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1611.

Oct.3.

ANO ciere, y efpecialmente fi Yo en mi vida añadiere, ò el Rey mi Señor (como estoy confiada de fu gran christiandad) defpues de mi muerte, fuere fervido añadir à esta mi manda, y perficionarla, si se instituyeffen Efcuelas de Latinidad para enfeñanza de los muchachos, Artes, y Theologia, y todo lo demas que la Compañia puede profeffar, ò enfeñar, para que fueffe dechado de un perfecto Colegio de la Compañia, conforme à fus Conftituciones. Y en cafo que Yo aya ( como està dicho) de tener titulo de Fundadora, quiero que la Vela que por fus Conftituciones cada un año, por feñal de obligacion, y agradecimiento à los Fundadores fe ofrece, se reparta en esta manera: El primero año en un dia de la Octava Corpus Domini, fe le ofrezca à Nueftro Señor Jefu Chrifto en el Santiffimo Sacramento en fu Altar, à cuya devocion principalmente inftituyo efta fundacion,como de donde toda la grandeza, y bendicion de toda la Cafa de Auftria, como de fu manantial fuente tuvo fu principio; y bien es, que por lo mesmo la andemos continuando:el fegundo año à Nuestra Señora Reyna de los 'Angeles, en un fu Altar el dia de fu Santifsima Vifitacion, como à quien Yo eftuve toda mi vida particularmente aficionada, y devota, y recivi muchas efpirituales mercedes, y vifitas della; y afsi defeo que tambien fu honra fea por efta mi fundacion, por medio del fanto, y devo

to zelo de la Compañia, fiempre ANO mas, y mas promovida: el tercero 1611. año, en canonizando al Beato Padre 08.3. Ignacio, lo qual que tambien por amor mio fe procure, que fe haga quanto mas prefto fe pudiere, muy encarecidamente lo fuplico al Rey mi Señor; y à nueftro Beatifsimo, Padre fe le ofrezca la Vela à èl en fu propio Altar, como de fu Sagrada Orden Yo, y mis Antepaffados recivimos tantos bienes, y efpero, que por medio de efta fundacion infinitas almas los reciviràn:el quar to año, ò mientras que el Beato Padre Ignacio no eftuviere Canonizado, el tercero, el dia de Santiago Abogado de Efpaña, al Rey mi Señor, y à fus fuccedientes Reyes de España, como por cuyo bien,y cípi→ ritual aumento de fu Monarquia dexo esta fundacion. Y para que fiempre quede mas viva la memoria de mi quadripartida intencion oltre* los Soy. ducados; mando otros 3g. ducados para quatro Lamparas;dos mayores, una de 1y, otra de 800. ducados, para los Altares del San tifsimo Sacramento, y de Nueftra Señora ; y dos menores, cada una de 600. ducados, para los Altares de Santiago, y del Santo Ignacio, para que fiempre arda luz delante dellos;ora Yo aya de fer Fundadora, ora no. Y fiendolo, quiero,que cada un año el dia que fe celebra esta Fiesta,fe tenga Sermon, y fe acuerde à todos, afsi à los de la Compañia, como los de fuera, de efta mi intencion:y fe procure de nueftro Beatif

fi

* Leafe

ultra de

ANO fimo Padre Clemente, ò de quien en 1611. fu Silla precediere,*una Indulgencia 0.3. plenaria, para todos los que à efta

* Lee

baftarà para la renta neceffaria ; que AÑO fu Mageftad por fu gran Chriftian- 1611. dad, y por el amor con que fiempre Oct.3. nos quifimos, fea fervido hallar medios para acabar, y perficionarla con fuficiente Cafa, y Iglefia, y todo lo demàs que fuere menester, y conviniere, como Yo de fu grandeza eftoy confiada, que lo harà. Y fi fu Mageftad guftare (que plegue à Dios, Yo fea digna de alcanzar) juntamente conmigo hazerfe Fundador, y tomar el titulo, y de recho , y privilegios efpirituales dèl; efto ferà para mi el mayor gufto, que Yo defpues de mi muerte puedo recivir de fu Mageftad, à quien Yo quife fiempre tanto, y le querrè como à mi alma y afsi me gozarè infinitamente de la buena compañia de fu Mageftad en obra tan fanta como eita y fuplicarè fiempre à nueftro Señor, para que por medio de efta, y de infinitas otras de fu fervicio, que fu Mageftad haze, la Divina nos junte tambien à entrambos eternalmente en el Cielo, que es el fin de todo lo que hazemos y pretendemos por aqui. Finalmente aqui. Finalmente fi para acabar efta fundacion, y en ella un perfecto Eftudio de todas las Facultades, que la Compañia conforme à fu inftituto profeffa, quizà fuere menefter tambien el favor, y la ayuda de fu Santidad, y de nueftro muy amado Padre Papa Clemente VIII. y de fus fuceffores fuplico à su Santidad fe mueftre muy liberal Padre, y favorezedor de esta mi

