, abogados y escribanos, comprensiva de los códigos civil, criminal y administrativo, tanto en la parte teórica como en la práctica, con arreglo en un todo a la legislación hoy vigente: (1842. 310, 307 p.)I. Boix, 1841 |
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Febrero, o Libreria de jueces, abogados y escribanos, comprensiva de los ... Florencio García Goyena Visualització completa - 1842 |
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Frases i termes més freqüents
accion acree acreedor actor admitir alegar apelacion apelar audiencia autos causa cesion cion citacion citada civil compensacion compete concede confesion contestacion contrario contrato cosa juzgada crédito criminal debe debia declaracion declarar demanda demas derecho derecho romano despachar la ejecucion despues deuda deudor principal dili diligencias doctrina dolo ecsámen ecsaminados ecsigir efecto ejecutiva ejecutoria entrega escepcion escepto escluye escribano escrito escritura escusion espresa espuesto està Febrero fiador fianza halla heredero hipoteca instancia instrumento interlocutoria judicial jueces juez inferior juicio juramento jure jurisdiccion justicia juzgada legal legatario litigantes litigio manda Novis nula nulidad núm obligacion obligado oponerse ordinaria pago pedimento pedir perjuicio persona pide pleito práctica pregones presente probar procede prueba publicacion razon reconvencion reconvenido Recop Recopilacion recurso remate renuncia restitucion SECCION sentencia sentencia definitiva sentencia interlocutoria siguientes súplica tachas tambien término término probatorio testigos ticia tículo título traba trae aparejada ejecucion traslado tribunales virtud
Passatges populars
Pàgina 22 - En ellos no se establecerá más que un solo fuero para todos los españoles en los juicios comunes, civiles y criminales.
Pàgina 39 - Es de observar por el testo de las enunciadas leyes que el deudor puede hacer la conocencia (confesion) de su obligacion á favor del acreedor en dos tiempos y maneras; la primera -"cuando el acreedor la pidiere ante juez competente como preliminar á su demanda, y antes de formalizarla; y en este caso producirá un precepto ó mandamiento de pago , que sin ser sentencia verdaderamente definitiva obra los mismos efectos, y la debe cumplir en el término que le señale el juez , sin dar lugar á pleito...
Pàgina 29 - Las que se ofrecieren en Ultramar entre los juzgados especiales de distintos territorios, ó entre los jueces ordinarios de territorios diferentes, serán decididas por la Audiencia mas inmediata á la provincia del que las promoviere.
Pàgina 172 - ART. 264. Los magistrados que hubieren fallado en la segunda instancia, no podrán asistir á la vista del mismo pleito en la tercera.
Pàgina 115 - Por este medio se ataja la malicia de los que usan en aquel tiempo de escrituras frivolas con el fin de dilatar la sentencia , si con solo presentarlas con el juramento indicado se hubiesen de admitir y comunicar á las partes contrarias , como seria preciso, abriendo el juicio con alegaciones, excepciones de falsedad , comprobaciones y otras diligencias , que dilatarían por mucho tiempo el fin de aquella causa.
Pàgina 40 - ... €<La razon de diferencia en el modo de concebir su mandamiento el juez, aunque no la haya en el efecto de la ejecucion, consiste en que sin demanda y contestacion no puede tener lugar la sentencia definitiva, y se suple con el precepto de pagar, que tiene en este caso la misma fuerza por efecto de la confesion, que es la prueba mas constante y segura , como si se hiciere con buenos testigos ó por cartas verdaderas, y asi produce ejecucion.
Pàgina 268 - ... en el pueblo, para que llegue á noticia de sus vecinos; pues la ley no señala ninguno; y sin embargo de que el pregonero es persona pública , y de que por esta razon, parece que debiera bastar su certificacion jurada y espresiva de cuantos dio y en...
Pàgina 13 - ... que la persona notificada por algun escrito posterior á la notificacion , ó en diligencia judicial practicada por ella ó á su instancia se...
Pàgina 233 - Tampoco es ejecutiva la obligacion de satisfacer lo que se perdió en el juego , aunque sea de los permitidos; ni la de pagar las mercaderías que los mercaderes, plateros y otros negociantes fian á los novios para casarse; ni la que constituyen los hijos de familia de pagar cuando se casen, hereden á sus padres ó sucedan en mayorazgo, ó para cuando tuvieren mas renta ó hacienda...
Pàgina 177 - F. , en nombre de N. , en los autos con D. sobre tal cosa, digo: que habiéndolos V.