mi intencion fe confeffaren, y coprefidiere mulgaren, y vifitaren la Iglefia de la Compañia : y el tercero, ò quarto año, quando fe ofreciere la Vela al Rey mi Señor, ò à fus fuccedientes; quiero, que fiempre à fus Mageftades, ò de palabra, ò por efcripto, fe declare efta mi intención. Y como la Vela, que cada un año se les havia de ofrezer, no fe les ofreze, fino el ò el 4. 3. año por la razon dicha: es de faver, porque la Fundadora, mirando à mayor bien de la Cafa de Auftria, y de eftos Reynos, y para travar mayor bien, y union entre los Reyes de España nueftros Señores, y fus Santos, y la Compañia de Jefus; quifo, que el Santifsimo Sacramento, y Nuestra Señora, y el Santo Ignacio tuvieffen en effa fu te por efto fuplico à mi muy caro, y muy amado Señor y Rey Don Phelipe, y à todos fus fuccedientes muy humilmente, y por las entrañas de la mifericordia de Jefu Chrifto nueftro Señor, y por la bendita Reyna de los Angeles Nueftra Señora, y por toda la Corte del Cielo, para mayor gloria, y bien de fus Reynos; y en particular para promover mas la converfion de los Infieles de las Indias por medio de los Obreros, que en efte Colegio fe crian, que favorezcan à cfta mi obra, la amparen, y ayuden: y como lo que para ella dexo, apenas.

par

fun

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1611. Oct.3.

AÑO fundacion; pues otra cofa con ella no pretendo, fino la mayor gloria de Dios, enfalzamiento de nueftra Santa Fec, y veneracion de aquella Santa Sede Apoftolica en que fu Santidad prefide. Tambien ruego à mis Teftamentarios, que abaxo fe dirà, y à todos los Miniftros del Rey mi Señor que tuvieren parte en efte negocio, procuren por amor de un folo Dios ufar toda diligencia, y prieffa, para que quanto mas presto se pudiere, fe acabe todo lo que à cumplimiento de esta obra fuere menester; haziendofe tambien afsimifmo con fu diligencia, y caridad particioneros de los grandes frutos, que de alli hafta el fin del Mundo fe figuiràn. Y en cafo, (que plegue à Dios, por mis pecados no acaezca) que toda cfta mi ordinacion puntualmente como Yo mando, y obligo à todos, à quienes la execucion de ella tocare, no fe cumplieffe; no quiero en ninguna manera, que la Compañia de Salamanca quede obligada à darme à mi el titulo de Fundadora, como està dicho, ni tampoco à dezirme la Miffa perpetua, porque feria con fu perjuicio, y daño; fino quiero, que en tal cafo eftè en fu libre alvedrio, y difpoficion hazer por mi, lo que el General de la Compañia por fu caridad ordenare, y dar el titulo de Fundador à quien quifiere, y à quien Dios nueftro Señor juzgare hazer, y hiziere mas digno de tanta merced, que no foy Yo por mis pecados, ò de los que havian

de executar efta memoria: todo tan AÑO util, jufto, y razonable, ultima, y 1611, poftrimera voluntad. Oct.3.

XXII.

Iten mando, que todos los ornamentos, y cofas pertenecientes à mi Oratorio, ò Capilla, efpecialmente todos mis Relicarios, y Reliquias, que Yo al tiempo de mi fallecimiento en qualquier lugar tuviere, con las Efcrituras, y Testimonios, que Yo fobre ellas tengo, luego fe entreguen à los Padres de la Compañia para fu Iglefia de Salamanca, adonde fean honradas para fiempre como conviene; fuera de las Reliquias, que el Rey mi Señor quizá fuere fervido tomar pas ra sì, y para fu propia devocion, como Yo fe lo fuplico tome à lo menos una, para que à lo menos viendola, pueda haver tambien mas viva memoria del particular amor, que Yo à fu Mageftad fiempre tuve; y aun para que fiempre fe acuerde, que ha de morir, y que Yo le efpero en el otro figlo; y con efta memoria,y intercefsion del Santo, cuya Reliquia es, pueda mas jufta, y fantamente vivir.

XXIII.

Iten mando, que de mis fayas, las tres mejores fe entreguen tambien luego à mi Colegio de Salamanca para el ufo de la Iglefia, y memoria de la aficion que Yo le

tuve.

AÑO

1611.

Oct.3.

XXIV.

Otrofi, entre las perfonas que me firvieron, à quienes Yo devo mucho, pues mi Confeffor no confiente, que Yo le mande algo; en primero lugar pongo à mi muy fiel, y amada Criada Doña Maria Sidonia Riederein, la qual la qual, afsi en Alemania, como mucho mas aqui en España, muchos años me firviò entera, y lifamente con toda fidelidad, y amor, sin lisonja, con el cuidado, y trabajo que todos faben, y han visto, y à vezes con fu propio daño: y afsi es jufto que entre todas à ella, y por amor fuyo, tambien à fus hermanos Yo fea, y me mueftre muy agradecida en vida, y en muerte. Y por efta razon, y porque Yo no la puedo pagar lo mucho que la debo, la mando por una memoria de mi buena voluntad, y agradecimiento 40y. ducados; y à fu hermana mi Menina Maria Amelia 15. ducados. Assimismo à su hermano Wolfango Alberto, Page del Rey mi Señor roд. ducados, y à los demás fus hermanos en Alemania: es de faber, à Jeorge Acachio, Carlo Luiz, y à Doña Maria Ifabèl Riederein à cada uno por sì sy. ducados ; y como ella, y fus hermanos fufodichos Wolfango Alberto , y Maria Amelia, para fervir à mì dexaron fus tierras, parientes, y amigos, que allì tenian, y como eftrangeros por acà no tenian à nadie fino à mì; afsi fuplico quan entrañablemente lo puedo à mi muy

,

amado Rey, y Señor, que por efta AÑO mi manda no les dexe de hazer las 1611. mercedes que,fiYo viviera,les havia Oct.3. de hazer; antes, que por efta mif ma razon, como à defamparados, les ayude, ampare, y favorezca mas;

y

fi quizà quifieren bolver à fus tierras, que fu Mageftad muy gra ciofamente les defpache,como conviene à la honra de entrambos nofotros, y à fu liberalidad y el amor que fu Mageftad fiempre tuvo àmì y todas mis cofas ; y 'finalmente à la obligacion que Yo à Doña Maria Sidonia, como à mi mas fiel, y amadą Criada, y muy defeofa de todo mi bien del alma, y del cuerpo, tengo: y entiendo , que este mi devido agradecimiento à Doña Maria Sidonia alentarà à muchas otras honradas Dueñas, y Damas, para que con tanto mas cuidado, fidelidad, lifamente, y fin lifonja se ef meren en el fervicio de fus Reynas, y Señoras; y por efta merced, que el Rey mi Señor, y Yo à la dicha Doña Maria Sidonia, y à fus hermanas hazemos, exortolas, y amonefto con quantas veras puedo, que ellas fe esfuerzen ante todo de fervir fiempre con temor, y amor à Dios, defpues al Rey mi Señor, à mis hijos, y fuccedientes, y à la demàs Cafa de Auftria, como à honrados, y agradecidos Cavalleros conviene; y de contino fuplicar à Dios Nueftro Señor por nueftras Almas, Eftados, y Reynos.

AÑO

1611.

berà leerfe

XXV.

A las demàs Criadas mias, que

:

0.3. Conmigo vinieron de Alemania à España, mando como fe figue: à Doña Guinebra Victoria, Condefa de Porcia 4y. ducados : à Doña Ur*Acafo de- fula Oempherguerin, mi Jabata* Azafata 1g. ducados à fu hija Regina 1. ducados: à Barbara Vifferin Iy. ducados à Urfola Fleis Ochfperguerin 600. ducados: à Doña Maria Uffoa, muger de Don Pedro Rodriguez 1500. ducados: y finalmente à mi Criado Juan Ochs 1 yoo. ducados, y todo efto folamente por una memoria de mi buena voluntad, demàs de las mercedes, y el honrado defpacho, que reciviràn del Rey mi Señor, como fu Mageftad yà me lo ha prometido, y Yo fe lo fuplico à fu Mageftad muy entrañablemente.

:

XXVI.

Obligame tambien el devido agradecimiento christiano , que no me olvide de las fieles Criadas que me firvieron, y con mucho amor, y fidelidad me criaron en mi niñez, à las quales mando lo figuiente: à Doña Arjula Pellin, mi Aya 4p. ducados à Doña Barbara Carnin, que tambien me criò defde mi niñez Iy. ducados: à Doña Chriftina Schiercicerin, que muchos años me criò 1y. ducados: finalmente à Doña Eufrofina Zhotin, y à Doña Cecilia Reynardin, à cada una de ellas de por si 700. ducados, que fon 1y400.ducados.

XXVII.

AÑO

A las demàs mis fieles Dueñas de 1611. Honor, Damas, y Criados, y CriaOct.3. das de acà, como no les puedo moftrar à todas la aficion, y agradecimiento que les tengo, buelvo de nuevo, como lo hize arriba, de encomendarlos à todos al Rey mi Señor; y en particular para los mas pobres, y necefsitados, que no tienen con que remediar, ni cafar fus hijas, mando 5 μ. ducados, los quales fe entregaràn à mi Limofnero Mayor,yConfeffor,ò à quien èl subs tituyere, y à mi Secretario; y à parecer dellos fe dotarà folamente à las que no tienen otro remedio, cada una con 200. ducados : no excluyendo tampoco las que fer quieren Monjas, ni las Viudas de mis Criados muertos, que tuvieren la mefma necefsidad; la qual dote no fe les entregarà, hafta que actualmente eftèn cafadas, y acomodadas con fus maridos: y mi intencion es, que fiempre las hijas, y viudas de los mas pobres fean preferidas à las demás; y que fupliquen à Dios por mi alma, vivan casta, y santamente, honren, y firvan à fus maxi dos, y crien fus hijos en temor, y amor de Dios, que es el fundamento de todo bien.

XXVIII.

Iten, por la particularifsima devocion que Yo tengo con el Efpiritu Santo, nueftro Dios, y fantificador, y con Nuestra Señora, que

def

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